Este artículo se publicó hace 4 años.
ProcésEl Supremo valora acoger el criterio de la Fiscalía y rechazar el tercer grado a los presos del 'procés'
Los seis magistrados que integraron el tribunal del caso y la Fiscalía argumentan que la progresión al tercer grado es "prematura" y puede transmitir a la sociedad la sensación de "impunidad".
Madrid-
El Tribunal Supremo seguirá deliberando la semana próxima sobre el tercer grado penitenciario que la Generalitat de Catalunya concedió a los nueve líderes independentistas condenados por sedición en el juicio del 'procés', un asunto que ha generado una treintena de recursos tanto de Fiscalía como de los condenados. No obstante, valora rechazar estos últimos en consonancia con el criterio del Ministerio Público, según han señalado fuentes de este órgano.
La deliberación lleva su tiempo porque además del número de recursos, de los que este jueves no se llegó a entrar apenas en cinco, los magistrados deben adoptar una postura sobre el régimen de semilibertad que se les trató de aplicar por la vía del artículo 100.2 del régimen penitenciario.
Las medidas no llegaron a hacerse realidad para la mayor parte de los líderes independentistas, ya que quedaron en suspenso tras los respectivos recursos interpuestos por el Ministerio Público con excepción del 100.2 para Carme Forcadell y Dolors Bassa.
Los seis magistrados que integraron el tribunal del caso -todos menos Luciano Varela, ya jubilado- se inclinan según las mismas fuentes por acoger el criterio adoptado por la Fiscalía tanto en instancias catalanas como en sus escritos al Supremo, en los que se argumenta que la progresión al tercer grado de los condenados por el 'procés' es prematura porque producen el "menoscabo de los fines esenciales de la pena" y transmite a la sociedad la sensación de "impunidad". En cuanto al 100.2, la Fiscalía alega que se asemejaría a un "tercer grado encubierto".
También critica el Ministerio público el "goteo cronológicamente medido" de este tipo de decisiones de semilibertad adoptadas con respecto a todos los condenados en el corto espacio entre el 13 de febrero al cinco de marzo pasados.
Alude igualmente al hecho de que se pretendan aplicar con el cumplimiento efectivo de una parte poco significativa de las penas impuestas -en muchos de los casos ni siquiera cumplida la cuarta parte-; a la gravedad de los delitos cometidos y a la constatación de que "la mayoría no reconoce la comisión delictiva y no asume su responsabilidad".
Cauce para eludir cumplimiento, según el fiscal
Decía incluso la Fiscalía que "el margen de discrecionalidad administrativa que implica el principio de flexibilidad en su regulación actual es patente, y puede convertirse en un peligroso cauce para eludir el cumplimiento de las decisiones judiciales".
El alto número de recursos se explica porque cada una de las decisiones adoptadas por las autoridades penitenciarias catalanas por cada uno de los condenados fue recurrida por la Fiscalía y, tras quedar en suspenso, esta circunstancia fue recurrida a su vez ante el alto tribunal por cada una de las defensas.
La Fiscalía del Tribunal Supremo recurrió el pasado mes de agosto ante el alto tribunal el tercer grado que la juez de vigilancia penitenciaria número 5 de Catalunya avaló con respecto al exvicepresidente y líder de ERC, Oriol Junqueras; el expresidente de la ANC y dirigente de JxCat, Jordi Sànchez; los exconsellers Josep Rull, Jordi Turull, Raül Romeva y Joaquim Forn; y el presidente de Òmnium Cultural, Jordi Cuixart.
Tras ello, la jueza dejó el tercer grado en suspenso hasta que el Supremo resolviera de manera definitiva la concesión de esta clasificación, por lo que estos siete condenados no han podido salir de prisión.
Todos ellos regresaron a la prisión de Lledoners el pasado 28 de julio y la decisión de la juez fue impugnada por los propios líderes independentistas, por lo que estos recursos serán también valorados por el Supremo.
El Ministerio Público hizo la misma petición el pasado dos de noviembre con respecto a la expresidenta del Parlament Carme Forcadell y la exconsejera Dolors Bassa, si bien estas no han tenido que regresar a sus respectivos centros penitenciarios, ya que el juez de Vigilancia Penitenciaria número 1 de Catalunya no aceptó aplicar una suspensión cautelar en este caso.
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