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Pensiones El cálculo de las pensiones agita el debate sobre la jubilación, cuya edad oficial se atrasa a los 66 años

La propuesta de ampliar a 35 años el periodo de cómputo para calcular las pensiones y la negativa del Gobierno a renovar la cláusula de salvaguarda frente al último cambio de reglas tensan el debate sobre la principal factura del Estado del bienestar.

Otras miradas - Pensiones, o de cómo colárnosla por la puerta de atrás.
Los jubilados llevan ya tres años manifestándose de manera continua para pedir el blindaje de sus prestaciones. — EFE

El debate sobre el futuro de las pensiones de jubilación vuelve a la fase de turbulencias con el cambio del primer al segundo año pandémico, el mismo en el que, un siglo después de su instauración, la edad oficial de jubilación dejará de situarse en los 65 años para saltar a los 66 salvo que se tengan cotizados más de 37 y medio.

Esa medida, cuya entrada en vigor coincide con una polémica sobre qué periodo de la vida laboral debe tenerse en cuenta para calcular la pensión y con otra sobre la protección de quienes se ven perjudicados por los últimos cambios de normativa, es otro de los hitos de la reforma que comenzó a aplicarse en 2013 con un calendario que situará en los 67 años la edad de jubilación a partir de 2027 salvo que se tengan cotizados 38 y medio, llega un siglo después de que el 11 de marzo de 1919 el Gobierno de Álvaro Figueroa estableciera por decreto el Régimen de Intensificación de Retiros Obreros, con pensiones de 365 pesetas (2,19 euros) anuales.

El 2020 se cierra como el primer año de este siglo en el que la factura de las pensiones lleva camino de verse reducida, en este caso en alrededor de 7.000 millones de euros, como consecuencia de la pandemia. A diez días para el cierre del año, los datos del Instituto de Salud Carlos III sitúan el exceso de mortandad por esa causa en 67.390 mayores de 65 años sobre los 190.685 previsibles por la media de los últimos diez años.

Los registros de la Seguridad Social apuntan en la misma dirección, ya que entre enero y noviembre registró 490.928 altas de nuevas pensiones contributivas y 478.434 bajas, lo que supone un descenso del 6,4% en relación con el mismo periodo del año anterior en el primer bloque y un aumento del 14,6% en el segundo. Es decir, que comenzaron a cobrar prestaciones (de las cinco clases) 33.560 personas menos que en 2019 y dejaron de recibirlas 60.952 más, con un ‘descuadre’ conjunto de 94.512.

En cualquier caso, las pensiones van a seguir siendo la principal factura del Estado de bienestar en España con un montante de 134.629 millones de euros en 2019 que supera claramente la suma de los casi 80.000 de la sanidad y los más de 46.000 de la educación y en el que la jubilación supone en torno al 70% de las necesidades.

Ese elevado peso de las pensiones de jubilación en las cuentas públicas, la vulnerabilidad económica de la mayoría de sus perceptores y las estrategias electorales de gobernantes y opositores hacia esos potenciales votantes, factores a los que en los últimos doce años se ha sumado la presión de instituciones de tendencia hasta hace unos meses austericida como la UE, el FMI o el Banco Mundial, han situado desde finales del siglo pasado a las pensiones como uno de los ejes del debate público.

La laguna de la cláusula de salvaguarda sin renovar

Hoy ese debate tiene dos flancos abiertos y estrechamente relacionados. Se trata del que gira en torno al periodo de cómputo de las cotizaciones en las que se basa el cálculo de la pensión y del suscitado por la ausencia de la cláusula de salvaguarda para quienes se ven perjudicados por el cambio de normas de 2011, cuando se amplió de 15 a 25 años el periodo de cómputo y se estableció el calendario para retrasar la edad oficial de los 65 a los 67.

Esa reforma, impulsada por el último Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero, incluía una cláusula que permitía a quienes se veían perjudicados por las nuevas reglas acogerse a las antiguas, un compromiso que debía mantenerse "hasta que salga la última de las personas protegidas", explica Carlos Bravo, secretario de Políticas Públicas y Protección Social de CCOO, pero al que el ejecutivo de Mariano Rajoy puso fecha de caducidad en 2019.

Eso hizo necesario renovar la cláusula de salvaguarda para ese año y de nuevo para el siguiente, pero el Gobierno se muestra reticente a una nueva ampliación para el 2021 que, de hecho, no estará en vigor el 21 de enero.

"Han adoptado una posición peculiar. Nos dicen que están dispuestos a darle una solución, pero no antes del cambio de año, y eso deja desprotegido a quien se jubila entre el 1 de enero y la fecha de esa futura solución", señala Bravo, que reclama al Gobierno celeridad: "la gente tiene que tomar una decisión, y eso es muy complicado cuando la cláusula decae el 31 de diciembre".

El volumen de asalariados que se acoge a esta cláusula, beneficiosa para quienes han caído en el paro de larga duración tras un despido en una edad cercana al retiro, se reduce año a año, aunque sigue siendo utilizada por más de la quinta parte de los que se jubilan: 27.000 de los 122.000 que pasaron al retiro entre enero y junio, según los datos de CCOO. "Ese derecho se debe mantener", apunta Bravo.

El 70% ya se jubila con 35 o más años cotizados

El otro debate, el de ampliar de 25 a 35 años el periodo de cómputo de cotizaciones para calcular la prestación de jubilación, lo abrió hace unos días el ministro de Inclusión, José Luis Escrivá, que la planteó ante la Comisión Delegada para Asuntos Económicos.

Eso supondría añadir diez años más a la ampliación de quince a veinticinco aprobada en 2011 y aplicada desde 2013 con el horizonte de ser la única posibilidad en 2025 y ante la que los trabajadores se dividen en tres grupos: los de efecto cero, que son quienes se jubilan en el mismo puesto de trabajo con revisiones salariales vinculadas al IPC; los beneficiados, que son los expulsados del mercado laboral en edades próximas a la jubilación y que pueden mejorar su cómputo, y los perjudicados, que son quienes se ven obligados a aceptar una jubilación anticipada, quienes tienen subidas por encima del IPC y, por otra parte, los autónomos con carrera larga como tales que solo mejoran la cotización los últimos años.

Sin embargo, el impacto de esa medida sería relativo, según los datos del Informe Económico Financiero de los presupuestos de la Seguridad Social para el próximo año, que indican que, en un país en el que, mientras el 38,26% de las jubilaciones registradas en los ocho primeros meses de este año eran anticipadas, el 70% de quienes accedían al retiro lo hacen con más de 35 años cotizados.

El cruce de esos dos datos indica que hay, incluso, un pequeño porcentaje de trabajadores que acceden a la jubilación anticipada a los 62 años con más de 35 cotizados.

El formato que propone Escrivá supondría calcular la pensión a partir de las cotizaciones registradas por los trabajadores entre los 32 y los 67 años, algo que ahora, según el caso, se hace entre los 51 y los 66 o entre los 41 y los 66, lo que, por lo general y salvo despido en el último tramo, incluye los periodos de mayores ingresos de la vida laboral.

"Es necesario medir el impacto sobre las personas", indica Bravo, que llama la atención sobre el hecho de que la propuesta de Escrivá no figura ni en las conclusiones de la subcomisión parlamentaria del Pacto de Toledo ni en la agenda de la Mesa de Diálogo Social. "Primero hay que aplicar la reforma de 2011 y después, evaluarla; entonces sería en todo caso el momento de proponer otras cosas. El planteamiento de Escrivá es precipitado", añade.

Ellos se jubilan a los 64 y ellas a los 65

Uno de los impulsores de aquella reforma, que incluyó la programación del retraso de los 65 a los 67 años, fue Octavio Granado, secretario de Estado de Seguridad Social con Rodríguez Zapatero y de nuevo en la primera legislatura de Pedro Sánchez, y que está considerado como uno de los principales expertos del país en materia de pensiones.

"El efecto práctico del aumento de la edad de jubilación se centra en un 15% de los jubilados", explica, con unos grupos de afectados similares a los de la ampliación del cómputo, algo que "beneficia a los despedidos, que es algo de justicia social, mientras que perjudica a los autónomos, aunque su efecto en los jubilados es mínimo", explica, al tiempo que anota que "España es uno de los países con el periodo de cómputo más corto. Algunos toman toda la vida laboral".

Las previsiones de aquella reforma, efectuada bajo la presión de las instituciones comunitarias, apuntaban a que en 2027 el 40% de los trabajadores se jubilara con más de 65 años, un objetivo del que no anda lejos la realidad, según los datos que recoge el Informe Económico Financiero del Seguro.

La edad media de jubilación se situaba en agosto en 64 años y tres meses para los hombres y a dos semanas de los 65 para las mujeres, lo que supone que desde 2012 se ha retrasado en seis meses para los primeros y en algo más de siete para las segundas. Esos registros, los más elevados de la historia de la Seguridad Social, se quedan ligeramente por debajo de las previsiones de la reforma, que apuntaban a un retraso de un año en la primera década de aplicación.

El ‘dejà vu’ de los debates abiertos sobre las pensiones

El decreto que estableció el retiro obrero en 1919 y situó la edad de jubilación en los 65 años proyecta ecos de ‘dejà vu’ sobre los actuales debates abiertos en torno a las pensiones, entre los que destacan por su recurrencia los de la 'mochila austriaca', los fondos de pensiones y su fiscalidad, las fuentes de financiación del sistema, los mínimos que debe alcanzar la prestación o, también, los requisitos para acceder a ella. Varios de ellos han sido reabiertos a lo largo del 2020.

Esa primera regulación de las pensiones de jubilación, que afectaba a "la población asalariada comprendida entre las edades de dieciséis y sesenta y cinco años, cuyo haber anual por todos conceptos no exceda de 4.000 pesetas" (24,04 euros), preveía tres vías de ingresos: una del Estado, otra complementaria de "los patronos" y una más de "los asegurados". Estos últimos debían aportar una "cuota obligatoria" para "acrecentar" su fondo, que podían destinar a "constituir una pensión temporal que adelante la edad de retiro, o una indemnización a sus derechohabientes en caso de fallecimiento".

La pensión de jubilación máxima quedaba establecida en 2.000 pesetas (12,02 euros) anuales y el capital hereditario no podía superar las 5.000 (30,05), si bien establecía también que “estas condiciones podrán mejorarse por entidades regionales, provinciales o municipales, por los patronos o por la acción social” mediante ingresos en las cartillas particulares de los asalariados.

Si al cumplir los 65 años la bolsa personal no daba para una "renta vitalicia inmediata de 180 pesetas anuales", esta pasaba a ser complementada por el Estado. En caso de fallecimiento, el dinero aportado a la cuenta del asalariado por él y por las empresas para las que había trabajado era entregado a sus herederos.

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