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El TS ve indicios de prevaricación en las escuchas de la 'Gürtel'

El auto sostiene que Garzón «desactivó» el derecho de defensa de los presos

ÁNGELES VÁZQUEZ

El procedimiento contra el juez Baltasar Garzón que parecía más atrasado dio ayer un decisivo paso hacia la celebración del juicio, adelantando incluso al abierto mucho antes por los cobros en Nueva York. El instructor del caso de las escuchas de la Gürtel, Alberto Jorge Barreiro, dio ayer por concluida la instrucción en un auto en el que aprecia indicios de que el juez de la Audiencia Nacional cometió los delitos de prevaricación y contra las garantías de la intimidad por haber ordenado la intervención de las comunicaciones de los imputados en la trama corrupta que están presos.

La resolución, que da 10 días a las partes para que soliciten la apertura de juicio oral o nuevas diligencias, sostiene como principal argumento que el primer instructor del caso Gürtel prevaricó al ordenar la intervención de las conversaciones que los tres imputados presos mantuvieron con sus letrados porque ello supuso 'el vaciamiento del ejercicio del derecho de defensa', a pesar de que Garzón, posteriormente, ordenó a la policía la retirada de la causa de los diálogos ajenos a la investigación.

Las conversaciones cuestionadas son posteriores a la inhibición al TSJM

El instructor hace especial hincapié en que el propio juez admitió, cuando declaró ante él, que 'carecía del más leve indicio incriminatorio contra el letrado querellante y contra los nuevos letrados de Francisco Correa y Pablo Crespo'. Y obvia que las conversaciones intervenidas eran en realidad las de los imputados en la Gürtel (y eso incluía las que tuvieran con sus abogados) y contra ellos sí había indicios de cohecho, tráfico de influencias o blanqueo.

Por eso, al centrarse en la intervención de las conversaciones de los letrados, para Jorge las resoluciones en las que Garzón ordenó la medida son 'ostensiblemente injustas', 'una amputación del derecho fundamental a la defensa' y hasta supusieron retrotraer la causa 'a un estatus procesal anterior al Estado de derecho'.

El instructor basa la acusación en que no había indicios contra los abogados

Y eso que el auto empieza dando la razón a Garzón. Admite que la norma que regula las intervenciones de las comunicaciones en prisión 'puede catalogarse de farragosa, contradictoria y zigzagueante', y cita la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos que amparó esta medida en 'supuestos extraordinarios en que concurran indicios sólidos de que se está instrumentalizando el derecho de defensa para perpetrar conductas delictivas'.

Sin embargo, no cree que se pueda entender esa excepcionalidad a Garzón, al que poco menos que deja como única vía de defensa el error al aplicar el Reglamento Penitenciario y la Ley de Enjuciamiento Criminal. Y eso tras precisar que la interpretación errónea de la ley no es suficiente para apreciar prevaricación, porque ello 'cercenaría el ejercicio de la función jurisdiccional hasta límites inadmisibles, al condicionar la labor interpretativa de los jueces'.

El instructor ve el delito en ese cercenar el derecho de defensa, pero tendrá que ser en el juicio donde se aclare la intención de Garzón al ordenar la medida, porque todas las conversaciones fueron posteriores al 5 de marzo de 2009, día en el que el juez se inhibió a favor del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, por lo que no pudo utilizarlas. El actual instructor, Antonio Pedreira, mantuvo y avaló las escuchas, que luego la Sala anuló.

La referencia del auto a las fiscales del caso es positiva, pese a que estuvieron a punto de estar también imputadas a instancias del mismo querellante, y que la resolución será esgrimida por las defensas con la intención de dinamitar la investigación del principal caso de corrupción en años.

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