Público
Público

Ley de vivienda FACUA reclama que la ley de vivienda obligue al vendedor o arrendador a pagar la comisión de las inmobiliarias

Dicha medida se encuentra recogida en el acuerdo de gobierno entre PSOE y Unidas Podemos, que en su punto 29.9 detalla en materia de vivienda que "los honorarios correspondientes a las gestiones realizadas por la empresa inmobiliaria [...] serán satisfechos por el vendedor o arrendador, respectivamente".

Nulidad de Actuaciones - Surfeando entre la tercera ola y el derecho a la vivienda: Aportaciones  jurídicas sobre las medidas anti-desahucios
La fachada de un edificio de viviendas. — Archivo

Consumidores en Acción reclama, en relación a la nueva ley de vivienda que prepara el Gobierno, que incluya que la comisión que se paga a las inmobiliarias por su intermediación en las operaciones de compra-venta o alquiler de inmuebles sea asumida obligatoriamente por el vendedor o arrendador, esto es, por aquella parte que obtiene un beneficio económico de la operación. En la actualidad, aunque no existe norma alguna al respecto, es el inquilino o comprador quien suele asumir su coste.

La nueva regulación debe ir un paso más allá del Real Decreto-Ley 7/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler, que ya establece que los gastos de gestión inmobiliaria y formalización del contrato corran por cuenta del vendedor o arrendador en el caso de que se trate de una persona jurídica (empresa), con independencia de quién contrate los servicios. En este sentido, la asociación considera que la nueva norma debe incluir que esto ocurra en todos los casos, sea el vendedor o arrendador persona física o jurídica.

Dicha medida ya fue planteada por Unidas Podemos en las negociaciones de Gobierno en el marco de la ley de vivienda siguiendo las pautas marcadas por el acuerdo de gobierno de coalición, que en su punto 29.9 detalla en materia de vivienda que "los honorarios correspondientes a las gestiones realizadas por la empresa inmobiliaria, bien en operaciones de compraventa como en alquiler de inmuebles serán satisfechos por el vendedor o arrendador, respectivamente".

Una práctica desregularizada

La asociación reivindica que esta actividad de intermediación inmobiliaria requiere de una regulación y un mayor desarrollo posterior a la ley de vivienda de tal manera que tenga un reglamento propio. FACUA recuerda que la intermediación es una actividad absolutamente desregulada en España. No hay ninguna pauta a nivel estatal que rija el desempeño de esta actividad, ni en relación a quién puede ejercerla ni cómo. Tan sólo existe alguna normativa autonómica al respecto y en cualquier caso resulta insuficiente, obsoleta y necesita de ser actualizada, valora la asociación.

¿Te ha resultado interesante esta noticia?

Más noticias