El BOE publica el decreto que disuelve las Cortes y convoca las elecciones del 29N
A partir de este marges empieza a correr el plazo de 54 días que establece la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) hasta la jornada electoral.

Madrid--Actualizado a
El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este martes el real decreto de disolución de las Cortes Generales y de convocatoria anticipada de las elecciones generales el próximo domingo 29 de noviembre, casi ocho meses antes de la fecha prevista.
El real decreto, expedido por el rey Felipe VI y refrendado por el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, entra en vigor este martes y disuelve automáticamente el Congreso de los Diputados y el Senado.
Por tanto, empieza a correr el plazo de 54 días que establece la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) hasta la jornada electoral.
El 23 de diciembre a las 10 de la mañana
Celebradas las elecciones, las cámaras resultantes se reunirán, en sesiones constitutivas, el 23 de diciembre, a las diez de la mañana, un día antes de que termine el plazo máximo de 25 días fijado por la Constitución, que en esta ocasión concluiría el 24 de diciembre, día de Nochebuena.
En aplicación del artículo 162 de la LOREG se establecen las 52 circunscripciones electorales, que se corresponden con cada una de las 50 provincias españolas y de las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla.
Según el real decreto, la campaña electoral durará quince días: comenzará a las cero horas del viernes 13 de noviembre y finalizará a las 24 horas del viernes 27 de noviembre.
El 29 de noviembre serán elegidos 350 diputados, con Madrid como la provincia con mayor número de escaños (38), seguida de Barcelona (32), València (16) y Sevilla y Alacant (12 escaños).
209 senadores
También se elegirán 209 senadores: 4 en las circunscripciones provinciales y tres en las insulares (Gran Canaria, Mallorca y Tenerife), y uno en Ibiza, Formentera, Menorca, Fuerteventura, Gomera, El Hierro, Lanzarote y La Palma. Las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla eligen cada una de ellas a dos senadores.
El resto de senadores los designarán los parlamentos autonómicos.

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