Este artículo se publicó hace 4 años.
La jueza autoriza el permiso de tres días a Jordi Cuixart pese a la oposición de la Fiscalía
La magistrada ha rechazado los argumentos que esgrimió la Fiscalía para oponerse al permiso.
Madrid-Actualizado a
El Juzgado de Vigilancia Penitenciaria 5 de Catalunya ha autorizado este martes el permiso solicitado por el presidente de Òmnium Cultural, Jordi Cuixart, para salir tres días de la cárcel.
En un auto recogido por Europa Press, la magistrada ha rechazado los argumentos que esgrimió la Fiscalía para oponerse al permiso y ha considerado que la expresión "ho tornaria a fer" ("lo volvería a hacer") "no puede sino considerarse como una mera expresión de un pensamiento ideológico/político".
La Fiscalía se opuso al permiso, que propuso la Junta de Tratamiento de la cárcel de Lledoners (Barcelona), argumentando "ausencia de arrepentimiento" del condenado por el Tribunal Supremo (TS) a nueve años de cárcel por sedición por el proceso soberanista.
La Fiscalía argumentó "ausencia de arrepentimiento" para oponerse
La Fiscalía, que aún no se ha pronunciado sobre la aplicación del artículo 100.2 tanto a Cuixart como al exlíder de la ANC Jordi Sànchez, se ha opuesto a un permiso de 72 horas que Lledoners propuso previamente para los Jordis, con el argumento de que no se han arrepentido, si bien la juez replica que la normativa penitenciaria "no impone la obligación del condenado de arrepentirse".
La juez rebate la tesis de la Fiscalía de que Cuixart no asume los hechos delictivos y resalta que, según el equipo que le trata, el interno reconoce los hechos y es consciente de que "con sus actos se produjo una intensa discrepancia frente al orden legal" y se ocasionaron "algunas conductas inadecuadas pero del todo imprevisibles", por lo que las cosas se "podrían haber hecho de otra manera".
La juez se remite al informe del psicólogo de la prisión, que precisa que, con su "lo volvería a hacer", Cuixart "en ningún momento hace referencia a un alzamiento tumultuario", sino que se refiere a "la voluntad de continuar reivindicando el derecho a decidir sobre la situación de Catalunya de forma pacífica y no violenta".
La normativa penitenciaria no obliga al condenado a arrepentirse ni a que se declare culpable, sino a dos "requisitos mínimos" que cumple Cuixart, haber superado una cuarta parte de la condena y tener una "buena conducta" en prisión, destaca la juez, que afea a la Fiscalía que "parece olvidar" que la condena penal no se debe extender al itinerario penitenciario para obstaculizar los permisos.
Comentarios de nuestros suscriptores/as
¿Quieres comentar?Para ver los comentarios de nuestros suscriptores y suscriptoras, primero tienes que iniciar sesión o registrarte.