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El Gobierno modifica la Medalla al Mérito en el Trabajo y podrá retirar la distinción al dictador Franco
El Consejo de Ministros, a propuesto del Ministro de Trabajo que dirige Yolanda Díaz, ha aprobado el Real Decreto que modifica el Reglamento de la Medalla y la Placa al Mérito en el Trabajo e incorpora un mecanismo de retirada de las medallas a, entre otros, miembros "del aparato de represión de la dictadura franquista". La nueva norma fue adelantada por 'Público' en septiembre del año pasado.
Alejandro Torrús
Madrid-Actualizado a
El Consejo de Ministros, a petición del Ministerio de Trabajo de Yolanda Díaz, ha aprobado un nuevo Real Decreto que modifica el reglamento de la Medalla y la Placa al Mérito en el Trabajo. Tal y como adelantó Público en septiembre del año pasado, la nueva norma incorpora un mecanismo de retirada de las medallas a miembros "del aparato de represión de la dictadura franquista", personas "hubieran realizado actos u observado conductas manifiestamente incompatibles con los valores democráticos" o, también, a personas cuya conducta y trayectoria sea "incompatible con la ejemplaridad cívica y profesional" y, particularmente, cuando el beneficiario haya sido "declarado responsable de actos constitutivos de delito". El texto añade, además, que la retirada de la Medalla puede efectuarse incluso cuando los delitos y penas que sean imputados a las beneficiarias de la Medalla ya hayan prescrito para la Justicia.
La exposición legal del nuevo Real Decreto, que firma la ministra Yolanda Díaz, explica que la "norma responde a la necesidad de adecuar la Medalla al Mérito en el Trabajo a las imprescindibles exigencias democráticas, cívicas y sociales actuales". Así, con el nuevo reglamento en la mano, el Ministerio de Trabajo de Yolanda Díaz podrá retirar la Medalla de Oro Laureada al Mérito y Sacrificio en el Trabajo al dictador Francisco Franco, que la recibió en 1953 por situarse "al frente de los trabajadores que en la guerra dieron su sangre y en la paz su esfuerzo" y por sus "47 años de servicios sin reposo, en continuada vela, desde el alba al ocaso, combatiendo y gobernando conduciendo la Nación española desde la oscuridad a la luz", tal y como establece el Libro de Oro del Trabajo, editado por el propio Ministerio en el año 1970.
No obstante, el dictador Francisco Franco no es la personalidad de la dictadura que puede verse afectado por la modificación del reglamento. Otra figura que puede verse afectada es la del general Yagüe, militar que participó activamente en el Golpe de Estado del 18 de julio, que tuvo un papel destacado en el Ejército franquista durante la Guerra Civil y que fue galardonado el 30 de julio de 1946. Asimismo, en la ilustre lista de galardonados del Ministerio de Trabajo también aparecen personajes como el de Pilar Primo de Rivera, condecorada en 1965, por su "entrega, generosidad, alegría y amor a la obra bien hecha". En esta lista también aparece el cardenal Enrique Pla y Daniel, religioso que jugó un papel fundamental durante la Guerra Civil, el del exministro de Trabajo y miembro fundador de las Juntas de Ofensiva Nacional-Sindicalista (JONS), José Antonio Girón de Velasco; el también exministro del Movimiento José Solís Ruiz; o el empresario José Banús, que utilizó mano de obra de presos políticos en condiciones de trabajo esclavo para la construcción de obras como el Valle de los Caídos.
La revocación de las condecoraciones, según señala el artículo 11 del nuevo reglamento, se iniciará de oficio a iniciativa de la persona titular del Ministerio de Trabajo y Economía Social. Así, la tramitación del procedimiento de revocación de la condecoración corresponderá a la Subsecretaría de Trabajo y Economía social. En caso de iniciarse un procedimiento de revocación, el Ministerio avisará a la persona afectada o sus representantes legales, que podrá formular las alegaciones que considere pertinentes. Una vez instruido el procedimiento, será la persona titular de la Subsecretaría de Trabajo y Economía Social quien dicte propuesta de resolución, que será elevada al órgano que otorgó la condecoración.
Una Medalla del siglo XXI
La exposición de motivos que acompaña al nuevo Real Decreto explica que la modificación del reglamento es necesaria para "adaptar los criterios de concesión" de las condecoraciones a un contexto diferente al que inspiró la creación de la Medalla en 1926 y "a una nueva concepción del mérito en el trabajo del siglo XXI". Así, se introducen criterios de memoria democrática para regular la retirada de la distinción, pero también se incluyen nuevos logros a valorar como "la contribución al trabajo digno y de calidad en términos sociales" y se abre la puerta a que puedan ser premiadas entidades de carácter colectivo.
El nuevo reglamento, que deroga la norma de 1982, establece que la Medalla al Mérito en el Trabajo es "una condecoración civil que la Administración General del Estado concede a personas trabajadoras y a profesionales por la excelencia en el ejercicio de su trabajo o por su contribución al incremento de la dignidad, la igualdad y la calidad del trabajo", mientras que la Placa al Mérito en el Trabajo se "concede a asociaciones, corporaciones, organismos públicos y entidades defensoras o representativas de intereses colectivos en reconocimiento de la excelencia en el ejercicio de su función o por su contribución al incremento de la dignidad, la igualdad y la calidad del trabajo".
Las citadas distinciones tendrán tres modalidades. Por un lado, la modalidad de "igualdad", que "se concederá en atención a la contribución realizada a una sociedad más justa e igualitaria y a la lucha contra la discriminación". Por otro, la "excelencia", que "se concederá en atención a la calidad del trabajo realizado, teniendo en cuenta la dedicación, el esfuerzo y la contribución social que implique el mismo. Y, por último, la modalidad de "salud laboral", que "se concederá en atención a la contribución en la consolidación de condiciones de trabajo y entornos laborales seguros y sanos".
Por último, cabe destacar que todas las categorías contarán con una condecoración de categoría especial que "reconocerá el desempeño de una actividad o la realización de una contribución en condiciones, circunstancias o con méritos excepcionales y con alta estima social".
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