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El juez Pedraz archiva la causa contra Zapata: sus tuits fueron un ejercicio de la libertad de expresión

Los mensajes del concejal de Ahora Madrid no estaban dirigidos directamente a humillar a las víctimas y no tuvo intención de lesionar su dignidad cuando los difundió hace cuatro años.  Pedraz cita el ejemplo típico de las Facultades de Derecho sobre el carpintero que construye una cama: su intención no es construirla para que se cometa en ella adulterio

El edil de Ahora Madrid Guillermo Zapata, a su llegada a la Audiencia Nacional para declarar ante el juez Santiago Pedraz. EFE/Fernando Alvarado

JULIA PÉREZ

MADRID.- El juez central de instrucción 1, Santiago Pedraz, ha archivado la querella presentada por Dignidad y Justicia contra el concejal de Ahora Madrid Guillermo Zapata al considerar que no ofendió a las víctimas del terrorismo ni del Holocausto en unos tuits que difundió hace cuatro años.

El juez enmarca los mensajes de Zapata en un ejercicio del derecho de expresión. Ninguno de sus tuits "pueden avalar esa intención de lesionar la dignidad de las víctimas del terrorismo, pues sencillamente no se habla, ni directa ni indirectamente, de víctimas del terrorismo.

Guillermo Zapata declaró este miércoles durante algo más de una hora ante Pedraz, quien fue obligado a reabrir la causa por la sección segunda de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional porque consideró que sus mensajes difundidos en Twitter 2011 no eran humor negro, como consideraba Pedraz, sino que apreciaba un delito de humillación a las víctimas del terrorismo y del Holocausto por decir chistes como “Han tenido que cerrar el cementerio de las niñas de Alcàsser para que no vaya Irene Villa a por repuestos". Para la Fiscalía era un delito de descrédito, menosprecio o humillación de las víctimas de los delitos terroristas y de sus familiares.

En sus tuits "no se habla, ni directa ni indirectamente, de víctimas del terrorismo", por lo que excluye el dolo directo

Hora y media después de tomar declaración a Zapata, Santiago Pedraz ha dictado un auto de archivo de la querella. La asociación Dignidad y Justicia ya ha anunciado que lo recurrirá. 

En su auto, Pedraz expone que la jurisprudencia del Tribunal Supremo exige un dolo específico o ánimo directo de desprestigiar o rebajar la dignidad de las víctimas.

En primer lugar, el juez concluye que Guillermo Zapata no incurrió en un dolo directo.  Para ello expone que el concejal ha declarado que su intención en modo alguno era lesionar la dignidad de las víctimas "y no podía imaginar que pudiera humillar a algunas víctimas".

En segundo lugar, Pedraz aborda en un auto si el concejal cometió un dolo eventual; esto es, si a Zapata "se le representó como posible y seriamente" que sus mensajes podrían humillar a las víctimas y, pese a ello, decidió publicar sus tuits.

Pedraz confirma que estaban por la calle los mensajes que difundió Zapata, como "Han tenido que cerrar el cementerio de las niñas de Alcaser para que no vaya Irene Villa a por repuestos" o también "¿Cómo meterías a 5 millones de judíos en un 600? en un cenicero". Y destaca en su auto que el concejal ha reconocido que eran expresiones oídas cuando era pequeño  y que recordó en un debate sobre libertad de expresión.

"¿Acaso sabía que iba a tener un cargo, que alguien iba a 'rebuscar' en su pasado y luego, por ser concejal, iba a tener la repercusión que ha tenido?", se pregunta el juez

Además, Pedraz tiene en cuenta que Zapata "publicó sus tuits hace más de cuatro años, "¿acaso él sabía que iba a tener un cargo público, que alguien iba a 'rebuscar' en su pasado tuitero y luego, por ser concejal, iba a tener la repercusión pública que ha tenido?"

El magistrado resuelve que a Zapata no se le representó en ese debate que podía humillar a las víctimas del terrorismo y del Holocausto antes de escribir sus tuits durante un debate sobre libertad de expresión y los comentarios que se hacían en la calle.

El efecto mariposa y el ejemplo del carpintero

"No cabe que tal representación fuera seria", señala Santiago Pedraz. Cuando alguien realiza un acto, puede imaginar un efecto mariposa y que se produzcan muchas cosas: "dependerá de su imaginación". Pero no por habérselo imaginado tiene que ser castigado penalmente. 

Descarta el dolo eventual con el ejemplo del carpintero, cuya intención al construir una cama no es que se cometa en ella un adulterio

Para ello recurre a un ejemplo clásico de las Facultades de Derecho sobre la responsabilidad penal de aquel carpintero que construyó la cama donde se competió un adulterio, cuando el adulterio era delito.

"Desde luego que un carpintero se puede imaginar o representar como posible que en la cama que ha hecho se pueda cometer adulterio; pero no es serio; y la intención del carpintero no era ni principal ni secundariamente construir la cama para que se cometiera el adulterio".​ Es la forma didáctica que tiene Pedraz de abordar el causalismo clásico (la causa de la causa es la causa del mal causado).

El magistrado de la Audiencia Nacional descarta practicar más diligencias, además del interrogatorio al querellado que inicialmente se había opuesto. Ni siquiera la declaración de los testigos que propuso la asociación Dignidad y Justicia: "la propia sección segunda de la Sala de lo Penal las denegó en su auto del pasado 1 de octubre. "Y es que además no conducirían a resultado otro alguno: habrá víctimas que puedan sentirse humilladas y otras no (como la Sra. [Irene] Villa). Lógicamente la acusación sólo propondrá las primeras". Y, en cualquier caso, cita de nuevo la jurisprudencia del Supremo que exige un ánimo directo de desprestigiar o rebajar a las víctimas.

También rechaza que se requiera de la Guardia Civil que identifique al autor de los tuits en cuestión o si estuvieron publicados del 31 de enero de 2011 al 13 de junio de 2015. El propio Guillermo Zapata reconoce que la cuenta es suya y que publicó los tuits en los que se basa la querella.

El auto no es firme y puede ser recurrido en reforma ante el propio juez, tal y como ha anunciado la asociación querellante, y recurso de apelación ante la Sala de lo Penal.​

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