Los superiores de Peinado ya le han corregido 13 veces en la causa contra Begoña Gómez por falta de "indicios" y de "motivación"
La Audiencia Provincial anula la decisión del juez de solicitar a la Moncloa, sin motivarlo de forma adecuada, todos los correos recibidos y enviados desde la cuenta oficial de Gómez desde 2018.
Desde que abrió la causa, en abril de 2024, el juez ha recibido el varapalo de los órganos superiores por la imputación de tres personas sin motivo, pero aún así la sección 23 de la Audiencia madrileña sigue avalando buena parte de su instrucción.

Madrid--Actualizado a
La Audiencia Provincial de Madrid ha revocado una de las últimas decisiones del juez Juan Carlos Peinado en la causa que sigue contra la esposa del presidente del Gobierno, Begoña Gómez, por tráfico de influencias, corrupción, apropiación indebida, intrusismo y malversación. Critican los magistrados que el juez pidiera a la Presidencia del Gobierno todos los correos que envió y recibió desde su cuenta oficial de Moncloa desde julio de 2018 hasta la actualidad porque la medida incumple "los principios de proporcionalidad, necesidad e idoneidad".
En concreto, la Audiencia de Madrid considera que la utilización de una providencia, en septiembre pasado, para realizar la petición por parte del juez no fue adecuada. Este tipo de resolución no requiere de motivación, a diferencia del auto, que precisa estar motivado.
Así, los magistrados dejan sin efecto la citada orden de Peinado y también la que instaba a la UCO a analizar posteriormente los correos de Gómez. Pero la decisión deja abierta la puerta para que el instructor insista en su petición en caso de que la motive adecuadamente a través de un auto.
Según un cálculo realizado por este diario, con este varapalo son ya 13 las veces que la Audiencia y el TSJ de Madrid, incluso el Tribunal Supremo, han corregido al juez Peinado en la causa contra Begoña Gómez.
1-5. Correcciones sobre el rescate de Air Europa
Desde que se inició la causa, al admitirse a trámite una denuncia del pseudosindicato ultra Manos Limpias, en abril de 2024, el juez Peinado ha intentado introducir en la investigación el rescate con dinero público en plena pandemia de la aerolínea Air Europa, de la familia Hidalgo, para vincularlo con un hipotético trato de favor inspirado por Begoña Gómez.
El ventajoso préstamo de dinero público (475 millones de euros) para evitar la quiebra de la compañía aérea, como se hizo con otras empresas estratégicas durante la pandemia, ha estado en el disparadero de salida una y otra vez por parte de la acusación popular unificada en la entidad ultraderechista Hazte Oír, y por parte del juez. La Audiencia lo descartó desde el principio, corrigiendo a Peinado dos veces en 2024 (en mayo y en octubre).
Los magistrados indicaron en octubre de 2024 que "la vinculación de la denunciada es, con los datos que se cuenta, una simple conjetura más allá de llamativas coincidencias temporales y personales que, en su momento puedan deparar nuevos datos y que quizá hubieran merecido activar controles administrativos previos garantes de los principios de transparencia y buen gobierno".
En 2025, la sección 23 de la Audiencia Provincial de Madrid, que es la encargada de resolver los recursos contra las decisiones de Peinado en la causa contra Begoña Gómez, reiteró tres veces más (mayo, octubre y noviembre pasados) que el rescate de Air Europa debía quedar fuera de la instrucción, salvo que aparecieran nuevos indicios. Y en eso está ahora el juez, que ha ordenado a la UCO que analice el escrito aportado por un abogado que aún no está personado en la causa para ver si hay algo nuevo sobre el tema de la aerolínea.
6. La desimputación de Güemes y Goyache (mayo 2025)
La Audiencia Provincial de Madrid anuló las imputaciones realizadas por Peinado respecto al rector de la Universidad Complutense, Joaquín Goyache, y al exconsejero del PP de Madrid y actual directivo de Instituto de Empresa (IE), Juan José Güemes. A Goyache le había imputado por su presunta responsabilidad, como rector de la Universidad Complutense, en la creación de la cátedra extraordinaria que codirigó Gómez.
Por su parte, Güemes declaró que el IE no contrató a Begoña Gómez por ser la esposa del presidente del Gobierno para dirigir el proyecto Africa Center. Tras su declaración como testigo, Peinado lo imputó al considerar que había contradicho a otra testigo, algo que realmente no ocurrió, como posteriormente dictaminó la Audiencia de Madrid.
7. Anular el registro de Barrabés (enero 2025)
Uno de los varapalos más sonoros fue el que recibió el juez Peinado de la Audiencia de Madrid el 29 de enero de 2025, cuando anuló los registros que había ordenado al empresario Juan Carlos Barrabés, profesor en la cátedra de Begoña Gómez, así como el clonado de sus dispositivos móviles, al considerar que se vulneró su intimidad de "manera injustificada".
La resolución, que ordenó destruir el material incautado, subrayaba que la medida vulneró derechos fundamentales, ya que la orden carecía de "elementos objetivos indiciarios" que la respaldaran. El auto recalca que el juez basó su decisión únicamente en la "relación amistosa" entre Barrabés y Gómez, sin aportar pruebas concretas que justificaran la intromisión en la esfera privada del empresario. Además, la Audiencia critica que la operación, llevada a cabo por la UCO, se prolongara durante dos días completos y finalizara un sábado a medianoche.
8. Desestimar de un plumazo 16 recursos (abril 2025)
El juez Peinado utilizó una resolución de cinco folios para desestimar, en enero de 2025, 16 recursos de la Fiscalía y las defensas contra diligencias ordenadas por el magistrado entre junio y noviembre de 2024. En un recurso de la Fiscalía contra dicha resolución de Peinado, los magistrados de la Audiencia criticaron duramente su proceder: "No es propio de un Estado de Derecho pretender la asunción acrítica de cualesquiera diligencias que puedan acordarse por el instructor, basadas en el principio de autoridad" y le instaron a dar una "respuesta individual y motivada" para cada uno de los 16 recursos.
9. Anula la testifical de la asesora (junio 2025)
La Audiencia Provincial de Madrid anuló la declaración como testigo que realizó en diciembre de 2024 Cristina Álvarez, la asesora de la esposa del presidente del Gobierno, Begoña Gómez, ante el juez Peinado y validó únicamente lo que manifestó en su declaración como investigada.
La Audiencia estimó parcialmente en junio de 2025 los recursos de Álvarez y la Fiscalía, que se quejaban de que Peinado había privado a la asesora de su derecho a no autoincriminarse y de que el juez había utilizado esa declaración en calidad de testigo como un indicio para declararla como persona investigada en la causa contra Begoña Gómez.
Los magistrados reconocen que Peinado "hubiera debido motivar de forma más detallada su cambio de decisión", en relación al pase de testigo a investigada, pero avalan su decisión al considerar que "existen múltiples datos objetivos que avalan la decisión" de imputar a la asesora en la causa.
10. El Supremo rechaza imputar a Bolaños (julio 2025)
Tras un tenso interrogatorio en el Palacio de la Moncloa, el juez Peinado pidió al Tribunal Supremo imputar al ministro de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, en la causa contra Begoña Gómez por el nombramiento de la asesora de esta, Cristina Álvarez. Pero el Alto Tribunal le contestó que "no existen indicios probatorios, más allá de meras hipótesis, sin el suficiente sustrato fáctico", alegaron los cinco magistrados de la Sala de lo Penal.
La resolución contenía varios reproches al juez: "Resulta indispensable que el juez instructor [Peinado] que pretende declinar su propia competencia, exponga las razones que determinarían la incoación por el Tribunal Supremo del procedimiento especial contemplado en la Ley de Enjuiciamiento Criminal". En lo relativo al delito de "falso testimonio", los magistrados del Alto Tribunal se mostraron muy contundentes. "El delito de falso testimonio es un delito que requiere que la falsedad de lo declarado sea un dato objetivo, que se constata, contrastando aquello que se declare con la falsedad, y ese dato objetivo, por el momento, no ha sido determinado", le recordaron desde el Supremo.
11. Multas de los abogados (junio 2025)
La Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Madrid anuló las multas que Peinado impuso al abogado de Begoña Gómez, al de Vox y al de Hazte Oír porque el juez entendía que todos ellos habían violado el secretos sumarial al realizar manifestaciones a la prensa, a la salida de los juzgados de Plaza de Castilla.
Peinado impuso una multa de 5.000 euros al letrado defensor de Begoña Gómez y a los otros dos, sendas multas de 500 euros. La Sala de Gobierno del TSJ de Madrid las anuló al entender que el juez "se basa exclusivamente en esa admisión genérica de haber atendido a la prensa, pero no se vincula a ninguna declaración específica ni a un contenido objetivamente lesivo del secreto sumarial".
12. Desimputa al delegado del Gobierno (diciembre 2025)
El pasado 18 de diciembre, Peinado archivó la causa para el delegado del Gobierno en Madrid, Francisco Martín Aguirre, tras instarle la Audiencia de Madrid a hacerlo al considerar que su imputación se basó en "meras suposiciones", en el marco de la contratación de la asesora de Begoña Gómez cuando Martín Aguirre era secretario general de Presidencia.
13. No investigar siete años de correos (diciembre 2025)
Una de las medidas 'estrella' del juez Peinado, reunir todos los correos electrónicos recibidos en la cuenta oficial de Begoña Gómez en la Presidencia del Gobierno y enviados desde dicha cuenta desde julio de 2018 hasta la actualidad, ha sido revocada por la Audiencia de Madrid: "La citada resolución, por utilizar la forma de providencia, no hace mención a ninguno de los requisitos exigidos, lo que viene a dar la razón a los recurrentes, que resulta una medida carente de la justificación necesaria, incumpliendo los principios de proporcionalidad, necesidad e idoneidad. Ello implica una valoración sobre la gravedad del delito, sobre los indicios y sobre la intervención de los investigados, y sobre la necesidad de la medida", consta en la resolución.


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