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Monedero pide la nulidad de la causa que García Castellón abrió contra él por vulnerar su derecho a la defensa

El profesor y colaborador de 'Público' recuerda que no se le ha proporcionado copia de la documentación principal con la que se le pretende incriminar.

Juan Carlos Monedero
El politólogo y cofundador de Podemos Juan Carlos Monedero en una imagen de octubre de 2021. Jesús Hellín / EUROPA PRESS

Juan Carlos Monedero registró el jueves un escrito en la Audiencia Nacional en el que pide la nulidad del auto con el que el juez Manuel García Castellón reabrió una causa contra él en octubre de 2021, así como de todas las actuaciones posteriores al referido auto por vulnerar su derecho a la defensa. También recuerda que no se le ha proporcionado copia de la documentación principal con la que se le pretende incriminar, entre ellas la declaración de Carvajal ni de los testigos protegidos, "testimonios todos ellos sobre los que se pretende cimentar la prosecución de determinados delitos contra mi patrocinado tras la finalización del presente procedimiento".

"Una vez se ha tenido acceso (todavía a fecha de hoy parcial) a las actuaciones, se ha podido constatar cómo, a pesar de resultar nuestro patrocinado investigado desde el principio de la presente causa una vez procedida a su reapertura, no hemos podido ejercer ninguno de los derechos que establece el art. 118 LECrim, ni conocer la existencia de la causa, recurrir las resoluciones que en su seno se dictaban, proponer diligencias de investigación, etc., en una actuación por parte del Juzgado que ha laminado por completo el derecho de defensa de esta parte", explica el escrito.

"Contrasta ciertamente la actitud del Juzgado respecto de los investigados, a los que ni siquiera comunica la existencia de la causa para que puedan ejercitar su derecho de defensa, con la admisión de la personación de Vox y Pro Lefe como acusaciones populares", añade.

La defensa de Monedero explica que la investigación abierta actualmente contra él deviene de diligencias declaradas prospectivas por la Sala de lo Penal de la AN y radicalmente nulas. "El auto de fecha 28 de julio de 2022, por el que se acuerda deducir testimonio frente a nuestro representado, se apoya esencialmente en el oficio de la UDEF de fecha 3 de junio de 2022, que analiza las cuentas corrientes de las que es "titular" nuestro representado, que además de recoger información que no se corresponde con la realidad, resulta ser una de las diligencias que la Sala entiende prospectivas (...) por lo que habrá de ser igualmente declarado nula por devenir directamente y sin solución de continuidad de diligencias de investigación radicalmente nulas", explica la defensa.

El escrito destaca que "no existiendo motivación suficiente para decretar el secreto del sumario, ni sus sucesivas prórrogas, habiéndose producido indefensión por los motivos alegados y encontrándonos ante un procedimiento finalizado, entendemos que no cabe otro remedio procesal en el seno del mismo que la nulidad de las actuaciones."

"El Juzgado al que nos dirigimos carecía de competencia para la investigación de la presente causa, o alternativamente había sorteado las normas de reparto para asumir la investigación de una nueva causa, vulnerando en cualquiera de los casos el derecho al Juez ordinario predeterminado por la Ley".

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