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Coronavirus La Justicia europea falla contra el uso abusivo de los contratos de interinos en España

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea abre la puerta a que los jueces conviertan sus contratos en "indefinidos no fijos" o concedan indemnizaciones por despido.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), en Luxemburgo. / EFE
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), en Luxemburgo. / EFE

europa press

En plena crisis del coronavirus y con Europa como principal foco de la pandemia. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) ha dictaminado que los tribunales españoles deben encontrar "medidas efectivas" para acabar con el uso abusivo de contratos de interinidad en la Administración pública y entre las opciones que plantea está la de convertir sus contratos en "indefinidos no fijos" o abonar una indemnización por despido.

La sentencia responde a cuestiones prejudiciales sobre la concatenación de contratos temporales en la sanidad madrileña. En concreto, el TUE resuelve que el hecho de que un empleado público con contrato de duración determinada haya consentido la renovación sucesiva del mismo con la Administración no significa que su situación laboral ya no pueda ser considerada como abusiva.

Así, remarca que "el hecho de que el empleado público de que se trate haya consentido el establecimiento o la renovación de dichas relaciones no priva de carácter abusivo" y "no lleva a que el Acuerdo Marco –sobre el Trabajo de Duración Determinada– no sea aplicable a la situación de ese empleado público".

Los Estados miembros deben contar con "otra medida efectiva para evitar y, en su caso, sancionar la utilización abusiva de sucesivos contratos de trabajo de duración determinada"

En este contexto, explica que el Acuerdo Marco "no impone a los Estados miembros una obligación general de transformar en contratos por tiempo indefinido" a los interinos, pero añade que los Estados miembros deben contar con "otra medida efectiva para evitar y, en su caso, sancionar la utilización abusiva de sucesivos contratos de trabajo de duración determinada".

De esta forma, concluye que corresponde a los tribunales nacionales "apreciar" si la organización de procesos selectivos para ocupar definitivamente las plazas, la transformación de dichos empleados públicos en "indefinidos no fijos" y la concesión a estos empleados públicos de una indemnización "equivalente a la abonada en caso de despido improcedente" son "medidas adecuadas para prevenir y, en su caso, sancionar los abusos" derivados de la utilización de sucesivos contratos temporales.

Se trata de dos asuntos que llegaron a Luxemburgo cuestionando la sucesión de contratos en el Servicio Madrileño de Salud (Sermas) primer asunto involucra a un informático que, después de trabajar durante 17 años para el Sermas como interino con contratos sucesivos renovados, pidió que se reconociera la condición de empleado público fijo, pero se le fue denegada.

El segundo asunto también involucra a varios trabajadores del Sermas que eran personal estatutario interino, en este caso en la categoría de Facultativos Especialistas Odontólogos. Estos empleados ocuparon puestos de sustitución, eventual e interinidad con contratos temporales durante periodos entre los 12 y los 17 años. También reclamaron a la Comunidad de Madrid que se les reconociera la condición de empleado público fijo, pero la solicitud fue desestimada.

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