Este artículo se publicó hace 2 años.
Todo lo que debes saber para votar por correo en las elecciones de Andalucía
Detallamos los plazos, los trámites y cómo ejercer el derecho al voto desde el extranjero.
Madrid-Actualizado a
El pasado 26 de abril el Parlamento de Andalucía convocó unas nuevas elecciones autonómicas previstas para el próximo 19 de junio de 2022. Los andaluces pueden solicitar desde el pasado 28 de abril y hasta el 9 de junio (incluido) el voto por correo de cara a los comicios.
Los residentes en España tendrán hasta el 16 de junio para enviar su voto, mientras que quienes vivan en el extranjero podrán remitirlos al consulado hasta el quinto día antes de la elección; es decir, hasta el 14 de junio.
A continuación detallamos todo lo que hay que saber para poder emitir el voto por correo conforme a los plazos y requerimientos estipulados.
Solicitud de voto telemático
Para empezar se debe solicitar en el plazo citado (hasta el 9 de junio) el certificado de su inscripción en el censo electoral andaluz, un requisito imprescindible para poder votar por correo y que puede pedirse por vía telemática a través de la web de Correos o presencialmente en cualquier oficina del país.
En la web, el interesado ha de acreditar su identidad mediante la firma electrónica y se aceptarán como sistemas de identificación válidos los certificados de persona física reconocidos por el Ministerio de Industria y el DNI electrónico, tal y como informa Correos en su página web.
Solicitud del voto presencial en Correos
Además, la solicitud de voto por correo puede realizarse en todas las oficinas de Correos de España, de forma personal por parte de cada elector, salvo en caso de enfermedad o discapacidad acreditada, cuando podrá autorizarse a otra persona.
En el momento de formular la solicitud, los interesados deben acreditar su identidad presentando ante el empleado de la oficina postal el DNI, pasaporte o carnet de conducir originales.
Disponible cita previa
Con miras a agilizar los trámites y evitar esperas, la compañía ofrece la opción de cita previa para la solicitud del voto en oficinas, a través de la aplicación de móvil, la web de Correos o la oficina virtual.
Correos entregará las solicitudes recibidas en las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral en Andalucía, quienes enviarán a los solicitantes, a partir del 30 de mayo, la documentación que necesitan para así poder ejercer el voto por correo.
La compañía ha asegurado que está poniendo todos los recursos tecnológicos, logísticos y humanos necesarios para garantizar el cumplimiento de los compromisos que le son encomendados en los procesos electorales.
Votar desde el extranjero
En el caso de que se resida en el extranjero, habría que cumplimentar la solicitud de certificado para votar por correo y adjuntar alguno de los siguientes documentos: fotocopia del DNI, fotocopia del pasaporte, certificado de nacionalidad o certificación de inscripción en el Registro de Matrícula Consular.
La solicitud sumada a uno de estos cuatro documentos deberá ser remitida, según la web del Ministerio, y se podrá enviar por correo o fax o también de manera telemática.
A continuación, la Oficina del Censo remitirá la documentación para poder votar y podrás hacerlo en las urnas disponibles en la embajada o consulado (entre el cuarto y segundo día anteriores al día de los comicios) o enviarlo por correo certificado, en este caso, como muy tarde debe ser cinco días antes de las elecciones.
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