El Supremo revisa la investigación del juez Hurtado contra el fiscal general
El Ministerio Público estudiará los recursos interpuestos por la Fiscalía y la Abogacía del Estado.

El Tribunal Supremo revisará este martes los recursos interpuestos por la Fiscalía y la Abogacía del Estado contra la decisión del magistrado Ángel Hurtado, quien autorizó la entrada y registro en el despacho del fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz. La operación se llevó a cabo en el marco de la investigación por la presunta revelación de secretos denunciada por Alberto González Amador, pareja de la presidenta madrileña, Isabel Díaz Ayuso.
Fuentes jurídicas han confirmado a Europa Press que tres magistrados de la Sala de Apelaciones −Julián Sánchez, Andrés Palomo y Eduardo de Porres− han programado para el 11 de febrero la deliberación y fallo sobre los recursos presentados. En estos requerimientos se alega una vulneración de derechos fundamentales, lo que podría implicar la nulidad tanto del registro realizado en el despacho del fiscal general del Estado como del efectuado el mismo 30 de octubre en el despacho de la jefa de la Fiscalía Provincial de Madrid, Pilar Rodríguez.
Si la Sala estima las pretensiones de la Fiscalía y la Abogacía, la causa quedaría en una situación comprometida, ya que la mayoría de los indicios considerados por el juez Hurtado se basan en el material incautado en esos dos registros y en el análisis realizado por la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil sobre dicho material.
Incautación de dispositivos
El debate se llevará a cabo tres meses y medio después de que la UCO registrara el despacho de García Ortiz, y pocos días después de que él y los otros dos investigados −Pilar Rodríguez, jefa de la Fiscalía Provincial de Madrid, y Diego Villafañe, teniente fiscal de la Secretaría Técnica de la Fiscalía General− declararan como investigados ante el instructor del caso.
El registro del despacho del fiscal general duró más de diez horas, desde las 12.30 hasta las 23.00, y concluyó con la incautación del contenido completo de sus dos teléfonos −el personal y el oficial− además de un portátil, un ordenador de sobremesa, una tableta y numerosos dispositivos USB.
La Guardia Civil entregó al magistrado un informe en el que señalaba que no había encontrado mensajes en los dispositivos de García Ortiz. Posteriormente, el fiscal general explicó que, siguiendo un protocolo de seguridad y protección de datos, suele cambiar de teléfono móvil y borrar conversaciones y mensajes. En un intento por recuperar los chats y correos, el instructor ha solicitado la colaboración de Google y WhatsApp.
Sin embargo, los agentes presentaron otro informe en el que analizaban lo incautado en el despacho de la fiscal provincial de Madrid. En este caso, sí lograron acceder a mensajes de WhatsApp, incluyendo algunos intercambiados entre Rodríguez y García Ortiz, los cuales no aparecieron en el teléfono de este último.
La Fiscalía tacha de ilegales los registros
La Fiscalía sostiene que ambos registros son nulos y que todo lo encontrado en ellos no debe ser considerado en la investigación. Según su criterio, los autos de entrada y registro "no contienen razonamiento alguno que justifique la idoneidad, necesidad y proporcionalidad de las medidas adoptadas".
En el recurso, al que tuvo acceso a Europa Press, la fiscal encargada de este procedimiento, la teniente fiscal del Supremo, María Ángeles Sánchez Conde, señala que la actuación superaba ampliamente lo solicitado por el abogado de González Amador. Este había pedido que la Agencia para la Administración Digital de la Comunidad de Madrid entregara copia de los correos electrónicos recibidos y enviados desde dos direcciones, y que Google proporcionara una copia de los correos electrónicos del fiscal general.
Para la teniente fiscal, "las acordadas en los autos recurridos se tomaron sin que fueron solicitadas por los querellantes y sin una explicación al respecto". Además, subraya que dichas resoluciones "no pueden considerarse como decisiones motivadas, ni mucho menos cumplen con el deber de motivación reforzada que se exige en casos como el presente".
María Ángeles Sánchez Conde defiende que la solicitud del envío de documentación "no constituye una acción irregular ni delictiva"
Sánchez Conde insiste en que los autos de entrada y registro "no hacen referencia a ningún indicio" y defiende que ni el hecho de solicitar el envío de documentación, ni la necesidad de esta para la elaboración de una nota informativa, ni su redacción, ni su publicación "constituyen acciones irregulares ni delictivas".
La fiscal critica que el instructor no aporte ningún dato adicional, más horas allá de señalar que el presunto delito de revelación de secretos que se les atribuye a los investigados habría tenido lugar entre las 22.00 horas del 13 de marzo y las 23.51 horas de ese mismo día.
En este contexto, la fiscal subraya que ese dato queda desvirtuado, ya que al menos un medio de comunicación publicó a las 22.10 horas que había un ofrecimiento de reconocimiento de hechos por parte de la defensa de González Amador al fiscal del caso, Julián Salto.
Asimismo, la Fiscalía argumenta que la documentación incautada en el registro al fiscal general afecta a asuntos de "enorme trascendencia", cuya divulgación podría poner en peligro un sinfín de operaciones o investigaciones penales en curso, así como la agenda institucional de la Fiscalía General del Estado.
Oposición a la actuación del magistrado
Además de pronunciarse por escrito en su recurso, Sánchez Conde manifestó verbalmente su oposición a la actuación del magistrado. La teniente fiscal decidió no interrogar al fiscal general en el cuestionario celebrado el pasado 29 de enero, al considerar que hacerlo sería otorgar validez a la investigación.
No obstante, el teniente fiscal tomó la palabra para exponer al instructor hasta nueve razones por las que considera que las pesquisas deben ser nulas. Se centró en la "insólita" entrada y registro en el despacho de García Ortiz, calificándola de inconstitucional "por tener una extensión desmesurada" y una "nula proporcionalidad" que, según ella, "no puede ser corregida ex post".
En este sentido, Sánchez Conde señaló que no se podía interrogar a los investigados "hasta que se despejen las dudas existentes sobre la constitucionalidad de la prueba" en la que se basa la investigación. El fiscal general accedió a responder a las preguntas de su abogado, mientras que la fiscal provincial de Madrid y el teniente fiscal de la Secretaría Técnica decidieron contestar tanto a sus defensas como al magistrado.
En este interrogatorio, el magistrado explicó que la causa se divide hasta ahora en tres bloques. Los dos primeros están relacionados con filtraciones: la de la denuncia de la Fiscalía contra el novio de Díaz Ayuso y su expediente tributario, y la de un correo electrónico que el abogado de éste envió el 2 de febrero a Salto, ofreciéndole un pacto a cambio de reconocer dos delitos fiscales.
El tercer bloque está relacionado con la nota de prensa que difundió la Fiscalía la mañana del 14 de marzo, en la que se desmentía la noticia publicada por El Mundo, que afirmaba que había sido la Fiscalía quien había ofrecido dicho pacto. Esta nota contiene detalles de ese y otros correos electrónicos.

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