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Caso Máster Cristina Cifuentes resulta absuelta por la falsificación del acta de su máster

La Audiencia Provincial de Madrid indica que no ha quedado probada la inducción para falsificar el documento por parte de la expresidenta madrileña, a la que la Fiscalía pedía tres años y medio de prisión. Las otras dos enjuiciadas sí han sido condenadas: Cecilia Rosado, profesora de la Universidad Rey Juan Carlos, que confesó haber fabricado el acta por "presiones"  ha sido condenada a un año y seis meses de prisión. La peor parte se la lleva Teresa Feito, exasesora de la Comunidad de Madrid, que ha sido condenada a tres años de cárcel como inductora de la falsificación.

Cristina Cifuentes declara en su juicio por el caso Máster
Cristina Cifuentes declara en su juicio por el caso Máster.

La Audiencia Provincial de Madrid ha absuelto a la expresidenta regional Cristina Cifuentes del delito de falsedad documental del que había sido acusada por la Fiscalía de Madrid por inducir la falsificación del acta del Trabajo de Fin de Máster (TFM) del curso que siguió en la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid (URJC) en 2012. La absuelve por no haberse podido demostrar que indujo a la falsificación, a pesar de que era ella la máxima beneficiaria del acto. Condena a la profesora Cecilia Rosado, que se había autoinculpado de la falsificación del TFM, a un año y seis meses de prisión; y a María Teresa Feito, exasesora de la Consejería de Educación madrileña, a tres años de cárcel como inductora de la falsificación.

La fiscal Pilar Santos solicitó en el juicio una condena tres años y tres meses de cárcel para la exlíder madrileña al quedar acreditado que indujo la falsedad del documento objeto del juicio, dado que Cifuentes era "la única, la primera y la última beneficiaria" de esa falsificación.

Cifuentes afirmó durante su declaración que cursó el máster sin ir a clase, sin realizar exámenes y entregando el 2 de julio de 2012 el TFM "sin defenderlo" ante el tribunal, algo que también hicieron otros alumnos. "Actué de buena fe", afirmó en relación al acta que mostró a los medios el día que estalló la polémica, el 21 de marzo de 2018, al desconocer que contaba con firmas falsificadas, un hecho del que responsabilizó a la propia universidad. Cifuentes dimitió el 25 de abril de 2018 después de que a esta polémica se sumara la difusión de un vídeo en el que aparecía supuestamente robando unas cremas.

El Tribunal no entra a valorar si el Trabajo Fin de Máster fue o no defendido por Cifuentes, como consta en el acta falsificada, pero sí le reprocha irregularidades impropias de una alumna de posgrado. "Cristina Cifuentes ha revelado un conjunto de incongruencias relevantes e incompatibles con la actuación regular de un estudiante de postgrado. Ha reconocido que nunca fue a clase ni mantuvo contacto con ningún profesor, que hacía trabajos (sic), que entregaba al catedrático ÁIvarez Conde, y que el 2 de julio de 2012  entregó el TFM de manera informal, en la URJC, ante dos o tres personas. El 28 de febrero de 2017 Cristina Cifuentes  acudió a la URJC, acompañada de María Teresa Feito a recoger el título oficial del Máster. Así lo han reconocido ambas en sus declaraciones. Sin entrar, por no ser competencia de este Tribunal, si se produjo o no esa "defensa" del TFM, incluso de haberse producido, hubiera sido en extremo inexplicable, pues en el año 2012, la citada alumna, figuraba como no presentada en la asignatura, que impartía el profesor Chico de la Cámara, calificación que fue corregida de forma irregular, en el año 2014.

Pero, pese a las irregularidades probadas, el Tribunal explica que el inductor de un delito "es quien determina al autor a la comisión de un hecho delictivo creando en él la idea de realizarlo. La inducción debe ser directa y terminante, referida a una persona y a una acción determinada". Sobre la participación de Cristina Cifuentes, indica la setencia que "de lo actuado no ha resultado probada ninguna intervención suya. Ni Cecilia Rosado ni María Teresa Feito han señalado haber mantenido contacto alguno con ella, tampoco con su oficina o gabinete. Ninguno de los intervinientes en la reunión del rectorado ha hecho ninguna referencia a Cristina Cifuentes. Sin obviar el interés de ésta en tener toda la documentación que justificara la regularidad en la obtención de su máster, nada se ha probado sobre que impulsara, sugiriera o presionara para la falsificación del documento en cuestión. El hecho de exhibir públicamente la copia del documento que recibió del rector, no es más que un indicio, no corroborado por otros".

Es por eso que Cristina Cifuentes queda exonerada del delito de falsificación documental. Respecto a María Teresa Feito, exprofesora de la URJC y asesora de la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid en 2018, "resulta  responsable del concepto de inductora. Su participación queda probada por la actuación relevante, tanto en la necesidad de crear el acta, a sabiendas de que esta no existía, como en la presión ejercida sobre Cecilia Rosado, lo que resulta no solo de la declaración de ésta, que constituye prueba directa, sino del conjunto de llamadas efectuadas, hasta 15 en una tarde, que, sin duda, tenían como finalidad la creación del documento mendaz, pues no se pueden atribuir las llamadas a una relación previa entre ambas, que no existía, y que una vez enviada el acta, cesaron tales llamada. También se ha de reseñar la intervención activa en la reunión de la mañana en el rectorado de la universidad, en la que estuvo presente en todo momento, y fue la persona que indicó la fecha que debía constar en el acta". Feito, que en el juicio insistió en que ella y Cifuentes no eran amigas, ha sido condenada tres años de prisión por la falsificación del acta del TFM.

El Tribunal considera probado que el máster del Instituto de Derecho Público de la Universidad Rey Juan Carlos estuvo "plagado de irregularidades" en el curso 2011-2012, en el que se matriculó "fuera de plazo" Cristina Cifuentes. La entrega del título a la entonces presidenta regional se realizó en el año 2017, "previa modificación irregular en el año 2014 de las actas de una asignatura impartida por el profesor Chico de la Cámara, que por medio de un correo electrónico  en octubre de 2014 autorizó a Amalia Calonge, funcionaria de la URJC, indicando que Cristina Cifuentes  obtuvo la calificación de notable en el Máster de Hacienda Autonómica y Local. Amalia Calonge accedió al sistema informático, y a pesar de que no tenía competencias para hacerlo, modificó no solo la nota obtenida en la asignatura del profesor Chico, sino que accediendo irregularmente al sistema en 2016, también modificó la nota del Trabajo Fin de Máster".

La sentencia incide en que la profesora Cecilia Rosado, "dada la fuerte jerarquía existente entre ella y el Catedrático y ante el temor de las posibles consecuencias negativas para su trabajo, confeccionó el acta siguiendo las indicaciones recibidas, e hizo constar, además de los datos de identificación del máster, de la alumna, Cristina Cifuentes, el nombre del Director, Enrique Álvarez Conde , y miembros del tribunal, el siguiente texto: “Reunidos el Tribunal de Evaluación, con fecha 2/07/2012, acuerda otorgar al alumno la calificación global de notable (7,5), y estampando en la misma su firma, y otras dos a imitación de la de sus otras dos compañeras, las profesoras Clara Souto, como vocal, y Alicia López de los Mozos, como presidente".

La sentencia relata que Rosado, una vez confeccionada el acta, "creó una cuenta de email a nombre de Enrique Álvarez y la envió al correo electrónico del rector, Javier Ramos López, quien ignoraba las manipulaciones realizadas. El rector remitió copia del acta recibida a la oficina de la Presidenta de la Comunidad de Madrid Cristina Cifuentes, ésta la exhibió en las redes sociales y en varios medios, para evitar las consecuencias políticas a las que debería enfrentarse. Tras la denuncia de los hechos, Cecilia Rosado, reconoció los mismos y colaboró en su investigación, presentando en la Fiscalía de Móstoles el original del documento falsificado". Rosada ha sido condenada por estos hechos a un año y seis meses de prisión, habiéndole aplicado la atenuante de confesión y la de colaboración.

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