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El Tribunal Supremo condena al titular de una cuenta de Facebook por los comentarios publicados por terceros 

El tribunal dice que el usuario puede administrar los insultos que hay en su perfil y que está obligado a actuar con diligencia eliminándolos. Si no actúa y se desentiende, se convierte en responsable de los daños y perjuicios causados, dice el tribunal.

Logo de Facebook
El logo de Facebook en una imagen reciente. Onur Dogman / Europa Press

En una sentencia ciertamente llamativa, el Tribunal Supremo ha condenado por vulneración al honor al titular de una cuenta de Facebook por los comentarios ofensivos publicados por terceros en su perfil público. El Supremo le considera responsable de no eliminar dichos mensajes ya que disponía de las herramientas y del control necesario para hacerlo.

El condenado deberá eliminar de su perfil de Facebook dichos comentarios lesivos, publicar esta sentencia y pagar una indemnización de 3.000 euros.

El Pleno de la Sala Civil del Tribunal examina un litigio sobre la ponderación entre el derecho al honor y la libertad de expresión en el que previamente la Audiencia Provincial de A Coruña había apreciado la vulneración del derecho al honor de los demandantes por algunas expresiones del titular de la cuenta y también por los comentarios de terceros, con ataques e insultos hacia ellos.

La Sala considera que el comentario del demandado que la Audiencia había considerado ofensivo no tiene, objetivamente considerado, la gravedad e intensidad ofensiva suficiente para llegar a constituir una intromisión ilegítima en el derecho al honor que, en cambio, sí que se confirma sobre los comentarios de los terceros.

Porque el Supremo entiende que las facultades de administración y control que tiene el titular sobre su perfil son de gran amplitud: bloquear el perfil de alguien para que no pueda ver ni comentar sus publicaciones, reaccionar a los comentarios que se publiquen en su perfil, darles contestación, ocultarlos, denunciarlos, marcarlos como spam, bloquear el perfil o la página que los ha publicado e incluso eliminarlos.

Por lo tanto, el Supremo entiende que el condenado, a pesar de no haber realizado él mismo los comentarios, no puede desentenderse sin más de lo que se publica en su perfil por otros usuarios porque, estiman los magistrados, la responsabilidad del titular de la cuenta por no eliminar los comentarios de su perfil público, una vez conocidos, no puede ser excusada por falta de legitimación, peligro de censura o dificultades de ponderación, puesto que existe un deber de diligencia reactiva y cuidado que le obliga a su borrado inmediato.

Y si no actúa y se desentiende, incumple ese deber, convirtiéndose en responsable de los daños y perjuicios causados.

Además, el Supremo llama la atención sobre la pasividad del demandado en estos comentarios dañinos y el hecho de que sí haya eliminado los comentarios de un tercero que había pedido sensatez y moderación en el lenguaje.

Problemas entre vecinos

Esta historia, como todas, tiene un principio. Los demandantes, vecinos del demandado, decidieron recurrir a los tribunales después de que vieran cómo se les insultaba en Facebook. Los ataques en la red de Mark Zuckerberg comenzaron a raíz de problemas vecinales a la hora de acometer determinadas obras en terrenos del demandado que lindan con la casa de los demandantes.
Entre los comentarios que recoge la sentencia del Supremo y que fueron vertidos por terceros, se explica que les calificaron de homófobos, sinvergüenzas, incultos, ignorantes, garrapatas, basura, borregos o incivilizados.

Pero las reacciones de terceras personas no quedaron en simples insultos, y algunos llegaron a recomendar al propietario de la cuenta que contratara "un matón" porque "con gente así tanto formalismo no vale para nada". "Unas ostias (sic) bien dadas y después a saber quién ha sido", reza uno de los mensajes, al que se suma otro que dice que ante vecinos "tan asquerosos (...) optaría por liquidarlos para acabar antes con el problema.

"Eso es vivir condenado, yo les pego un tiro al padre, a la madre y al hijo y así me condenan pero por algo", añadían.

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