Guía de las nuevas Zonas de Bajas Emisiones: multas, ciudades afectadas y vehículos restringidos
El nuevo decreto obliga a los ayuntamientos a sancionar a los conductores que incumplan las limitaciones de circulación.

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Las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) cambiarán sus condiciones de funcionamiento tras la última decisión del Gobierno. El Consejo de Ministros aprobó este martes 3 de noviembre una modificación del Real Decreto 1052/2022, de 27 de diciembre, que regula estas áreas para obligar a los ayuntamientos a aplicar un régimen sancionador efectivo, sin periodos transitorios que retrasen la imposición de multas. La medida afecta a los 151 municipios españoles que están por encima de los 50.000 habitantes obligados a contar con estas zonas y busca garantizar que las restricciones de circulación se cumplan y contribuyan realmente a reducir la contaminación.
¿Qué cambia con este nuevo decreto?
La nueva normativa pretende acabar con las ZBE que se anuncian pero no llegan a aplicar sanciones a los vehículos que incumplen las restricciones. Para ello, los 151 ayuntamientos obligados a contar con estas áreas tendrán que aplicar medidas efectivas y comenzar a multar a los conductores que accedan a ellas sin cumplir las condiciones establecidas, sin recurrir a periodos transitorios que retrasen indefinidamente su entrada en vigor.
Esto supone poner fin a las moratorias sin fecha límite. Aunque el decreto no establece un calendario único para todos los municipios y cada consistorio deberá concretar cuándo comienza a sancionar, los ayuntamientos ya no podrán prolongar los periodos de aviso de manera indefinida. La obligación entrará en vigor con la publicación del Real Decreto en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Además, los municipios afectados deberán acreditar que sus ZBE aplican restricciones reales de acceso, circulación y estacionamiento en función del potencial contaminante de los vehículos. Para ello, tendrán que contar con ordenanzas que recojan y apliquen el régimen sancionador previsto en la normativa estatal de tráfico, así como con sistemas de control de accesos, monitorización y seguimiento.
Con estos cambios, el Ministerio para la Transición Ecológica busca garantizar que estas áreas cumplan su función de reducir la contaminación, las emisiones y el ruido, y evitar que se queden en simples delimitaciones territoriales sin consecuencias para los vehículos que incumplen las normas.
¿Qué ha llevado al Gobierno a implantar esta nueva normativa?
La decisión del Gobierno responde a las diferencias entre los municipios a la hora de poner en marcha las ZBE y a los problemas que han surgido en su aplicación. En algunas ciudades, estas áreas se han implantado sin que lleven aparejadas sanciones para los conductores que incumplen las restricciones. Es el caso de Vigo, donde el alcalde, Abel Caballero, anunció en 2025 que habría una ZBE, pero sin multas. En Madrid, por su parte, los coches sin etiqueta empadronados en la capital todavía pueden circular por la ciudad, mientras que en Valladolid el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León anuló la normativa municipal menos de un año después de su entrada en vigor.
Los ayuntamientos que han optado por flexibilizar estas medidas argumentan que las restricciones pueden resultar discriminatorias al obligar, en la práctica, a los ciudadanos a cambiar de vehículo para poder circular. Sin embargo, el Ejecutivo considera que, si no se aplican sanciones a quienes incumplen las normas, las ZBE pierden buena parte de su eficacia y no pueden cumplir su objetivo de mejorar la calidad del aire. La nueva normativa busca, por tanto, evitar que estas zonas se queden en una mera delimitación sobre el papel y garantizar que todos los municipios obligados a implantarlas apliquen medidas efectivas.
¿Cuánto es la multa por entrar en una zona ZBE no autorizado?
La cuantía de la multa por acceder a una ZBE sin autorización depende de la ordenanza municipal de cada ayuntamiento, ya que el nuevo decreto no establece una cantidad única para todos los municipios. No obstante, en la mayoría de las localidades que ya aplican sanciones, la infracción se castiga con 200 euros.
En muchos casos, los conductores pueden beneficiarse de una reducción del 50% por pronto pago, por lo que la sanción se quedaría en 100 euros si se abona durante los 20 días siguientes a la notificación. Además, al tratarse de una infracción administrativa municipal, la multa no conlleva la pérdida de puntos del carné de conducir.
¿Qué etiquetas medioambientales permiten acceder a las ZBE?
Las restricciones de circulación en ZBE dependen de las normas que establezca cada ayuntamiento en su ordenanza municipal. Cada consistorio decide qué calles o áreas quedan dentro de estas zonas y qué vehículos pueden acceder, circular o aparcar en ellas. Para determinarlo, el criterio más habitual es el distintivo ambiental de la DGT, que clasifica los vehículos según su nivel de emisiones contaminantes.
En primer lugar, están los vehículos sin etiqueta ambiental (categoría A), que son los más antiguos y contaminantes. En esta clasificación se encuentran los turismos de gasolina matriculados antes de 2001 y los diésel anteriores a 2006, que suelen ser los que tienen mayores restricciones y, en muchas ZBE, no pueden acceder. Por su parte, los vehículos con etiqueta B (amarilla), entre los que se incluyen los turismos de gasolina matriculados desde 2001 y los diésel desde 2006, todavía pueden circular por muchas de estas zonas, aunque algunos municipios ya limitan su entrada.
Los vehículos con etiqueta C (verde), que corresponden a turismos de gasolina matriculados desde 2006 y diésel desde 2014, entre otros, suelen tener menos restricciones, aunque pueden encontrar limitaciones en determinadas zonas céntricas. Un escalón por encima se sitúan los distintivos ECO (azul y verde), que incluyen determinados híbridos, híbridos enchufables con una autonomía eléctrica inferior a 40 kilómetros y vehículos propulsados por gas.
Por último, la etiqueta Cero emisiones (azul) identifica principalmente a los eléctricos, los de pila de combustible y los híbridos enchufables con una autonomía eléctrica de al menos 40 kilómetros. Estos últimos son los que disfrutan de mayores facilidades para acceder y circular por las ZBE.
En cualquier caso, tener una etiqueta ambiental no garantiza poder circular por todas las ZBE. Cada ayuntamiento establece sus propias condiciones y puede imponer restricciones diferentes en función de la categoría del vehículo.


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