La compra sin autorización de un palacio en Almería sienta en el banquillo a un exalcalde del PP ya condenado dos veces
Pedro Llamas, exregidor de la localidad almeriense de Cantoria, acumula dos condenas previas, una de ellas confirmada por el Supremo, por delitos relacionados con la corrupción urbanística.
Firmó por su cuenta, al margen de los procedimientos administrativos, un contrato de compraventa, que costó al consistorio 40.400 euros, ya irrecuperables.

Madrid--Actualizado a
El municipio almeriense de Cantoria, con 3.592 habitantes, asitirá nuevamente a un juicio contra su exalcalde Pedro Llamas García, del Partido Popular. El auto de apertura de juicio oral, dictado por la jueza Paloma Montero, de la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Huércal-Overa, indica que existen indicios para sentar al exregidor en el banquillo.
En junio de 2013 el Tibunal Supremo confirmó la condena de dos años de prisión y 23 meses de inhabilitación para empleo o cargo público para Llamas por delitos relacionados con la corrupción urbanística.
Ahora será juzgado por dos presuntos delitos de prevaricación y malversación por iniciar por su cuenta, al margen de cualquier procedimiento administrativo, la compra del Palacio de Almazora, ubicado en la localidad, lo que supuso para las arcas públicas de Cantoria la pérdida de 40.400 euros.
El Ayuntamiento de Cantoria, a cargo del PSOE, ejerce la acusación particular, representado por el letrado Javier Salvador, del despacho Aránguez Abogados, que solicita seis años de prisión para el exalcalde, mientras que la Fiscalía pide para Llamas cuatro años de prisión y ocho años de inhabilitación especial por presuntamente haber malversado 40.400 euros y nueve años de inhabilitación especial por el delito de prevaricación, además del reintegro de las cantidades abonadas con cargo a fondos municipales.
La historia de la alcaldía a cargo de Pedro Llamas (2008-2013) se enmarca en la edad de oro de la corrupción urbanística y de delitos contra la ordenación del territorio. El escándalo por las viviendas ilegales que se levantaron en el Valle de Almazora, al calor de ayuntamientos como el de Cantoria en aquellas fechas, principalmente adquiridas por cientos de ciudadanos ingleses, alcanzó tal evergadura que hasta la BBC y el diario británico The Times alertaron a sus nacionales de la estafa.
El entonces alcalde de Cantoria, Pedro Llamas, autorizó el suministro de luz y agua a una promoción de cuatro viviendas construidas sobre suelo no urbanizable, por lo que fue denunciado. El Supremo lo condenó por faltar a la verdad en un escrito "con sello oficial" del ayuntamiento remitido a la policía autonómica andaluza en la que se mentía asegurando que no se había autorizado los suministros a dichas viviendas; también se le condenó por no haber perseguido ni denunciado la edificación de dichos inmuebles, que fueron demolidos años después, en un claro delito de omisión del deber de perseguir delitos, según el Alto Tribunal. En esa ocasión, Llamas fue absuelto de prevaricación por la Audiencia Provincial de Almería.
Un palacio neoclásico
En este caso se juzgará si el entonces alcalde actuó legítimamente o no al cerrar un contrato con un particular, propietario del Palacio de Almanzora, que data del siglo XVIII y se encuentra en estado ruinoso, al margen de cualquier procedimiento administrativo. Según recoge la Fiscalía, no se había tramitado el expediente administrativo de contratación, ni se habían elaborado los preceptivos informes técnicos y no contaba el alcalde con la aprobación de los órganos del Ayuntamiento. Pese a esto, Llamas acordó, por su cuenta, la compraventa del inmueble por un valor de 360.000 euros, y firmó un contrato, en diciembre de 2009, muy ventajoso para el dueño del palacio, al que algunas fuentes consultadas por este diario atribuyen cierta amistad con Pedro Llamas.
Para llevar a cabo la compraventa, el alcalde, con dinero del erario, y a sabiendas de que no estaba previsto en las partidas presupuestarias del Ayuntamiento, realizó pagos por un total de 40.400, entre el 1 de marzo de 2011 y el 16 de noviembre de 2012.
Sin control administrativo
Los informes incorporados a la causa reflejan que tanto la Secretaría como la Intervención municipales emitieron "constantes reparos" donde alertaban de la ilegalidad de los pagos y de la improcedencia de asumir intereses derivados del contrato privado. Contra dichos reparos, el alcalde firmó resoluciones, en vez de llevarlos al Pleno municipal como establece la ley.
Según la acusación particular, este proceder irregular del alcalde habría impedido "deliberadamente" el control por parte de los órganos colegiados del Aayuntamiento, convirtiendo el consistorio en una especie de feudo de Llamas.
El Ayuntamiento de Cantoria no llegó a adquirir la propiedad del palacio al no efectuarse el pago completo de la compraventa y tampoco ha podido recuperar el dinero, dado que Llamas pactó en el contrato que el vendedor podía quedarse con las sumas que desde el consistorio se le fueron entregando.
El alcalde había manifestado desde que llegó a la alcaldía que pretendía comprar el Palacio de Almazara para que así la Junta de Andalucía pudiera rehabilitarlo, al dejar de ser un bien privado, según indican las fuentes consultadas.
Insuficiencia financiera
Según recoge el escrito de acusación del Ayuntamiento, la operación de compra se produjo en un contexto de grave insuficiencia financiera del consistorio, "como refleja el estado de tesorería a 31 de diciembre de 2009, que precisó una operación de crédito por importe de 200.000 euros, concertada días antes (23 de noviembre de 2009) e ingresada el mismo día 31 de diciembre, con el objetivo de cubrir necesidades básicas de liquidez municipal".
No obstante, y pese a la situación de desequilibrio presupuestario, "el entonces alcalde firmó el contrato, comprometiendo al Ayuntamiento en una obligación de pago sin cobertura jurídica ni financiera", advierte la acusación particular.
Segunda condena
A falta de fijarse fecha para el inicio de la que será la tercera vista oral a la que se someta este expolítico, Pedro Llamas acumula otra condena. El Juzgado de lo Penal 3 de Almería le condenó en abril de 2024 a dos años de prisión y otros diez de inhabilitación por un delito de prevaricación, tras un pacto de conformidad.
Firmó la subida salarial de tres trabajadores del ayuntamiento sin hacer caso a las advertencias del secretario-interventor, que había emitido un informe en el que declaraba nula esta subida salarial.
De igual manera que Llamas presuntamente desoyó al secretario del consistorio cuando le advirtió de que no podía emprender una compra a nombre del Ayuntamiento sin que exista expediente administrativo y partida presupuestaria para ello, en ese otro caso, subió por su cuenta la nómina a los tres funcionarios.
Primero alcalde, luego concejal
Pedro Llamas tuvo que abandonar la alcaldía de Cantoria tras la sentencia del Supremo, pero conservó su acta de concejal, al argumentar que debía esperar a que el Alto Tribunal resolviera el incidente de nulidad que había presentado contra la sentencia. Así continúo unos meses, hasta octubre de 2013, ejerciendo como concejal delegado de Presidencia, Obras y Servicios, Agricultura y Pedanías, con un sueldo anual cercano a los 50.000 euros. El Supremo rechazó su incidente de nulidad.


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