Begoña Gómez pide a la Audiencia de Madrid corregir la decisión de Peinado de llevarla a un jurado popular: "Es irregular"
El abogado de la esposa del presidente asegura que no se cumple ningún requisito para que el caso se lleve ante un jurado popular porque no hay "ninguna prueba" de que los delitos se hayan cometido.

La defensa de Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, ve "claramente irregular" la actuación del juez Juan Carlos Peinado al proponer que la juzgue un jurado popular cuando no se cumple ni uno solo de los requisitos exigidos por la ley para que su caso sea llevado ante dicho tribunal.
Y por eso ha acudido una vez más ante la Audiencia Provincial de Madrid, superior jerárquico del magistrado, para recurrir el auto en el que Peinado transformaba la causa principal, en la que se investigan delitos como tráfico de influencias, al procedimiento de la ley del jurado.
Es la misma decisión que adoptó respecto a la pieza separada sobre una presunta malversación en el trabajo de la asesora de Begoña Gómez. Una pieza que, según ha dictaminado la Audiencia de Madrid, no debería haber abierto, sino que debe investigar ese presunto delito dentro del procedimiento principal.
En su recurso, el abogado y exministro Antonio Camacho asegura con rotundidad que no se cumple ningún requisito para que el caso se lleve ante un jurado popular porque no hay "ninguna prueba, absolutamente ninguna" de que los delitos se hayan cometido.
A lo largo de 19 tomos de causa, subraya, no hay "indicio alguno" de que Begoña Gómez haya cometido un delito. Por tanto, "no cabe hablar" de la verosimilitud de los indicios que exige la ley, ni cabe "imputar esos delitos inexistentes a persona concreta y determinada".
Pero es que, prosigue el letrado, tampoco concurre el requisito de conexidad exigido para que un jurado juzgue estos hechos porque, en caso de que hubiese pruebas, los presuntos delitos se habrían cometido "en dos ámbitos diferentes". Uno en la Universidad Complutense de Madrid -donde se investiga la actividad profesional de Gómez- y otro en el ámbito de la contratación pública, donde se investiga si Gómez influyó en favor del empresario Juan Carlos Barrabés.
"No todos los delitos son imputables a todos los investigados y, además, no existe ni unidad personal, ni temporal, ni geográfica", abunda.
A lo largo de su recurso, el abogado analiza cada uno de los delitos que se investigan (tráfico de influencias, corrupción en los negocios, intrusismo y apropiación indebida) para descartar que haya indicios de su comisión.
Vuelve a reiterar que la de Peinado, titular del Juzgado de Instrucción 41 de Madrid, es una investigación claramente prospectiva" y "universal". Y denuncia que "sin la existencia del más mínimo indicio de la comisión de un delito, no es admisible bucear en la vida de una persona para determinar si esta ha podido, en algún momento, haber cometido un delito".
En esta causa principal, abierta en abril de 2024, el juez investiga si Gómez influyó en favor del empresario Juan Carlos Barrabés, adjudicatario de contratos públicos, así como su rol en la cátedra que codirigía en la Universidad Complutense, incluido el patrocinio empresarial de un software para la misma.
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