La confidencialidad que impone el nuevo protocolo del CSIC contra el acoso sexual alerta a las expertas
El Consejo Superior de Investigaciones Científicas estrena un protocolo, obligado tras la impunidad de los casos de acoso sexual desvelados por 'Público', que para las especialistas en violencia de género podría revictimizar a las denunciantes.
Madrid-Actualizado a
Tras la investigación de este diario sobre los casos de acoso sexual en el Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC) y la posterior moción de Esquerra Republicana de Catalunya (ERC) sobre las negligencias de la institución en cuanto a la protección a sus trabajadoras víctimas de acoso sexual, el Congreso de los Diputados instó al CSIC a modificar su protocolo frente al acoso sexual y por razón de sexo, algo que hizo el pasado 29 de abril.
Pero el nuevo protocolo nace con polémica: incluye una cláusula de confidencialidad que prohíbe compartir informes, datos sobre la investigación interna que se inicia tras una denuncia por acoso sexual, así como las opiniones y valoraciones vertidas durante dichas pesquisas internas.
Este acuerdo de confidencialidad, adecuado y necesario para el personal que participa en esa investigación, podría estar dirigido también a las víctimas, algo que confrontaría con los principios rectores no solo de la ley de libertad sexual española sino con los del Convenio de Estambul, herramienta ratificada por España para luchar contra la violencia de género.
La citada declaración de confidencialidad se dirige en su encabezamiento en primer lugar a la "parte interesada" como persona que ha de firmarla, seguido de aquella "persona que ha sido testigo de los acontecimientos objeto de esta investigación" y de las personas integrantes de la comisión frente al acoso del CSIC y de cualquier persona con competencias en el citado protocolo, como por ejemplo, los directores de los centros del CSIC que ahora, con el nuevo texto, tienen responsabilidad directa en la tramitación de las denuncias por acoso sexual.
El CSIC niega que esta declaración esté dirigida a las personas que denuncian, pero la explicación que facilitan las fuentes autorizadas de la institución a este diario no parece lo suficientemente sólida y coherente como para descartar las sospechas iniciales de las expertas en Igualdad y en violencia sexual.
La respuesta del CSIC a preguntas de este medio define la "parte interesada" que ha de firmar la declaración de confidencialidad como "ese es el caso del/la denunciante que no sea la víctima, por ejemplo, el director/a del centro o un compañero/a de trabajo", consta en una respuesta escrita enviada desde el CSIC.
Sin embargo, esos roles, es decir, los testigos del comportamiento de acoso sexual y los directores o directoras de los centros a los que pertenecen víctima y acosador, ya están reflejados claramente en el encabezamiento de la declaración de confidencialidad y no parecen ser esa "parte interesada" que las expertas sospechan que se trata de la propia víctima.
Estas expertas en violencia sexual contra las mujeres e Igualdad alertan a Público sobre la "revictimización" que pueden sufrir las víctimas de acoso sexual si son tratadas como "una parte más" de "un conflicto". "No es un conflicto, es violencia", afirma la jurista María Naredo, especialista en derechos humanos y género.
"Una cosa es que no se filtre la información y otra distinta es que la víctima no pueda compartir con su núcleo más cercano o con su propia abogada, por ejemplo, las preguntas que le han formulado durante la investigación o los planteamientos que allí se han desplegado", indica Isabel Loureiro, delegada del sindicato Comisiones Obreras (CC.OO.) en AGE (Administración General del Estado)- Cantabria.
Esta delegada sindical, que ha recibido numerosos testimonios de víctimas, recalca que el "silencio no se les puede imponer a las víctimas que deciden denunciar estos actos de agresión machista"
Otras expertas aducen que el "enfoque neutro" que destila el formulario de confidencialidad iría en contra del "respeto a la autonomía de la víctima" en cuanto a su derecho a la dignidad; incluso a su derecho de defensa. "La praxis neutra de género no debería figurar en protocolos frente al acoso sexual de las Administraciones Públicas", dice una experta que prefiere mantener el anonimato.
La cláusula de confidencialidad que impone el nuevo protocolo del CSIC prohíbe compartir tanto con personas de dentro de la institución como de fuera las valoraciones u opiniones que se hayan podido producir durante la etapa de la investigación interna, en la que la víctima es entrevistada por una persona especializada en violencias sexuales.
Posible falta de perspectiva de género
La falta de perspectiva de género que se vislumbra en la posibilidad de que las trabajadoras del CSIC que denuncien acoso sexual tengan que firmar este acuerdo de confidencialidad preocupa a algunas representantes sindicales de la principal agencia de investigación española, que suma suficientes episodios de acoso sexual a las trabajadoras y científicas que el Congreso de los Diputados ha tenido que intervenir.
Algunas de las fuentes sindicales consultadas por Público hablan del nuevo protocolo como de un "brindis al sol", en referencia a que intenta simular una mayor perspectiva de género de la que en realidad representa.
Como se ha explicado anteriormente, el CSIC desmiente que vaya a hacer firmar a las denunciantes esa cláusula de confidencialidad. Solo el desarrollo del protocolo, firmado por todos los sindicatos presentes en el CSIC, confirmará en efecto si esto es así, indican las fuentes. "Yo como representante sindical, leo eso, tal y como está en el anexo VI, y recomiendo no denunciar porque deja a la víctima en total desamparo", dice Isabel Loureiro.
Hay que recordar que la multinacional H&M en España pretendió hacer firmar a sus trabajadoras denunciantes de acoso sexual una cláusula de confidencialidad que es ilegal, en el sentido de haberse establecido a espaldas de los sindicatos presentes en el gigante textil. La mercantil desistió de implementar ese declaración de confidencialidad, que pretendía, en el fondo, ocultar esos casos de violencia machista.
El acoso sexual es una violencia contra las mujeres penada en la ley del solo sí es sí, uno de cuyos principios rectores es precisamente "la respuesta institucional que coloca a las víctimas en una posición de titulares de derechos humanos y a las administraciones públicas en la posición de garantes de los mismos, como titulares de obligaciones", consta en la citada ley de garantía integral de la libertad sexual.
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