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El CGPJ cuestiona la definición del "solo sí es sí" en la ley de Libertad Sexual

Según adelanta la Cadena Ser este lunes, los ponentes del Gobierno de los Jueces ponen reservas a la definición sobre el consentimiento y podrían proponer cambios o incluso suprimirlo. Fuentes de Igualdad afirman a Público que nueve países europeos ya contemplan una definición como la propuesta y que ésta es una exigencia del Consejo de Europa.

La ministra de Igualdad, Irene Montero, durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros celebrada en el palacio de La Moncloa.- EFE/JUAN CARLOS HIDALGO
La ministra de Igualdad, Irene Montero, durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros celebrada en el palacio de La Moncloa.- EFE/JUAN CARLOS HIDALGO.

Marisa kohan

Los ponentes del Consejo General del Poder Judicial, uno de los órganos consultivos que tiene que valorar la ley de libertad sexual y emitir un informe, ponen reservas a uno de los elementos clave que contiene el proyecto de ley. Concretamente ven con recelo el párrafo que define el consentimiento en las relaciones sexuales. Así lo afirma este lunes la Cadena Ser, que cita fuentes del Gobierno de los jueces. Sin embargo, el documento, que no es vinculante, no estará listo hasta el mes de enero. 

Según la emisora, tres de los vocales (Roser Bach, Pilar Sepúlveda y Juan Manuel Fernández), sostienen que la reforma define el consentimiento de forma rígida, que contiene conceptos jurídicos indeterminados y puede crear inseguridad jurídica para la víctima en algunos casos. Por ello propondrán su modificación o incluso su eliminación del texto. Para estos vocales, bastaría con establecer, como ya hace el propio texto, que se considerará agresión sexual cualquier acto que atente contra la libertad sexual de otra apersona sin su consentimiento

A su juicio, no hay un problema de seguridad jurídica ni de regulación y el mejor ejemplo está en la sentencia de la manada que dictó el Tribunal Supremo. Sin embargo, cabe recordar que fueron precisamente las dos primeras sentencias sobre este caso las que provocaron las grandes movilizaciones sociales que pidieron el cambio de la ley. También el hecho de que la sentencia de Tribunal Supremo en este caso vino a dar un tirón de orejas y a corregir las decisiones de otras dos tribunales inferiores que no habían considerado que los hechos fueran una agresión sexual por no estimar que se realizaron con el uso de la fuerza ni con intimidación.

De todas formas, afirman los ponentes del Poder Judicial, han pedido un informe sobre derecho comparado para estudiar la regulación legal que han hecho sobre el consentimiento otros países europeos como Suecia o Alemania donde la cuestión también ha generado mucho debate.

Los ponentes tampoco ven con buenos ojos que la reforma contemple que el juez, razonándolo y atendiendo a la menor entidad del hecho, pueda rebajar la pena de prisión de entre uno y cuatro años en un grado o sustituirla por multa. Los vocales entienden que este es un problema derivado de haber suprimido la figura del abuso sexual y para solventarlo quieren proponer un subtipo atenuado de la agresión sexual con penas inferiores a tres años o sustituibles por multa.

Petición del Consejo de Europa y del movimiento feminista

Fuente del Ministerio de Igualdad afirman a Público que "el consentimiento, el solo sí es sí, es una demanda del movimiento feminista y es el centro de la Ley de Libertad Sexual, que la mujer haga una manifestación libre por actos 'exteriores, concluyentes e inequívocos' de su voluntad".

Recuerdan que el consentimiento está contemplado ya en la legislación de varios países de nuestro entorno y su inclusión en en el código penal es una recomendación del Convenio de Estambul del Consejo de Europa, ratificado por España en el 2014. "Es por ello que el Gobierno de España da una importancia central a esta definición elaborada, al igual que el texto íntegro de la ley, conjuntamente por los ministerios de Justicia e Igualdad".

Las mismas fuentes afirman que "la distinción entre abuso y agresión es otra demanda del movimiento feminista ante el uso que se ha realizado de esta distinción en numerosas sentencias que dictaban abuso y no agresión sexual".

No es una definición nueva, afirman desde el ministerio que dirige Irene Montero. Con esta norma nuestro país sería el décimo país de Europa en definir la violación como sexo sin consentimiento. "Este paso en la legislación ha sido valorado positivamente por entidades de la sociedad civil como Amnistía Internacional y por otras instituciones como el Grupo de Expertos en la Lucha contra la Violencia contra la Mujer y la Violencia Doméstica (GREVIO) del Consejo de Europa", afirman desde Igualdad.

En un mensaje en sus redes sociales, la delegada del Gobierno contra la violencia de género, Victoria Rosell, ha pedido no perder la perspectiva y recordado que el CGPJ "se opuso al matrimonio igualitario (en su informe, lo consideraba inconstitucional y pidió excluir expresamente la adopción) y a la despenalización del aborto". 

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