La jueza de la DANA califica de "erróneo" el informe de la Guardia Civil que señalaba al Gobierno central
La magistrada no sólo afea la extralimitación de los agentes en sus funciones, sino que desmonta sus argumentos para poner el foco en la Aemet y la Confederación del Júcar.
La instructora también destaca que "cuando se encargó la cronología" no existía "ningún informe ni atestado" elaborado por la Benemérita que "revelara o afirmara cualquier tipo de error en la gestión de la emergencia".

Madrid--Actualizado a
La jueza de la DANA ha criticado de manera contundente el informe de la Guardia Civil sobre las tormentas que arrasaron l'Horta Sud de València el pasado 29 de octubre. "Desafortunadamente, dicho informe, que había de limitarse a elaborar una cronología, es erróneo en sus consideraciones y apreciaciones sobre los fallos y negligencias de los intervinientes" en la catástrofe, señala la magistrada en un auto de veinte páginas al que ha tenido acceso Público.
La jueza había pedido, como recalca en este escrito, "una cronología de los desbordamientos en los ríos, barrancos y presas y su relación con los fallecimientos". No se solicitaba, insiste la instructora de la causa penal en el Juzgado de Catarroja, "ninguna valoración respecto de las actuaciones de los intervinientes". La Comandancia de la Guardia Civil de València, sin embargo, señalaba en su informe tanto a la Agencia Estatal de Meteorología (Aemet) y como a la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ), los dos organismos dependientes del Gobierno central y cuyos responsables, de momento, no están siendo investigados por la gestión de la DANA.
La magistrada no sólo afea la extralimitación de los agentes en sus funciones, sino que tumba sus argumentos para poner el foco en las entidades estatales. "El análisis de la negligencia, [los] fallos o [la] posición de garante es exclusivamente jurisdiccional. Dado que el informe sobre la cronología de los hechos incide en valoraciones que no correspondían a la Policía Judicial, las mismas no poseen eficacia incriminatoria, ni tampoco exculpatoria, de los investigados ni de cualquier otro implicado", concluye el auto. La jueza también destaca que "cuando se encargó la cronología" no existía "ningún informe ni atestado" elaborado por la Guardia Civil que "revelara o afirmara cualquier tipo de error en la gestión de la emergencia".
La Benemérita había presentado un dosier de 220 páginas, al que ha tenido acceso este diario, con un análisis de los desbordamientos ocurridos el día de la catástrofe, destacando "sobremanera" la "inexistencia de avisos" de la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ) sobre la crecida "exponencial" que experimentó el barranco del Poyo desde las 16.15 horas del 29 de octubre de 2024. Desde el organismo, dependiente del Ministerio de Transición Ecológica, sostienen que los agentes no han tenido en cuenta toda la documentación aportada a la causa y los acusan de ignorar "los casi 200 avisos que la CHJ envió ese día a Emergencias".
"Es un informe erróneo por los limitados elementos de prueba con los que cuenta en su elaboración. Se trata de un informe extenso, (...) pero que no puede atender a lo que sucedió en el CECOPI, a las testificales de los técnicos, a las declaraciones de los familiares de las víctimas que fijan en muchos casos casi el momento exacto en el que fallecieron sus allegados. (...) No se atiende a declaraciones de especial relevancia y de indudable prestigio por su cualificación profesional que expresan conclusiones radicalmente distintas a las expuestas e incluidas indebidamente en la cronología", continúa en su auto la jueza. "Refleja una teoría, la del apagón informativo, plenamente superada" y que "fue descartada judicialmente", añade. La magistrada califica hasta en dos ocasiones el análisis como "erróneo" y tacha de "incompleta" la labor de la Guardia Civil.
Las comunicaciones telefónicas con la Aemet
Los agentes también aprovecharon su informe para incluir reproches hacia la Aemet. "Se desconoce si por algún medio pudieron facilitarse en tiempo real al Centro de Coordinación de Emergencias (CECOPI) los datos exactos de precipitaciones que estaban recogiendo los sistemas automáticos de Aemet", consideró la Benemérita. Estas comunicaciones y datos, según el dosier policial, "no vienen recogidos en la documentación trasladada al juzgado por esa Agencia".
La jueza instructora de la causa desmonta este argumentario y destaca que "no se incide en las comunicaciones que efectivamente se produjeron telefónicamente", del mismo modo que también se ignora un audio que "reflejaba que (...) sí que se informó sobre la evolución meteorológica". Ese audio, "presuntamente recortado", llegó a publicarse en algún medio de comunicación e "incluso por alguna autoridad" con el objetivo de "desacreditar la existencia real de avisos" de la Aemet, recuerda la magistrada.
La Agencia Estatal de Meteorología ha negado las acusaciones de inacción y asegura haber realizado al menos 24 llamadas "entre exitosas y fallidas", tal y como avanzó este lunes elDiario.es. La jueza se remite además a un informe del organismo en el que se detallan las actuaciones desplegadas por sus efectivos durante las horas previas a la DANA, entre las que destacan los "boletines de avisos emitidos y enviados a Protección Civil" del País Valencià y la "participación de representantes de la Aemet en medios de comunicación" los días 28 y 29 de octubre. "La existencia de avisos previos" queda "reflejada de forma extensa", considera en el auto emitido este martes.
La jueza de Catarroja remarca en este sentido el papel que jugaron los medios durante las inundaciones que se cobraron 228 vidas en el País Valencià. "[En el informe] se olvida de forma manifiesta la importancia de los medios de comunicación en el conocimiento de la situación y evolución de la emergencia", precisa en su escrito. Los desbordamientos han sido retransmitidos "en directo por las televisiones", incluida À Punt. La cadena pública valenciana permitía, de hecho, "comprobar durante todo el día la evolución" de las crecidas, con imágenes en tiempo real del desbordamiento del barranco del Poyo, tal y como recoge la magistrada en un auto del 10 de marzo. "Nada de ello se hace constar como elemento de prueba en la cronología [de la Guardia Civil], pese a que la hora y el lugar constan en las piezas periodísticas", concluye la instructora.
Comentarios de nuestros socias/os
¿Quieres comentar?Para ver los comentarios de nuestros socias y socios, primero tienes que iniciar sesión o registrarte.