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El PSOE recurrirá ante el Supremo la negativa de la Junta Electoral a revisar los votos nulos en Madrid

La formación lo ha decidido en un comité telemático, si bien aún no hay fecha para presentarlo.

Jornada electoral en la que podrán votar más de 6,6 millones de andaluces
Una persona coge sus papeletas para votar en las elecciones generales del 23J, en una imagen de archivo. José Manuel Vidal / EFE

El PSOE ha anunciado que va a recurrir ante el Tribunal Supremo la decisión de la Junta Electoral Central (JEC) de no revisar los más de 30.302 votos nulos registrados en Madrid en las elecciones generales del 23 de julio, según ha avanzado la Cadena Ser.

Así lo ha decidido la formación en un comité telemático. No obstante, aún no han elegido en qué fecha presentarán este recurso a una semana de que se constituyan las Cortes Generales con los resultados de las elecciones del pasado 23 de julio, según confirman fuentes socialista a la Agencia Efe.

Con esta revisión, el PSOE tiene la esperanza de recuperar el escaño que le arrebató el PP tras el recuento del voto exterior.

El PSOE presentó un primer recurso ante la Junta Electoral de Madrid después de finalizar el escrutinio general con el voto exterior y se confirmara que el PP había obtenido 137 escaños, uno más que la noche del 23J, y el PSOE se quedara con 121 (uno menos que en el recuento inicial).

Este recurso fue desestimado el pasado 30 de julio, por lo que los socialistas elevaron su petición a la Junta Electoral Central que también rechazó la pretensión de los socialistas de repetir el escrutinio.

La JEC alegó que los socialistas "no aducen ninguna irregularidad en el escrutinio general como para justificar la repetición que solicita".

Según su argumento, el PSOE se limitó "a invocar su derecho a revisar el voto nulo indicando la cercanía en el número de votos necesarios para modificar la distribución de escaños en la circunscripción de Madrid".

Para la JEC, estas alegaciones no pueden ser tenidas en cuenta porque resultan contrarias "al procedimiento establecido por la Ley Electoral y haría inviable cumplir con los plazos previstos".

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