Todos los beneficios que otorga a las familias la nueva ley del Gobierno
Ayudas para el apoyo a la crianza, medidas en materia de conciliación, pleno reconocimiento para las familias LGTBI y equiparación entre los matrimonios y las parejas de hecho. Repasamos las claves de la norma.
Madrid-Actualizado a
El Consejo de Ministros ha aprobado este martes la ley de familias. La norma ha sido impulsada por el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 que dirige Ione Belarra y ha sido tramitada por la vía de urgencia con el objetivo de que entre en vigor esta misma legislatura.
El texto recoge algunos cambios técnicos respecto al anteproyecto debido tras los informes de los órganos consultivos y la negociación entre ministerios de las medidas de conciliación. Sin embargo, fuentes del ministerio de Belarra confirman a Efe que estas modificaciones no son sustanciales y no alteran el contenido del texto aprobado por el Gobierno el pasado mes de diciembre.
Repasamos qué beneficios van a obtener las familias con la aprobación de la norma.
Ayudas para el apoyo a la crianza
El texto extiende de manera estructural la renta de crianza de 100 euros al mes a las familias con hijos e hijas hasta los tres años. Esta ampliación incluye a todas las madres que estén percibiendo una prestación por desempleo, contributiva o no, y también aquellas que, sin reunir los requisitos previamente, coticen 30 días a partir del parto. Del mismo modo, se reconocerá el derecho a la atención temprana, gratuita y de calidad y no limitada a la primera infancia.
Familias con mayores necesidades de apoyo a la crianza
Además, con la aprobación de la norma, serán más las familias que contarán con protección social bajo la denominación de familias con mayores necesidades de apoyo a la crianza.
Así, en esta categoría se verán recogidas las consideradas hasta ahora como familias numerosas además de las familias monomarentales con dos hijos; las familias con dos hijos donde un ascendiente o descendiente tenga discapacidad; las familias con dos hijos encabezadas por una víctima de violencia de género o por un cónyuge que haya obtenido la guardia y custodia exclusiva sin derecho a pensión de alimentos; y las familias con dos hijos en la que un progenitor esté en tratamiento hospitalario durante un año o haya ingresado en prisión.
Por otro lado, pasarán a considerarse familias con mayores necesidades de
apoyo a la crianza de categoría especial las familias como aquellas con cuatro hijos, en vez de cinco como hasta el momento; las familias con tres hijos en caso de parto múltiple, en vez de cuatro como en la actualidad, y las familias con tres hijos y bajos ingresos (hasta el 150% del IPREM).
Medidas en materia de conciliación
La norma conforma una nueva arquitectura en materia de conciliación con tres permisos que ponen en el centro los cuidados. Por un lado, se establece un permiso de cuidados de cinco días al año que se podrá utilizar en caso de accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que necesite reposo tanto de un familiar hasta de segundo grado como de un conviviente.
También se pone en marcha un permiso parental de ocho semanas que podrá disfrutarse de forma continua o discontinua, a tiempo completo o parcial, hasta que el menor cumpla ocho años. Además, habrá un tercer permiso "por causa de fuerza mayor", que se distribuirá por horas y podrá alcanzar en total hasta cuatro días al año. Este último busca permitir a padres y madres ausentarse del trabajo cuando haya motivos familiares urgentes e imprevisibles, como por ejemplo, una enfermedad repentina del menor. Los permisos de maternidad o paternidad se quedan como están y no verán modificaciones con esta norma.
Parejas de hecho, familias LGTBI y otros aspectos de la ley
El texto también garantiza el pleno reconocimiento de los distintos tipos de familias que ya existen en nuestro país equiparando sus derechos. Así, se van a reconocer legalmente a las familias LGTBI, a las familias con miembros con discapacidad, a las familias múltiples, a las adoptivas, a las reconstituidas o las acogedoras, entre otras.
La norma también culmina prácticamente la equiparación entre los matrimonios y las parejas de hecho, garantizando que las parejas de hecho tendrán acceso a los 15 días de permiso por registro equiparables al matrimonio.
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