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Carpetazo definitivo a la Operación Galgo

La jueza, atendiendo a la decisión de la Audiencia Provincial de anular todas las pruebas contra los implicados, decide archivar el caso

EFE / PÚBLICO.ES

Dieciocho meses después de que estallara la operación más importante contra el dopaje en el atletismo español, que finalmente se conocería como la Operación Galgo, la justicia ha decidido darle carpetazo sin exigir ninguna responsabilidad, ni penal ni deportiva, a sus implicados.

Este miércoles se ha conocido el contenido de un auto, fechado el pasado 24 de mayo, de la titular del juzgado de Instrucción número 24 de Madrid, Mercedes Pérez Barrios, por el que decreta 'el sobreseimiento libre y el archivo de las diligencias' de la Operación Galgo, al no existir indicios racionales de haberse perpetrado un presunto delito de dopaje deportivo.

El escrito judicial contempla la posibilidad de recurso de reforma y/o apelación ante el mismo juzgado en el plazo de tres/cinco días y señala que una vez firme la resolución se procederá 'al expurgo de la causa y destrucción de cuantas diligencias han sido declaradas nulas'.

El documento decreta, por tanto, el archivo de las diligencias en relación a los imputados Eufemiano Fuentes -cerebro de la Operación Puerto- y su hermana Yolanda Fuentes, Manuel Pascua -el mejor entrenador de España y permisivo con las practicas dopantes-, María José Martínez, Pablo Muñoz, Miguel Barcelo, María Castilla, José Javier Solanas, Joaquín Novoa y Eugenio Barrios.

Marta Dominguez, que también fue detenida aquel 9 de diciembre de 2010, no es mencionada en este auto ya que quedó absuelta tanto de los delitos de dopaje y de suministro de fármacos sin receta como de delitos fiscales.

Con esta sentencia se pone punto y final a una operación que pretendía desenmascar a toda una red tramposa, que volvía a estar liderada por el doctor Fuentes y que implicaba, esta vez, a la cúpula atlética del país.

Todo comenzó con una estrecha colaboración entre la Guardia Civil y la jueza Pérez Barrios, con las 14 detenciones llevadas a cabo en diciembre de 2012, las posteriores declaraciones e imputaciones. Sin embargo, el 20 de abril de 2011 el caso da un giro radical y el foco judicial cambia de protagonistas. La jueza decide comenzar a exculpar a los que habían sido protagonistas hasta entonces, como Marta Domínguez, Alberto García o el matrimonio Pascua.

Y centra su posterior investigación en dudar de la actuación de la Guardia Civil, por lo que comienza a decretar nulas todas las pruebas hasta entonces permitidas al Instituto Armado, como fueron las escuchas telefónicas a los implicados, los registros en domicilios y oficinas, incluso se declara la nulidad de análisis. 

Finalmente, el precedente más reciente y causa directa del archivo decretado por la jueza es la decisión adoptada el pasado marzo por la Audiencia Provincial de Madrid, que declaró nulas las escuchas telefónicas practicadas en la citada operación, así como las entradas y registros practicados en la misma y las declaraciones que varios de los imputados prestaron mientras la causa estaba secreta.

La Audiencia Provincial también estimó entonces los recursos planteados por la atleta Marta Domínguez, Eufemiano Fuentes, Yolanda Fuentes, César Pérez Segovia, Manuel Pascua Piqueras, María José Martínez, José Alonso Valero y José Luis Pascua Piqueras.

Según la Audiencia, la solicitud de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil para proceder a las escuchas telefónicas 'no contenía ningún indicio objetivo o sospecha fundada de la comisión por los investigados de un delito de dopaje deportivo'.

'El rumor, el chismorreo o la habladuría no pueden considerarse como indicios de delito', señaló la sala respecto de la petición de la UCO, aceptada por la juez, de intervenir las comunicaciones de Domínguez, Pérez, Alonso Valero y Manuel Pascua.

La Audiencia, que también dejó sin efecto los autos que autorizaron la prórroga de las escuchas entre julio y octubre de 2010, anuló igualmente las entradas y registros en los domicilios de algunos de los imputados, como la propia Marta Domínguez, y las vigilancias policiales que procedían de observaciones telefónicas declaradas nulas.

Es el caso de la intervención por la Guardia Civil de dos fármacos 'suministrados y administrados indiciariamente por Marta Domínguez sin prescripción ni receta médica a Eduardo Polo, su 'liebre' (...), por ser todo ello consecuencia de una conversación telefónica mantenida por Marta Domínguez teniendo su teléfono intervenido'.

La Audiencia también anuló las declaraciones en las que varios de los imputados admitieron hechos delictivos, que fueron prestadas antes de que se alzara el secreto del sumario el 16 de diciembre de 2010. Hasta esa fecha, según el auto, habían declarado ante la Guardia Civil, entre otros, Manuel Pascua, Marta Domínguez y Eufemiano Fuentes.

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