Este artículo se publicó hace 16 años.
TVE podrá estrenar 'Fago' esta noche
El juez estima el derecho de creación y expresión de los creadores de la serie basada en el asesinato del alcalde de la localidad oscenese
El juez de Jaca que instruye el sumario del crimen del alcalde Fago (Huesca) Miguel Grima, asesinado en enero de 2007, se ha basado en el derecho a la libertad de expresión y de creación para no suspender la emisión, a partir de esta noche, por TVE de una miniserie basada en los hechos.
En un auto hecho publico hoy, el juez rechaza el recurso de la familia del asesinado, que pedía la suspensión de su emisión, al que se adhirieron la fiscalía y el letrado de la acción popular en nombre del PP, tras visionar los dos primeros capítulos de la serie.
El instructor, cuyo auto es recurrible ante la Audiencia de Huesca, asegura que el visionado de la serie no le permite formarse una "convicción favorable" a los argumentos de los recurrentes en base a una supuesta vulneración del secreto de sumario y a los perjuicios causados a la investigación.
Sin límites a la libertad de expresión
El juez admite que la serie revela "hechos, datos, informaciones y pruebas" que forman parte del sumario, pero subraya al tiempo que estos contenidos han sido divulgados de forma reiterada en los medios de comunicación, advirtiendo, además, que la regulación del secreto de sumario no puede ser límite a la libertad de expresión.
"Los abogados han concedido entrevistas dando su visión parcial en el ejercicio legítimo de defensa de sus representados"Tras señalar que sólo podría verse afectado el derecho a la libertad de creación si los datos sumariales se hubieran obtenido de "forma indebida", el juez advierte de que, además de la publicación periódica de pruebas, los propios letrados "han concedido entrevistas dando su visión parcial en el ejercicio legítimo de defensa de sus representados".
"Con estos antecedentes -afirma- es imposible atribuir a la serie controvertida una responsabilidad individualizada en la vulneración del secreto de las actuaciones".
"No se puede restringir la libertad de expresión y de creación de TVE y de Mundo Ficción -continúa- por contar unos hechos que ya han salido a la luz, máxime cuando aún teniendo una base real, la serie es de ficción y no es exigible respecto de ella la veracidad predicable de la información".
Destaca, además, que dado el tiempo transcurrido desde el crimen y lo avanzado de la instrucción, "difícilmente" puede incidir la serie de forma negativa en la investigación de los hechos.
Juicios morales
El auto descarta, asimismo, realizar un "juicio moral" sobre la "oportunidad" de la serie, ni sobre si sus creadores se decantan sobre uno u otro personaje "alterando o distorsionando" sus verdaderas personalidades, pero rechaza hacer "hipótesis" sobre una posible influencia negativa en los miembros de un jurado.
Admite el juez que la serie da una visión dramatizada del crimen ocurrido en Fago así como de los "agrios y profundos enfrentmientos personales entre vecinos", sin ocultar datos de la investigción "con bastantes posos de realidad".
Rechaza, sin embargo, la posibilidad de atribuir a la serie televisiva "toda la carga de contaminación" que podría afectar a los componentes del jurado elegidos para juzgar al único imputado en el crimen, el guarda forestal y ganadero Santiago Mainar, preso en la cárcel de Zuera (Zaragoza).
"Se pretende -afirma- el sacrificio de una libertad fundamental (expresión) en base a un mero juicio de probabilidad, partiendo de la base de que los futuros jurados van a ver la serie, de la hipótesis de que no sepan distinguir entre ficción y realidad, y de que no tengan la capacidad de abstraerse de todo conocimiento previo para juzgar únicamente en conciencia las pruebas".
Afirma que "en el fondo" subyace "desconfianza" de los recurrentes hacia un tribunal popular, pero advierte al tiempo de que los magistrados profesionales también deben tener la capacidad de abstraerse de todo elemento ajeno al proceso.
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