Un juez impide a Alquiler Seguro cobrar la "asistencia al inquilino" por "engañosa y coercitiva"
Se trata de una condición que los clientes nunca solicitaron y sin la cual la inmobiliaria no les permitía firmar el contrato de arrendamiento.

Un juzgado de Madrid ha rechazado que Alquiler Seguro pueda cobrar cerca de 2.000 euros por un servicio de "asistencia al inquilino" que los clientes nunca solicitaron, sin el cual no les permitía firmar el contrato, al entender que constituye una condición "engañosa y coercitiva".
En una sentencia fechada el pasado 31 de octubre a la que ha tenido acceso EFE, el juzgado de primera instancia nº 49 de Madrid estima la demanda presentada por dos particulares contra Alquiler Seguro, a la que condena a abonarles cerca de 2.000 euros más intereses.
Los demandantes suscribieron un contrato de alquiler con el propietario de una vivienda con la intervención profesional de Alquiler Seguro.
La empresa exigió 1.600 euros de fianza, más 1.066 de señal y depósito y otros 1.996 en concepto de asistencia al inquilino, cantidad esta última que fue reclamada por los clientes, que denunciaron que les fue impuesto este pago bajo amenaza de tener que desistir del alquiler.
Los inquilinos denunciaron que esta cantidad, idéntica a una mensualidad, les fue impuesta antes de haber firmado el contrato, por unos servicios que ellos nunca pidieron; fue después de escoger la vivienda que querían alquilar cuando Alquiler Seguro les reclamó el pago de esta asistencia.
El juzgado califica de "opaca y falta de transparencia" la exigencia de Alquiler Seguro, además de abusiva, ya que obliga al inquilino a pagar por servicios que no ha solicitado y "que sólo benefician a la empresa".
Las posibles incidencias que puedan surgir durante la vigencia del contrato son responsabilidad del propietario y deben resolverse entre este y los inquilinos, añade el juez, que ve que exigir un pago por esta asistencia es "coercitivo y engañoso".
Un servicio poco menos que "inexistente"
Tal y como recoge la investigación Atrapados por contrato, publicada en este medio, los inquilinos se han quejado en el sitio web Trustpilot de que el "servicio" en cuestión es poco menos que "inexistente". "Brilla por su ausencia: si tienes algún problema, reza por que puedas contactar con la propiedad y sea medianamente competente, porque ellos no van a solucionar nada", señala una reseña. "¿Entonces en qué consiste el servicio cuyo valor corresponde a una mensualidad del alquiler?", se pregunta otra.
El Ministerio de Consumo investiga si, como denuncian Facua y el Sindicato de Inquilinas, Alquiler Seguro obliga a los arrendatarios a firmar ese contrato de asistencia que, en realidad, es una forma de camuflar lo que antes les cobraban como honorarios y ahora prohíbe la ley.
De hecho, la pasada semana salió a la luz la propuesta de Consumo de sancionar con 3,6 millones de euros a Alquiler Seguro por vulnerar los derechos de los consumidores aprovechando su posición dominante en el mercado.
Según denuncian reseñas publicadas en línea, los comerciales advierten a los posibles clientes de que, si no firman el contrato, el propietario "podría dar marcha atrás en su decisión de alquilarle el piso". "Nos dijeron que, si no lo pagamos, el arrendador tiene entonces que hablar directamente con el inquilino para todo, y la mayoría se niega".
Alquiler Seguro, por su parte, asegura que ese contrato de asistencia al inquilino es "totalmente voluntario". "Cumplimos escrupulosamente con la ley desde hace más de 18 años", señaló la empresa a este periódico. "Los gastos de gestión y formalización del contrato recaen exclusivamente en el arrendador, como viene recogido en el contrato de prestación de servicios. Los propietarios e inquilinos con los que trabaja la empresa tan sólo pagan por los servicios que desean contratar", han defendido.

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