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El Constitucional no admite la abstención de Concepción Espejel del recurso contra la ley del aborto

La magistrada se había abstenido por haber sido vocal del CGPJ cuando se aprobó la norma, pero el TC dice que el informe de hace 12 años no fue vinculante. El bloque conservador ha votado en contra y anuncia votos discrepantes.

La jueza Concepción Espejel en el primer Pleno jurisdiccional tras la renovación del órgano, en el Tribunal Constitucional, a 15 de diciembre de 2021, en Madrid, (España).
La magistrada del TC Concepción Espejel, en el primer Pleno jurisdiccional tras la renovación del órgano en noviembre de 2021, . Isabel Infantes / EUROPA PRESS

El Tribunal Constitucional (TC) ha rechazado la decisión de la magistrada Concepción Espejel de apartarse de la deliberación sobre el recurso presentado por el PP en 2010 contra la ley del aborto del Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero. El pleno ha votado en contra de admitir la abstención al considerar que, aunque Espejel formó parte del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) que informó sobre el borrador de la norma, se trata de un criterio expresado en un informe de no obligado cumplimiento de "hace más de 12 años". 

La magistrada consideraba que su abstención estaba fundada en la  participación como vocal del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) en julio de 2009, en los trabajos preparatorios del informe sobre el anteproyecto de ley, que fue sometido a votación del pleno del CGPJ, sin llegar a ser aprobado, por lo que no fue incorporado al proceso legislativo que dio lugar a su posterior aprobación

El rechazo se fundamenta en que la abstención ha sido presentada en un proceso de control abstracto de constitucionalidad de la ley, que no es un proceso de partes en el que se ventilen intereses particulares; también en que el objeto del recurso de inconstitucionalidad no coincide con el del anteproyecto de ley sobre el que se recabó el fallido informe del CGPJ. 

Además, la solicitud de recusación se vincula a la exteriorización de un criterio jurídico que fue expresado hace más de doce años; lo que es habitual pues los magistrados del Tribunal Constitucional son elegidos entre juristas de reconocido prestigio con más de 15 años de ejercicio profesional, y no les inhabilita para ejercer su función en este tipo de procesos constitucionales.

Pese a someterse a votación, dice el TC, los trabajos preparatorios del informe no vinculante solicitado por el Gobierno al Consejo General del Poder Judicial no dieron lugar a la aprobación de dictamen alguno, por lo su contenido no fue trasladado al Gobierno.

Contra el sentir mayoritario del TC, han anunciado voto particular los magistrados Ricardo Enríquez, Enrique Arnaldo y César Tolosa, todos ellos del bloque conservador. 

El pleno que se celebra este martes ha abordado en primer lugar la abstención de Espejel, que forzaba en cierta medida la de la magistrada Inmaculada Montalbán del recurso del aborto, al haber sido en la misma época vocal del CGPJ. Pero Montalbán se había opuesto a la abstención. 

Cinco exdiputados del PP de los 71 que en 2010 presentaron el recurso de inconstitucional han recusado al presidente, Cándido Conde-Pumpido, a Juan Carlos Campo, a Espejel y Montalbán de la deliberación del recurso contra la ley del aborto. El pleno debe ahora debatir sobre las recusaciones, que de ser admitidas impedirían el quorum suficiente como para que el TC pueda funcionar. 

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