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Una sentencia anula la jubilación forzosa de los médicos castellano-manchegos

El tribunal de la región da la razón al Sindicato Médico (CESM) y señala que en el plan de ordenación de los recursos humanos no se concretan las necesidades de personal reales en función de la asistencia sanitari

EFE

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha ha anulado en una sentencia la jubilación forzosa de los médicos de la sanidad pública a los 65 años incluida en el Plan de Ordenación de Recursos Humanos del Servicio de Salud de la región (Sescam).

El tribunal de la región da la razón así al Sindicato Médico (CESM), que recurrió la medida adoptada por el Servicio de Salud de Castilla-La Mancha el 21 de diciembre de 2011 y que ha desestimado los argumentos dados por la Junta. El tribunal señala que en el citado plan la ordenación de los recursos humanos no se concretan las necesidades de personal reales en función de la asistencia sanitaria y de los objetivos que buscan los servicios de salud, más allá de prever una 'fácil sustitución de los jubilados'.

Además, la normativa del Sescam, argumenta la sala, aplica una retroactividad a los profesionales que ya tenían concedida la prórroga de la jubilación en el momento de la publicación de dicho plan, 'anulando un derecho ya concedido por la propia administración', lo que restringe derechos individuales reconocidos.

En el fallo judicial se concreta que contra esta resolución, que lleva fecha del 18 de julio, no cabe recurso ordinario alguno, por lo que es firme, y debe publicarse en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha en el plazo de diez días. 

El Sindicato Médico de Castilla-La Mancha considera esta sentencia un 'gran éxito', ya que consideran que el plan de jubilaciones suponía un 'derroche de capital humano de calidad y experiencia profesional'. Sobre los efectos que tendrá esta sentencia, el secretario general del CESM en Castilla-La Mancha, Rodrigo Bernaldo de Quirós, ha indicado a Efe que se tendrá que analizar 'caso por caso', ya que habrá facultativos que estén de acuerdo con irse a los 65 años y otros no, pues, lo que se anula es el Plan en su conjunto. Bernaldo de Quiros ha cifrado en unos 550 los facultativos afectados por la medida entre 2012 y 2014.

No obstante, las repercusiones de dicha anulación están siendo estudiadas por los servicios jurídicos del CESM y esperan una pronta ejecución de la sentencia que contemple la restitución de todos los derechos vulnerados, tanto 'laborales como retributivos'. Por ello están dispuestos a reunirse con el Sescam para aplicar la sentencia y hacer de ella una 'correcta interpretación'.

Por su parte, el Sescam va a presentar un 'recurso extraordinario' contra esta sentencia por entender que la medida anulada está amparada legalmente, en concreto en la ley 6/2012, que permite la no renovación o ampliación del servicio de los médicos que han cumplido 65 años durante los dos años siguientes a la entrada en vigor de la norma.

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