EEUU se arroga el papel de policía del mundo gracias a un sistema legal que avala el secuestro fuera de sus fronteras
La doctrina 'Ker-Frisbie' sostiene que la forma en que el acusado es puesto a disposición del tribunal no afecta a su jurisdicción para tramitar el procedimiento y poder celebrar el juicio.
De esta manera se avaló el secuestro en los años noventa de un médico mexicano, raptado en su país y trasladado a Estados Unidos bajo la acusación de asesinar a un agente de la DEA.

Madrid-
No es la primera vez que el Gobierno de Estados Unidos envía a sus cuerpos de élite, incluida la DEA (la administración antidrogas) a secuestrar a un ciudadano en el extranjero para llevarlo ante las autoridades judiciales federales. A finales de los años 80 del siglo XX, bajo la denominación de 'operación Causa Justa', las tropas estadounidenses invadieron Panamá y capturaron al general Noriega, que había consolidado una dictadura militar en el país centroamericano.
Es el caso más parecido al que afecta a Venezuela y a Nicolás Maduro que se puede encontrar en la lista de acciones militares de Estados Unidos desde el final de la guerra fría. La invasión de Panamá, en 1989, se enmarca, de hecho, en el final de ese periodo histórico.
No solo a mandatarios, Estados Unidos ha secuestrado fuera de sus fronteras también a ciudadanos acusados de diferentes delitos, incluido el narcotráfico, asentando una doctrina jurídica que avala de facto los secuestros, con la salvedad de que los apresados no hayan sufrido torturas durante el trance.
La doctrina 'Ker-Frisbie'
El caso Humberto Álvarez-Machain, en 1990, fue uno de los más controvertidos. Ese médico mexicano fue secuestrado en su consulta de la ciudad de Guadalajara por sicarios pagados por agentes de la DEA, bajo la acusación de haber colaborado en el asesinato de un funcionario de la agencia antidroga de EEUU.
Álvarez-Machain fue conducido en avión a Texas y procesado en la Corte Federal de Los Ángeles, que dictaminó que el hombre debía ser devuelto a México, al dictaminar que el secuestro del mexicano vulneraba el acuerdo de extradición con México. El Gobierno de George Bush padre recurrió ante la Corte Suprema, tras confirmar la resolución la Corte de Apelaciones, y el resultado fue el opuesto.
La Corte Suprema dijo que el acuerdo bilateral no prohíbe expresamente el secuestro de un ciudadano reclamado por las autoridades de uno de los dos países, por lo que declaró la competencia de los tribunales de Estados Unidos para enjuiciar a Humberto Álvarez-Machain. En ese caso, que se saldó finalmente con la absolución del médico al no reunirse en su contra pruebas de su participación en el asesinato de un agente de la DEA inflitrado en el Cartel de Guadalajara, la Corte Suprema invocó un precedente muy lejano, el caso Ker vs. Illinois (1886), del que ha derivado toda una doctrina jurídica que puede aplicarse ahora a Nicolás Maduro.
El ciudadano estadounidense Frederick Ker, asentado en Perú, era reclamado por las autoridades del Estado de Illinois por el desfalco de un banco de Chicago. La entidad contrató a un agente peruano para capturar a Ker en Lima. Así lo hizo, dando lugar a un caso muy debatido en su época que aún tiene ecos en el ordenamiento jurídico de EEUU.
La Corte Suprema dictaminó en este caso que el secuestro de Ker no es óbice para no ser juzgado en Estados Unidos, "no constituye razón suficiente para que la parte no responda cuando se le someta a la jurisdicción del tribunal que tiene derecho a juzgarlo por dicho delito y no presenta ninguna objeción válida a su juicio en dicho tribunal", indicaba la resolución de la Corte Suprema.
Medio siglo después, el caso Frisbie v. Collins (1952) avaló como constitucional en Estados Unidos el secuestro de una persona acusada en un Estado diferente del que lo reclama para que responda penalmente por un delito. Entre las fundamentaciones jurídicas de ambos casos se desprende la no aceptación de torturas como límite a la captura del acusado en esas condiciones contra su voluntad.
La inmunidad como jefe de Estado
Pero más allá del aval jurídico de un secuestro fuera de las fronteras de Estados Unidos, en el caso del presidente de Venezuela, Nicolás Maduro, podría invocarse por su defensa la inmunidad que como jefe de Estado en ejercicio le reconoce el Derecho Internacional. Respecto a esta alegación, que con toda seguridad plantearán los abogados de Maduro, la acusación contra este y contra su esposa, Cilia Flores, por parte de la Fiscalía argumenta precisamente que el Gobierno de Estados Unidos no considera como el legítimo jefe de Estado de Venezuela a Maduro.
El escrito de acusación de la Fiscalía indica que las elecciones de 2024 en Venezuela las perdió Maduro pese a lo cual se declaró vencedor y presidente electo. La Fiscalía General de Estados Unidos le imputa cuatro presuntos delitos: conspiración narcoterrorista, conspiración para importar cocaína y posesión de ametralladoras y de dispositivos destructivos.
"El argumento de la inmunidad creo que lo tiene perdido, porque casi todos los países democráticos han reconocido la ilegitimidad de Maduro como presidente de Venezuela", indica el abogado Blas Jesús Imbroda, experto en derecho penal internacional, acreditado ante la Corte Penal Internacional.
El indulto a Juan Orlando Hernández
El reciente indulto de la Administración Trump al expresidente de Honduras Juan Orlando Hernández, que cumplía una condena de 45 años de prisión en Estados Unidos por narcotráfico, ha provocado la indignación de una buena parte de la opinión pública de Estados Unidos ante los bandazos del presidente de Estados Unidos.
Tres meses después de dejar de ser presidente de Honduras, Juan Orlando Hernández fue detenido por la policía hondureña para cumplir la reclamación de extradición de Estados Unidos por los cargos de narcotráfico. Condenado finalmente por ello, hace un mes fue liberado al recibir el indulto de Trump.

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