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El Constitucional avala la reforma del Sistema Nacional de Salud

La sentencia del TC desestima en su práctica totalidad el recurso formulado por el parlamento de Navarra que pretendía mejorar la calidad de la sanidad española.

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MADRID.- El Pleno del Tribunal Constitucional ha desestimado en su práctica totalidad el recurso de inconstitucionalidad formulado por el Parlamento de Navarra contra varios preceptos del Real Decreto-ley 16,2012, de 20 de abril, de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar la calidad y seguridad de sus prestaciones. La sentencia considera que la exclusión de los extranjeros sin permiso de residencia en España de la asistencia sanitaria pública gratuita no vulnera el art. 43 de la Constitución, pues el legislador puede modular las condiciones de la prestación de dicha atención médica.

Los demandantes plantean dos tipos de impugnaciones. Por un lado, denuncian la vulneración del art. 43, ya que, en su opinión, la nueva regulación del Sistema Nacional de Salud (SNS) incumple el mandato de “universalización de la asistencia sanitaria” al excluir de la misma a los españoles que no tienen la condición de asegurado o beneficiario así como a los extranjeros sin autorización de residencia.

A este respecto, la sentencia señala que, según la Ley General de Salud, el derecho a la protección de la salud y a la atención sanitaria es universal, lo que implica que no puede excluirse a ninguna persona del derecho a ser atendido. Pero ese derecho, explica, “se configura y concreta de acuerdo con lo que dispone la ley, que debe regular las distintas condiciones y términos en los que se accede a las prestaciones y servicios sanitarios”, lo que no significa que dichas prestaciones “hayan de ser necesariamente gratuitas para todos sus potenciales destinatarios”. La ley determinará en cada caso cómo ha de ser la asistencia sanitaria pública.

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