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Japón Un tribunal nipón ordena la indemnización a una mujer homosexual por la infidelidad de su expareja

Esta sentencia podría marcar un precedente, ya que en Japón las uniones entre personas del mismo sexo continúan sin ser legales. El tribunal ha ordenado a la expareja de la mujer pagarle una indemnización equivalente a 9.200 euros.

Banderas del Orgullo LGTBI en una imagen de recurso.

efe

Un tribunal japonés ordenó este miércoles indemnizar por infidelidad a una mujer homosexual, una sentencia que podría sentar precedente para reconocer estas uniones en el país, donde el matrimonio entre personas del mismo sexo no es legal.

El tribunal de la ciudad de Utsunomiya, al norte de Tokio, ordenó a la expareja de la mujer pagarle una indemnización de 1,1 millones de yenes (unos 9.200 euros ó 10.200 dólares). La demandante pedía 6,3 millones de yenes (52.600 euros ó 58.200 dólares), según la sentencia recogida por la agencia de noticias Kyodo.

Según la demanda, las mujeres se mudaron a vivir juntas en 2010. Cuatro años más tarde adquirieron un certificado de matrimonio en Estados Unidos y en 2015 celebraron una ceremonia de boda en Japón.

Poco después del enlace, la demandada expresó su deseo de tener un hijo y se sometió a un tratamiento de inseminación artificial, que fue costeado por la demandante.

La Constitución japonesa define el matrimonio como la "unión basada sólo en el consentimiento mutuo de personas de diferente sexo"

La relación, sin embargo, llegó a su fin en enero de 2017, después de que la demandada revelara a su ya expareja que había tenido una aventura con el donante de esperma. La mujer dio a luz posteriormente, mientras que el citado donante se sometió a una operación de cambio de sexo y ahora está reconocida como mujer. Además de costear el tratamiento de inseminación de su expareja, la mujer demandante había comprado una casa para criar al bebé.

Algunas localidades reconocen las uniones civiles 

En su demanda, la mujer argumentó que en Japón las parejas del mismo sexo deberían tener las mismas protecciones legales que los matrimonios convencionales, sobre todo si, como en su caso, la pareja ha celebrado una boda y ha convivido desde hace tiempo.

Los abogados de la demandada alegaron en su defensa que su relación no estaba protegida por la ley japonesa, que no reconoce los matrimonios homosexuales.

La Constitución japonesa define el matrimonio como la "unión basada sólo en el consentimiento mutuo de personas de diferente sexo", mientras que la legislación civil nacional no reconoce derecho alguno para las parejas homosexuales.

Algunas localidades niponas, no obstante, empezaron a reconocer las uniones civiles homosexuales en 2016 mediante la expedición de certificados que, pese a no ser legalmente vinculantes, permiten a estas parejas ejercer ciertos derechos y acceder a determinados servicios de los que sí gozan los matrimonios convencionales.

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