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El Tribunal Supremo condena a pagar 6.000 a un abogado que llamó Geppeto a otro letrado

Las expresiones injuriosas no están amparadas en el derecho de defensa. El abogado aludió en un recurso a la película de 'El Padrino' para atacar a su contrario, del que llegó a cuestionar su estabilidad emocional y hasta un acto de conciliación "de pitiminí"

Fachada del Tribunal Supremo, en una imagen de archivo. EFE

PÚBLICO/ E.P.

MADRID.- El Tribunal Supremo ha condenado a un abogado por vulnerar el derecho al honor de un colega, al que deberá indemnizar con 6.000 euros después de que en un litigio le insultara en sus escritos de forma reiterada. El abogado dijo, entre otras cosas, que su colega era como 'Geppeto', el carpintero que fabricó a Pinocho, y "desagradecido como pocos".

En una sentencia hecha pública este jueves, el alto tribunal advierte que las expresiones proferidas por el condenado, con ocasión de su actuación como abogado en un asunto contencioso-administrativo, supusieron una vulneración del derecho al honor de su compañero de profesión, que representaba al alcalde de la localidad de Illora (Granada).

Así, en uno de los escritos aseguraba que el letrado de la parte contraria era el "cerebro gris" detrás del alcalde. Aludía también a la carátula de la película 'El Padrino' en la que se aprecia "una silueta enmarcada en un fondo negro, en la que penden los hilos del manejo".

Conciliación 'de Pitiminí'

El condenado también se burló de la actuación profesional de su colega y calificó una conciliación que éste elaboró como "ramplona y cargada de pleonasmos". "Se manifiesta un arte procesal manifiestamente mejorable, es básicamente una conciliación de pitiminí", indicaba al tiempo que aludía a su "penosa inestabilidad emocional".

La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Antonio Salas Carceller, asegura que las expresiones proferidas "nada tienen que ver con el recto ejercicio del legítimo derecho de defensa" y agrega que resultan "inadecuadas, innecesarias y sin justificación funcional alguna". Además de la indemnización fijada, el condenado fue sancionado por el Colegio de Abogados por vulneración de normas deontológicas.

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