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Solo 74 condenas en España son por acoso sexual, un delito que afecta a ocho millones de mujeres

Durante 2021 este tipo de conductas supuso menos del 2% de las condenas por delitos sexuales. Según la macroencuesta elaborada por el Ministerio de Igualdad, más del 40% de las mujeres mayores de 16 años lo sufren.

Acoso sexual
Acoso sexual. istock

No son casos aislados. Según el último macroestudio publicado por el Ministerio de Igualdad en 2020, un 40,4% de las mujeres mayores de 16 años (es decir más de 8,2 millones) sufre acoso sexual en nuestro país. Sin embargo, la cifra de condenas por este delito es ínfima.

Según los datos recabados por Instituto Nacional de Estadística (INE) de fuentes del Ministerio de Justicia, en 2021 sólo ha habido 74 condenas por esta causa. Esto supone apenas el 1,8% del total de las 3.960 condenas por delitos sexuales registradas ese mismo año. Si el dato se compara con el número total de condenas por violencia (282.210), las condenas por acoso desciende hasta el 0,02% del total.

Además, es importante resaltar que las 74 condenas supone el número más alto de los últimos años, puesto que en 2020 (año atípico por la pandemia) fueron 58 y en 2019, 69. 

El Ministerio de Interior publicó este miércoles los datos de criminalidad. En ellos afirma que cerca de 15.000 mujeres fueron víctimas de delitos contra la libertad e indemnidad sexual, un apartado que incluye un amplio número de delitos, que van desde el abuso y la agresión sexual, la pornografía, delitos relativos a la prostitución o la pornografía de menores, entre otros. En este caso no se trata de sentencias, sino de casos esclarecidos (bien por denuncias o por investigaciones policiales). Estas cifras suponen un 35% más que las registradas un año antes y un un 9% más que en 2019, previo al la pandemia.

Entre los datos de Interior, también figura que durante 2021 se han registrado 565 denuncias por acoso sexual, de las que se esclarecieron (es decir, se constató que existieron) 396.

Un delito oculto que no se sabe dónde se produce

Ni los datos de condenas por acoso sexual, ni los esclarecidos por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado reflejan la realidad de un delito ampliamente extendido. Las cifras tampoco permiten distinguir cuáles son las causas de los delitos esclarecidos ni dónde se han producido.

Por ejemplo, es imposible con los datos actuales conocer la incidencia del acoso sexual en el ámbito de trabajo, puesto que las estadísticas de las distintas instituciones no los desagregan

Lo que sí está desagregado es por el sexo de los agresores. En el caso del acoso sexual, el 98% lo realizan hombres sobre las mujeres. Por eso las expertas afirman que es necesario hablar de una violencia de género.

1,4 millones de mujeres sufren acoso sexual en el trabajo

Volviendo a los datos de la macroencuesta realizada por Igualdad, se estima que el 17,3% de los más de ocho millones de mujeres acosadas sexualmente lo fueron en el ámbito laboral. Es decir, más de 1,4 millones de mujeres. 

Esta falta de datos y de entendimiento de lo que ocurre en el ámbito laboral con el acoso sexual y con el acoso por razón de sexo ha impulsado al sindicato Comisiones Obreras a poner en marcha un observatorio sobre estos delitos, que arroje luz y que, además, sirva para entender con mayor profundidad este fenómeno a fin de poder prevenirlo.

Uno de los problemas clave, afirman desde el sindicato, es la dificultad que existe aún para identificar una violencia ampliamente normalizada en nuestra sociedad, pero sobre todo en el ámbito laboral. Esto, unido a la dificultad que tienen las mujeres para denunciar el acoso en el trabajo, hace de esta una violencia ínfimamente conocida y visibilizada. Pero en los escasos casos que se denuncian, la mayoría de las mujeres acaban enmarañadas en un sistema judicial que puede tardas hasta tres años en clarificar los casos, durante los que pueden ser revictimizadas en el puesto de trabajo o acabar renunciando a él. 

El acoso sexual, una violencia de género

A pesar de la amplia legislación que existe en nuestro país contra las violencias hacia las mujeres, solo fue en septiembre pasado, con la aprobación de la ley conocida como del solo sí es sí, cuando se consideró el acoso sexual como una violencia de género. Hasta ese momento, la ley de Igualdad aprobada en 2007, establecía que todas las empresas estaban obligadas a tener un protocolo contra este tipo de acoso.

"La ley del solo sí es sí, permite ahora no sólo calificar estas conductas como violencia machista, sino también aplicar en el entorno laboral muchas de las medidas previstas para las víctimas de violencia de género, como las medidas cautelares de alejamiento del acosador hacia la víctima mientras se esclarecen los casos, o la posibilidad de que la mujer deje de ir al centro de trabajo mientras no se aparte al supuesto agresor", explica Carolina Vidal, secretaria confederal de mujeres, Igualdad y condiciones de trabajo de CCOO.

"La escasa estadística oficial que existe en general sobre el acoso sexual está muy lejos de las cifras que conocemos de la incidencia de esta violencia, lo que es indicativo de que se trata de una violencia sobreinvisibilizada y muy poco denunciada", añade Vidal. Y explica que el acoso sexual tiene un umbral más bajo de tolerancia social respecto a otras violencias machistas, "sin entender que es una gravísima manifestación de la misma y que impide una vida libre de violencia a muchísimas mujeres en el trabajo y fuera de él", señala.

Desde el sindicato piden también a las autoridades, como la Inspección de Trabajo, una mejora en las estadísticas y en la recolección de datos sobre este tipo de acoso, que permitan medir la magnitud del problema. 

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