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La jueza rechaza tramitar el 'habeas corpus' solicitado por la familia de Junqueras

Considera que el exvicepresidente de la Generalitatno ha sido víctima de una detención ilegal.

Oriol Junqueras, durante la sesión Constitutiva del Congreso antes de las últimas elecciones. - EUROPA PRESS

EFE

El juzgado de instrucción número 1 de Manresa (Barcelona) ha rechazado tramitar la solicitud de habeas corpus que este viernes han planteado los familiares del exvicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras para exigir su puesta en libertad inmediata.

En su auto, la jueza deniega la incoación del procedimiento de habeas corpus a Junqueras, tal y como solicitaba la Fiscalía, al entender que no ha sido víctima de una detención ilegal y que su encarcelamiento obedece a una sentencia del Tribunal Supremo.

La ofensiva judicial impulsada a primera hora de este viernes por la mujer y el padre de Junqueras responde a la decisión del Tribunal Supremo de mantener en prisión al exvicepresidente de la Generalitat y denegarle la inmunidad, tras la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que lo reconoció como eurodiputado.

El habeas corpus es una figura jurídica que prevé que un detenido pueda comparecer ante el juez instructor para que ordene su puesta de libertad inmediata en caso de estimar que su arresto ha sido arbitrario. En el auto, la jueza argumenta que en el caso del exvicepresidente de la Generalitat "no concurren las condiciones" establecidas en la ley que regula el habeas corpus, ya que Junqueras se encuentra en prisión en virtud de la sentencia dictada por el Tribunal Supremo el pasado 14 de octubre, que le condenó a una pena privativa de libertad.

Además, tampoco se cumple con el otro de los requisitos, el que considera que un detenido ilegal es aquella persona que ha sido detenida por un periodo superior al fijado en la ley. Por ello, la jueza concluye que la petición de habeas corpus deber ser inadmitida, de manera que tampoco procede acordar la audiencia con Junqueras ante el tribunal, como solicitaba su defensa.

Al margen de la ley que regula este procedimiento, la jueza se ampara también en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional sobre esta materia, en la que el alto tribunal ya se pronunció sobre estos dos requisitos para que una persona pueda apelar a esta figura. Así, el auto recuerda que el Constitucional dejó claro en una sentencia que el habeas corpus puede aplicarse cuando la privación de libertad no haya sido acordada judicialmente.

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