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Asistente de Echenique Una jueza confirma la sanción a Echenique por la contratación irregular de su asistente

El secretario de Organización de Podemos recurrirá la sentencia a instancias superiores, ya que considera que "es evidente que no se trata de una relación trabajador-empresa sino autónomo-cliente".

El secretario de Organización de Podemos, Pablo Echenique, en rueda de prensa este lunes en Madrid. EFE

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La Justicia ha confirmado la sanción a Pablo Echenique que la Seguridad Social le impuso por la contratación irregular de su asistente personal. Según publica el Heraldo de Aragón, la titular del Juzgado de lo Social número 2 de Zaragoza, Itziar Ochoa, ratifica que hubo una relación laboral entre el secretario de Organización de Podemos y el trabajador.

La sentencia, fechada el pasado 10 de enero, señala que el dirigente de la formación morada mantuvo al trabajador –desde marzo de 2015 hasta abril de 2016– sin contrato ni Seguridad Social. Así pues, confirma la sanción de más de 1.000 euros por incumplir la ley al no darle de alta en el régimen general de la Seguridad Social, según este medio de comunicación.

Echenique recurrió ante los tribunales la sanción de la Inspección de la Seguridad Social, impuesta en 2017, al considerarla "injusta". En su día, el número 3 de Podemos argumetó que este asistente le prestaba servicio una hora al día "de manera intermitente" debido a su "elevado nivel de dependencia" y que desconocía que "estuviera cobrando el desempleo". Aseveró además que, "en todo momento" hasta que el asistente le explicó que no podía asumir la cuota, pensaba que estaba dado de alta como autónomo.

Echenique recurrirá la sentencia

Fuentes del equipo de Echenique relatan a Público que el dirigente tampoco está de acuerdo con este fallo y que lo recurrirá a instancias superiores, ya que –en sus palabras–, la sentencia puede perjudicar a cientos de miles de de dependientes en España. "Pensamos que es evidente que no se trata de una relación trabajador-empresa sino autónomo-cliente", justifican.

Este mismo martes, Pablo Echenique ha recordado en su perfil de Twitter que tanto la Ley de dependencia estatal, como la normativa aragonesa señalan que los asistentes profesionales pueden funcionar como autónomos.

La ley estatal de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia –en su artículo 2ampara los cuidados profesionales prestados por un profesional autónomo "entre cuyas finalidades se encuentre la prestación de servivios a personas en situación de dependencia, ya sean en su hogar o en un centro".

Asimismo, la ley de dependencia aragonesa, en su artículo 19 sobre la prestación económica de asistencia personal, alude al contrato entre el asistente y el beneficiario, "en el que se incluirán las condiciones y directrices para la prestación del servicio propuestas por la persona beneficiaria y, en su caso, la cláusula de confidencialidad que se establezca".

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