Este artículo se publicó hace 15 años.
Licencia para matar aves protegidas
Seis comunidades autónomas aprueban normativas que permiten cazar especies no autorizadas por la directiva europea
En octubre se abre la temporada de caza menor en España hasta febrero. Los días y las especies varían en las comunidades autónomas, que son las administraciones competentes para promulgar cada año la legislación que autoriza la caza de determinadas especies.
En la temporada 2009-2010, algunas comunidades autónomas han incluido en sus órdenes, resoluciones y decretos, publicados en sus respectivos boletines oficiales, especies de aves que no están autorizadas para la caza según la legislación comunitaria, de mayor rango legal que las autonómicas.
En total son seis comunidades autónomas las que han aprobado decretos incompatibles con la legislación vigente, según explicó a Público el coordinador del área de conservación de la Sociedad Española de Ornitología (SEO/Bird Life), Juan Carlos Atienza.
Baleares, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Aragón, Navarra y las tres diputaciones forales del País Vasco (Guipúzcoa, Vizcaya y Álava) han autorizado la caza de aves no permitidas por la legislación comunitaria o que incumplen la normativa nacional.
Las normas infringen la Ley de Patrimonio Natural y Biodiversidad
SEO va a presentar ante la Fiscalía Especial de Medio Ambiente una denuncia "para conocer los aspectos técnicos y jurídicos" que han llevado a las comunidades autónomas a incluir estas especies en las órdenes de veda.
La Directiva Comunitaria de Aves recoge las especies que sí pueden cazarse, por lo que si un país miembro quisiera incluir nuevas especies, tendría que aprobarse la revisión por los 27, apunta Atienza. Por su parte, la Ley española de Patrimonio Natural y de la Biodiversidad establece que "la caza y la pesca en aguas continentales sólo podrá realizarse sobre las especies que determinen las comunidades autónomas", que son las competentes en su territorio, pero añade que esta "declaración en ningún caso podrá afectar a las especies incluidas en el Listado de Especies en Régimen de Protección Especial o a las prohibidas por la Unión Europea". Un aspecto que no se ha tenido en cuenta en las últimas órdenes autonómicas.
Concretamente, siete especies de aves son las afectadas en esta temporada: tórtola turca (Streptopelia decaocto), estornino negro (Sturnus unicolor), mirlo común (Turdus merula), gaviota argéntea (Larus argentatus), colín de California (Callipepla californica), colín de Virginia (Colinus virginianus) y codorniz japonesa (Coturnix Coturnix Japonica).
Cada CCAA, una autorizaciónAsí, Baleares ha autorizado la caza de la tórtola turca; Castilla-La Mancha, la de la gaviota argéntea, el colín de California y el de Virginia; Castilla y León, las dos especies de colines; Aragón, la codorniz japonesa; Navarra, la tórtola turca, y las tres diputaciones forales vascas, la tórtola turca, el estornino negro y el mirlo común.
En el caso del País Vasco, SEO presentó una denuncia ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, que ha decidido estimar procedente el recurso, concediendo la suspensión cautelar de la caza del mirlo común, la tórtola turca y el estornino negro.
Incluso si se trata de especies exóticas invasoras, no se permite su caza
Atienza explica que estas comunidades autónomas han incumplido la legislación por dos motivos. Unas incluyen aves cuya caza no está autorizada por la directiva europea y otras incluyen especies exóticas que se sueltan en España expresamente con fines cinegéticos, lo que infringe la Ley de Patrimonio Natural y Biodiversidad.
En concreto, el artículo 62.3e de esta ley señala que "en relación con la actividad cinegética y acuícola, queda prohibida la introducción de especies alóctonas. En el caso de introducciones accidentales o ilegales, no se podrá autorizar en ningún caso su aprovechamiento cinegético o piscícola, promoviendo las medidas apropiadas de control de especies para su erradicación".
Atienza señala que las especies exóticas que se sueltan suponen una amenaza para las especies autóctonas porque son competencia en hábitat y alimento. Las especies incluidas que vulnerarían la Ley de Patrimonio Natural y Biodiversidad son el colín de California, el colín de Virginia y la codorniz japonesa, tres especies introducidas en España para la caza.
La responsable de especies amenazadas de SEO/Bird Life, Ana Íñigo, explica que, en la UE, a raíz de la gripe aviar, se prohibió la introducción de especies silvestres para la cadena comercial y la caza está incluida, por lo que las dos especies de colines y la codorniz japonesa no se atrapan en la naturaleza para introducirlas en España, sino que se crían en cautividad y se sueltan para cazarlas.
La tórtola turca es un ave que ha colonizado Europa
El incumplimiento de la directiva de Aves corresponde a la tórtola turca, el estornino negro, el mirlo común y la gaviota argéntea. La tórtola turca es un ave que ha colonizado Europa, desde su origen en Turquía, después de que se aprobara la directiva de Aves, "por lo que no está contemplada como especie cinegética", apunta Atienza.
Y añade que las comunidades autónomas sí autorizan la caza de la tórtola europea, que ya se encuentra muy amenazada, y algunos colectivos de cazadores han pedido que se permita la caza de la tórtola turca, y no de la europea, ante el declive de esta.
Asimismo, la gaviota argéntea, el estornino negro y el mirlo común no están en la directiva como especies cinegéticas. Atienza comenta extrañado que en el caso del estornino negro y el mirlo común "son dos pájaros comunes en nuestro campo y sin ningún interés cinegético".
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