El Tribunal Constitucional tumba parte de la ley LGTBI de Ayuso
La sentencia considera que el artículo de la ley de la Comunidad de Madrid que limitaba la personación en procesos judiciales de asociaciones LGTBI invadía las competencias exclusivas del Estado

El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha estimado el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el presidente del Gobierno contra el apartado d) del artículo 65 de la ley LGTBI de la Comunidad de Madrid que limitaba la personación en procesos judiciales de asociaciones, entidades y organizaciones representativas de este colectivo.
La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Ramón Sáez Valcárcel, concluye que la regla impugnada es inconstitucional y nula por invadir las competencias exclusivas del Estado.
El TC constata que en lo tocante a los "procesos penales", el precepto contiene una regla procesal que invade la competencia reservada al Estado en esta materia por el artículo 149.1.6ª de la Constitución.
La ministra de Igualdad, Ana Redondo, ha celebrado que el Tribunal Constitucional haya puesto "punto y final al intento de recorte" de derechos LGTBI por parte del Gobierno de Isabel Díaz Ayuso.
"Lo valoramos muy positivamente porque el Tribunal Constitucional ha puesto punto y final al intento de recorte de los derechos de las personas LGTBI que pretendía la señora Ayuso y el PP", ha asegurado la ministra Redondo en un vídeo difundido por su departamento, para añadir que se trata de "un avance".
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