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Agencia Española del Medicamento El Tribunal de Cuentas ve deficiencias en cobros de la Agencia Española del Medicamento

El órgano ha aprobado el informe de fiscalización sobre ingresos percibidos y gestionados por la AEMPS sobre la actividad económica desarrollada durante el ejercicio 2018.

Edificio del Tribunal de Cuentas. EFE/Archivo
Edificio del Tribunal de Cuentas. EFE/Archivo.

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El Pleno del Tribunal de Cuentas ha aprobado el informe de fiscalización de los principales ingresos percibidos y gestionados por la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, sobre la actividad económica desarrollada durante el ejercicio 2018.

Este informe ha tenido como ámbitos objetivo, subjetivo y temporal los ingresos de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios obtenidos por la gestión, en 2018, de la denominada tasa por prestación de servicios y realización de actividades de la Administración General del Estado en materia de medicamentos, productos sanitarios, productos cosméticos y productos de cuidado personal; y por los servicios prestados a la Agencia Europea de Medicamentos, que constituyen los principales ingresos de la Agencia española.

En el documento se describen algunas deficiencias de gestión, entre las que destaca la relativa al procedimiento de recaudación de la tasa de los epígrafes de cobro periódico, en el que la falta de un sistema de alerta al sujeto pasivo sobre la obligación de efectuar el pago y de seguimiento de las autoliquidaciones no presentadas, propicia que se produzcan impagos no advertidos por la Agencia, que no eran reclamados.

Así, menciona algunos incumplimientos de la normativa entre los que cabe destacar que: un 10% de las solicitudes sujetas a la tasa se presentaron superando el plazo establecido, así como la falta de utilización de la vía ejecutiva para la recaudación de los impagos producidos, hecho que ha empezado a corregirse recientemente.

Por todo ello, el Tribunal de Cuentas recomienda a la Agencia Española de Medicamentos, al Ministerio de Sanidad y a la Administración General del Estado modificar la normativa específica de la tasa para introducir más detalles en la información contable y más rigor sobre la imputación de los costes adicionales.

También aconseja la informatización de los procedimientos pendientes, procurando la gestión integral de la tasa de forma que exista interrelación automática entre las aplicaciones informáticas de las distintas unidades administrativas afectadas y cauces de comunicación y de traslado de la información; y el establecimiento de un procedimiento que permita solventar las deficiencias de la gestión de los epígrafes de cobro periódico.

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