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Cómo pedir la ayuda que da el Gobierno para preparar las oposiciones

Los criterios para valorar las solicitudes incluyen una renta familiar baja, una situación acreditada de violencia de género o de víctima de terrorismo.

Sede del Ministerio de Justicia
Vista de las puertas de la fachada del Ministerio de Justicia, en Madrid (España). Carlos Luján / EP

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado las bases reguladoras para la convocatoria de ayudas económicas dirigidas a todos aquellos que se preparen las oposiciones con miras a entrar en las Carreras Judicial y Fiscal del Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia y del de Abogados del Estado.

La preparación para estos exámenes, que se encuentran entre los más difíciles de España, supone un elevado coste para el opositor. Con el objetivo de derribar las posibles barreras socioeconómicas, el Gobierno pretende sufragar dichos gastos a través de las ayudas.

El 5% de las becas se reservarán para personas con un grado de discapacidad del 33% en adelante. Las ayudas serán concedidas en función de la renta de los solicitantes. Una vez seleccionados, las cuantías "podrán ser objeto de pago anticipado, entregándose los fondos con carácter previo a la realización de la actividad subvencionada", recoge el BOE.

Los beneficiarios de las ayudas tendrán que presentar cada tres meses una "cuenta justificativa simplificada", es decir, un documento que refleje los gastos producidos durante el estudio de las oposiciones.

Con las ayudas, el Ministerio de Justicia persigue los principios de mérito, igualdad y capacidad como banderas para el acceso de los ciudadanos a las oposiciones. Los criterios para valorar las solicitudes basculan desde una menor renta familiar a una situación acreditada de violencia de género o de víctima de terrorismo.

Requisitos para obtener la ayuda

Según la publicación en el BOE, los solicitantes necesitarán cumplir una serie de requisitos para poder recibir la ayuda económica. Entre las condiciones, destaca no ser beneficiario de ninguna otra ayuda o subvención para el mismo objetivo. El solicitante tampoco puede incurrir en las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

Deben, además, estar preparándose las oposiciones bajo la dirección de un centro especializado o, en su defecto, de uno o más preparadores. Según el BOE, un centro especializado es "aquel que se dedique públicamente a la preparación de las oposiciones a las que se dirigen estas becas".

Por su parte, con los preparadores el texto se refiere a aquellos que dirijan "el proceso de preparación" y que no sean "familiares directos en primer grado, por consanguinidad ni afinidad de la persona solicitante", pero sí deben ser "miembros de la Carrera Judicial o Fiscal". También entran dentro de la categoría de preparadores aquellos juristas "cuya trayectoria profesional les haga solventes para llevar a cabo esta actividad".

Por último, deben cumplir los requisitos reflejados en la última convocatoria de acceso a las Carreras Judicial y Fiscal, al Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia o al Cuerpo de Abogados del Estado, respectivamente.

¿Cómo puedo solicitarla?

La petición de ayudas se puede realizar a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia. Asimismo y en caso de ser beneficiario, la justificación trimestral de cumplimiento de la beca también se hará a través del sitio web. La ayuda podrá ser renovada hasta en tres ocasiones.

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