Opinión
Felipe VI y las crisis de conciencia de la Corona

Por Ramón Soriano
Catedrático emérito de Filosofía del Derecho y Política de la Universidad Pablo de Olavide de Sevilla
Tras el reconocimiento público por Felipe VI el 16 de marzo de 2026 de los "muchos abusos" cometidos por España en el descubrimiento y conquista de México, en la visita a la exposición La mujer en el México indígena, se ha desatado un alto número de comentarios de prensa: unos afirman que el monarca se ha quedado corto y otros que no debió pedir perdón a nadie.
En el proceso de la conquista de las Indias la preocupación de la Corona española por el buen trato a los indios es constante desde los primeros años del descubrimiento. Ya Isabel la Católica declaró desde el comienzo en una cédula que los indios eran personas libres no susceptibles de esclavitud.
La Corona reitera una forma de proceder que se repetiría varias veces en sucesivas crisis de conciencia a lo largo del siglo XVI: primero, denuncia de las vejaciones y desafueros perpetrados contra los indios ante la Corona; segundo, convocatoria del rey de una junta para tratar la justicia del procedimiento de conquista y poblamiento y suspensión mientras tanto de la misma; tercero, promulgación de disposiciones reales recogiendo los dictámenes de la junta; y cuarto, rebelión de los encomenderos de las Indias ante dichas disposiciones, que solían afectar negativamente a sus propios intereses. Veamos varios y sucesivos escenarios.
Escenario primero
En 1511 se levantó en las recién "descubiertas" tierras de las Indias la primera voz crítica: la de la comunidad de los dominicos, representada por el prior Montesinos, quien en la homilía del domingo anterior a la Navidad echó en cara a los hispanos la crueldad que tenían con los indios, y los pecados cometidos contra Dios.
La voz de Montesinos se oyó en España y dio lugar a un estado de opinión controvertido y expectante; representantes de encomenderos y de la comunidad dominica vinieron a España para exponer de viva voz y defender sus puntos de vista ante el monarca. La Corona convocó una junta de expertos en Burgos, para que éstos le aconsejaran cómo debía hacerse la conquista para ser justa y conforme a la religión.
La Junta de Burgos simboliza la primera manifestación de una crisis de conciencia de la Corona española; las Leyes de Burgos de 1512: el primer código de legislación proindigenista.
En el terreno práctico consecuencia de esta primera crisis de conciencia es el uso reiterado del requerimiento, con el que la Corona pretendía acallar su responsabilidad ante la violencia anexa a una empresa de conquista. El requerimiento no se comprende si no es desde la óptica de una cultura superior con derecho a imponer su fe –la fe verdadera-. Los indios debían oír la palabra de Dios y, en caso contrario, era legítima la guerra contra ellos.
Escenario segundo
Tantas eran las controversias acerca de la naturaleza de los indios con juicios, que iban desde su condición de depravados e irredimibles salvajes hasta la de posibles vasallos del Reino, que la Corona quiso comprobar in situ si los indios merecían la libertad y un trato semejante a los demás vasallos de la Corona. Un experimento que se encomendó a religiosos jerónimos, con el encargo de establecer poblados indios y comprobar si éstos tenían capacidad para vivir y organizarse como seres libres. De 1516 a 1518 sólo encontraron resistencias, volviendo a la Península cansados y decepcionados.
La creación en 1524 del Consejo de Indias contribuyó a despertar nuevamente otra crisis de conciencia de la Corona, que se manifestó en una reunión del Consejo en Granada, a la que asistió el emperador Carlos V. Resultado de esta reunión fueron las Ordenanzas de 1526 con normas sobre la forma de hacer las expediciones y el buen trato que había que dispensar a los indios. Pero tampoco estas ordenanzas, encaminadas a acomodar las conquistas a los preceptos cristianos, cambiaron sustancialmente la situación de explotación de los indios.
Escenario tercero
Las protestas de los religiosos seguían llegando a la Península y aumentaron, cuando a partir de 1539 desembarcaron en España algunos comisionados, a los que se añadieron otros críticos peninsulares. Como consecuencia, nueva crisis, nuevas junta y nuevas leyes: las famosas Leyes Nuevas de 1542, que llevan a cabo una reforma más profunda de la administración de las Indias y conceden una mayor protección a los indios. Las Leyes Nuevas detienen la proliferación de las encomiendas de indios y las emplazan a una progresiva desaparición.
La resistencia fue tan generalizada y firme que el propio emperador se vio obligado a suspender los artículos más fundamentales: los que prohibían nuevas encomiendas y hacían retornar las vacantes a la Corona. Había demasiados intereses para que pudieran prosperar unas disposiciones tan corrosivas del sistema social y económico vigente en las Indias.
Escenario cuarto
Llovían los informes desde las Indias poniendo en entredicho la forma cruenta y contraria a la religión de la conquista y evangelización de los indios.
Nuevamente el emperador convocó a junta en Valladolid, que se celebró en los años 1550-1551, para que los dos más prestigiosos defensores de la libertad y la esclavitud de los indios, Bartolomé de Las Casas y Ginés de Sepúlveda, respectivamente, expusieran sus puntos de vista. Se suspendieron las expediciones en abril de 1550. La junta terminó sin que sus miembros se pusieran de acuerdo sobre unas conclusiones definitivas.
Consecuencia de la junta de Valladolid fue la Real Cédula-Instrucción de 1556 y otras cédulas más, que extreman las garantías para el respeto de las poblaciones indias, que no serán molestadas en sus posesiones, con las que se entablarían relaciones de paz y amistad; pero sigue vigente el requerimiento, que justificaba la guerra de religión, si los indios se negaban a oír la palabra de Dios.
Escenario quinto
Felipe II sigue sufriendo las crisis de conciencia de su padre, el emperador Carlos V, al recibir las críticas sobre el maltrato de los indios. Sus Ordenanzas de descubrimiento, nueva población y pacificación de 1573 cambian el sistema de guerra ofensiva por causa de religión; a partir de entonces sólo se admiten la persuasión y el diálogo con las nuevas poblaciones indígenas en la predicación de la nueva fe; sólo se permitirá la guerra defensiva cuando los nuevos asentamientos de los españoles fueran atacados por los indios.
Conclusión
Para valorar el proceso de la conquista española de las Indias hay que tener en cuenta que sólo los poderosos reyes españoles -los Reyes Católicos, Carlos I y Felipe II - en el vértice de su hegemonía política en Europa, influidos por el parecer de unos cuantos religiosos bienintencionados, sin caberles beneficio alguno, se atrevían a interrumpir sus conquistas y la posibilidad de allegar los recursos en oro y plata que necesitaban premiosamente para su política europea, porque su conciencia religiosa les exigía convocar junta de expertos con el fin de que les dijeran cómo debían proceder para ser justos y respetar la palabra de Cristo. Asombra contemplar desde nuestro tiempo cómo un gran Imperio, el más grande de la época, se uestionaba los medios de llevar a cabo la conquista. No hay pruebas de que en la posterior y extensa colonización de los grandes imperios europeos monarcas y emperadores suspendieran sus expediciones, para que una junta de expertos dictaminara si sus empresas de conquista eran justas.
La conclusión que podemos extraer de este excursus histórico, es que en las Indias hay que situar dos planos. Uno es el de la legislación indiana, donde se percibe un mejoramiento progresivo de la condición jurídica, estatus y derechos de los aborígenes. Pero hubo otro plano, el socio-económico, el de las autoridades y encomenderos de las Indias, los aprovechados de una mano de obra india abundante y gratuita, quienes sistemáticamente con toda clase de argumentos y presiones se opusieron a la eficacia de las disposiciones de la Corona. Ellos hicieron fracasar los objetivos de una política protectora avanzada para la época y crearon las condiciones para que se levantaran hoy muchas voces que proclaman con razón el injustificable genocidio español perpetrado contra los indefensos e inocentes primeros pobladores de las Indias.


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