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Los clubes logran rebajar las sanciones de los cierres
parciales de los estadios

La propuesta ya ha sido aprobada por la Comisión delegada de la RFEF y ahora sólo falta la ratificación definitiva de la Comisión Directiva del CSD.

Una grada del Pizjuán fue la primera en cerrarse por cánticos violentos. - EFE

El pasado 18 de junio Público contó la intención manifiesta de los clubes del fútbol profesional de reformar y retocar la normativa sobre los cierres parciales de los estadios en vigor desde el 9 de enero del presente año. Normativa que se adoptó rápidamente a raíz de los sucesos en los alrededores del estadio Vicente Calderón que propiciaron la muerte del hincha del Deportivo de la Coruña, Francisco José Romero Taboada “Jimmy”. La Real Federación Española de Fútbol (RFEF), a indicaciones de la propia Liga y el Consejo Superior de Deportes (CSD), tuvo que redactar un nuevo texto normativo, aprobándolo en diciembre del 2014, previo paso a la ratificación definitiva del CSD.

Ya en aquel artículo se reflejaba el descontento de muchos clubes respecto a la magnitud de las sanciones, especialmente en lo relativo al cierre parcial de los estadios. Sus quejas radicaban en la graduación de la sanción, especialmente en lo recogido en los artículos 68, 73 y 74 donde claramente quedaba expuesto que, cuando estos actos sean considerados como graves, se podía imponer “la clausura, total o parcial, del recinto deportivo de cuatro partidos a una temporada”.

Esas quejas dieron paso semanas después a un escrito de la propia Liga de Fútbol Profesional (LFP) a la Federación Española instando a la revisión de dicha normativa. En el citado escrito, la patronal, además de solicitar oficialmente dicha reducción, termina su exposición alegando que, con este nuevo cambio, se consigue “una solución más proporcional, justa y coherente con las posibles responsabilidades disciplinarias en las que hubiera podido incurrir el Club o SAD en cuestión”.

Esta solicitud oficial de la Liga ha dado paso a la reciente modificación y aprobación del nuevo texto que se pretende incluir en el Código Disciplinario. Ha sido en la última reunión de la Comisión Delegada de la RFEF. Modificación que la Federación ha realizado a propuesta de la LFP pero que no comparte, dado que, ya en su momento, avisaron de lo que suponía aprobar el texto que ha estado vigente estos seis meses.

Ahora sólo queda el último trámite legal que pasa por la ratificación de la Comisión Directiva del Consejo Superior Deportes. Algo evidente, más cuando fue el propio Consejo, junto a la LFP, quienes pidieron urgentemente el cambio a principios de año. Un cambio que trasluce las urgencias que tuvieron en su momento para su aprobación y que, en ningún momento, valoraron las consecuencias para los clubes. Una vez estos han empezado a sufrir las consecuencias, han sido los primeros en alzar la voz en contra de estas duras medidas.

Siete son los artículos que sufren algún tipo de modificación

Además no se trata de una modificación baladí dado que siete son los artículos que han visto retocados sus textos respecto a los que tenían actualmente y desde la aprobación por parte de la RFEF en diciembre del 2014. El primero de ellos es el artículo 68 relativo a las conductas contrarias al buen orden deportivo. Aquí, donde hasta ahora podía leerse la “clausura, total o parcial, del recinto deportivo de cuatro a una temporada”, pasa a ser “un partido a una temporada”. Pero lo más llamativo viene en el texto inmediatamente después. Aquí se añade literalmente que “adicionalmente a lo anterior (referido al cierre parcial), la sanción de cierre parcial tendrá que ser concreta y clara en relación al sector de la grada que deba ser objeto de la misma, siendo de aplicación para ese sector todo aquello previsto en el presente Código”. Dicho de otro modo, a partir de ahora debe exponerse claramente y de forma muy detallada el sector de la grada donde se hayan producido incidentes, sean del tipo que sean.

El siguiente artículo que se ha visto modificada es el punto 4 del artículo 73 relativo a la “represión de comportamientos violentos, racistas, xenófobos o intolerantes”. Lo que hasta ahora era “clausura, total o parcial, del recinto deportivo por un período que abarque desde cuatro partidos hasta una temporada” ahora desaparece el término parcial y queda como la clausura “total” pero partiendo desde “un partido a toda la temporada”. Es en el siguiente párrafo cuando aclara que “cuando el hecho causante se produzca en un solo sector o grada podrá imponerse, valorando las circunstancias y la gravedad, la sanción de clausura parcial del recinto deportivo por el mismo período de tiempo expresado en el párrafo anterior”. Pero eso sí, siguiendo la línea del 68, estos hechos deben estar claramente detallados.

El tercer artículo afectado es el siguiente del Código, el número 74, bajo el título correcto "desarrollo de los espectáculos deportivos”. La propuesta es casi idéntica al artículo anterior fijando el cierre total de un partido que podría ser parcial cuando el hecho causante se produzca en un solo sector de la grada.

Dentro de este orden numérico de los artículos, el siguiente que ha visto retocado parte de su texto es el número 86. Es el que hace referencia a los deberes propios en la organización de partidos. También aquí lo que hasta ahora partía como cierre “parcial o total de sus instalaciones de uno a tres partidos” se convierte sólo en total pudiendo ser parcial “cuando el hecho se produzca en un sector de la grada”. Pero siempre, y en la misma línea de los anteriores, dicha sanción deberá ser “concreta y clara”.

Casi idéntica a la reforma del 86 es la llevada a cabo en el artículo 89 referente a los “actos notorios y públicos que atenten a la dignidad y decoro deportivo”. La única diferencia es que, lo que hasta ahora era una “sanción de tres partidos a dos meses”, pasa a reducirse a “un partido hasta dos meses”. En el resto de cambios son idénticos a los referidos en el 86.

Curioso es sin duda la frase que incluye el artículo 101 relativo a la alteración del orden del encuentro de carácter grave. Hasta la redacción venía a decir respecto a los hechos considerados como graves que “cuando se trate de la primera vez en la temporada el club será sancionado con una multa económica de hasta 6000 euros apercibiéndole con la clausura parcial o total de sus instalaciones deportivas por un partido, en caso de reincidencia”. Frase que ahora finaliza con este apostilla: “por resolución administrativa firme”.

El último artículo reformado es el 107 en su punto 4 y relativo a la “represión pasiva de conductas violentas, xenófobas e intolerantes”. También aquí lo que hasta ahora era clausura total o parcial pasa de inicio a ser total, reduciendo el castigo vigente hasta ahora de “tres partidos a dos meses” y quedándose en la horquilla de “un partido a dos meses”. Además podrá ser cierre parcial siempre que esté claramente definido.
Una vez analizados todos los cambios parece claro que los clubes salen muy bien parados con esta reforma. Tanto en el número de partidos de sanción como en las condiciones para que se pueda ejecutar el cierre, ya sea parcial o total.

Los hermanos Teixeira Vitienes, en la lista de delegados observadores

Otras de las decisiones adoptadas en su momento junto a estos cierres parciales fue la creación de un cuerpo de observadores informadores que se encargarían de hacer constar cualquier incidente violento, racista, xenófobo o similar que se produzca dentro de un estadio. Primero se pensó en crear un cuerpo de élite de ex colegiados de Primera o Segunda división. Finalmente serán los delegados observadores arbitrales, tal y como lo han venido haciendo estos últimos meses, quienes se encargarán de esta función además de la valoración de la actuación arbitral del colegiado.

Precisamente el Comité Técnicos de Arbitros acaba de configurar la nueva lista de 50 delegados informadores para esta temporada 2015-2016 en Primera y Segunda división. Entre las novedades destaca la incorporación de los hermanos Teixeira Vitienes, Fernando y José Antonio, que acaban de abandonar el arbitraje en activo al descender de Primera división y haber superado la edad para estar en Segunda. Está previsto que todos ellos reciban unos cursos especializados e indicaciones en los primeros días de septiembre acerca de sus funciones habituales además de esta nueva faceta como “comisarios del fútbol”, dejando constancia en un documento de incidente de tipo racista, xenófobo o similar que se produzca dentro de un terreno de juego.

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