Este artículo se publicó hace 2 años.
Inspección de Trabajo considera que Ryanair ha vulnerado el derecho a huelga de sus tripulantes de cabina
Los sindicatos USO y Sitcpla esperan que se declaren nulos los casi 40 despidos que la compañía ha llevado a cabo por secundarla.
Inspección de Trabajo ha señalado a la compañía aérea Ryanair por vulnerar el derecho de huelga de sus tripulantes de cabina (TCP) en España durante las movilizaciones convocadas por los sindicatos USO y Sitcpla desde principios de verano. Estos esperan que se declaren nulos los casi 40 despidos que la compañía ha llevado a cabo por secundar la huelga.
El organismo ha confirmado también la falta de información por parte de la aerolínea sobre los vuelos programados como servicios mínimos en las primeras jornadas de huelga, así como el abuso en la designación de guardias a un número de trabajadores mayor que el habitual.
A ello se le suma el refuerzo en las tripulaciones con personas traídas de otros estados miembros de la Unión Europea y de terceros países para operar vuelos no protegidos por los servicios mínimos.
También consideran que la interpretación realizada por Ryanair de la resolución del Ministerio de Transportes sobre servicios mínimos ha anulado, en distintos aeropuertos, la posibilidad de los trabajadores de secundar la huelga, al estar todos asignados a servicios mínimos.
Extensión de infracciones
Por tanto, Inspección de Trabajo ha extendido varias actas de infracción grave y una muy grave contra Ryanair por vulnerar los derechos fundamentales en los aeropuertos de Madrid, Barcelona, Málaga, Alacant, Girona y Balears, proponiendo la imposición de sanciones en su grado máximo.
Unas sanciones graves que oscilan entre los 3.751 y los 7.500 euros, y de los 120.000 a los 225.018 euros en el caso de las muy graves. Todavía quedan por concluir las inspecciones realizadas a las bases de València, Sevilla y A Coruña.
Un ejemplo de infracción muy grave, según el informe, es la interpuesta sobre la compañía en el aeropuerto de Josep Tarradellas Barcelona-El Prat. El motivo por el que los inspectores, tras dos visitas, han estimado esta sanción ha sido porque la empresa ha sustituido a tripulantes de cabina adscritos -ejerciendo su derecho a huelga- por otros no vinculados a la empresa.
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