Barcelona aprueba la 'tasa Amazon' para gravar a las grandes empresas de reparto de comercio electrónico
La medida entrará en vigor la semana que viene y afectará a las empresas que facturen más de un millón de euros al año.
Madrid-Actualizado a
El pleno del Ayuntamiento de Barcelona, con el apoyo de ERC, BComú, PSC, Junts y Cs, ha aprobado definitivamente la conocida como tasa Amazon para gravar a las grandes empresas de comercio electrónico por el uso del espacio público mientras realizan el reparto a domicilio de las mercancías. Entrará en vigor cuando se publique en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona la próxima semana y afectará a las empresas que facturen más de un millón de euros al año.
La concejal de Hacienda, Montserrat Ballarín, ha asegurado en declaraciones a los periodistas que se trata de una medida importante porque "el espacio público es un bien escaso que necesita ser gravado". Además, ha expresado que Barcelona es una ciudad pionera porque es la primera tasa en España que grava el reparto del negocio electrónico.
El nuevo gravamen, recordado Ballarín, contribuirá con hasta 2,6 millones al Presupuesto municipal, que es la cifra máxima fijada para el valor económico que tiene el uso especial del dominio público para el conjunto de operadores postales.
Asimismo, la titular de Hacienda ha reivindicado que detrás de esta medida se encuentra la apuesta por el "comercio de proximidad y medioambiental". A pesar de que no hay indicidos de la reducción del tráfico, Ballarín cree que se trata de una suma de factores que van a "aumentar la sensibilidad".
La cuantía de la tasa se fijará en función de los los ingresos brutos facturados por la empresa, una vez descontadas las operaciones excluidas de tributación. El gravamen también se aplicará en el caso de que alguna empresa sujeto del instrumento fiscal subcontrate la actividad a otras empresas o personas autónomas, pero la tendrá que abonar el operador postal.
La tasa se gestionará en régimen de autoliquidación por el contribuyente, que tendrá que presentarla telemáticamente entre el 1 y el 30 de julio del ejercicio posterior gravado, por lo que el ejercicio 2023 se autoliquidará en julio de 2024.
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