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El Tribunal Constitucional avala la ley de eutanasia 

Considera que el Estado tiene el deber de respetar la autonomía de las personas que padecen un sufrimiento extremo y que quieren acabar con su vida mediante la eutanasia. 

Tribunal Constitucional
Foto de archivo de la fachada del Tribunal Constitucional, en Madrid.  Alberto Ortega / Europa Press

El Tribunal Constitucional (TC) ha avalado la Ley Orgánica de Regulación de la Eutanasia (LORE), en un fallo conocido este jueves pero avanzado el pasado 22 de marzo. El tribunal ha rechazado el recurso de Vox al considerar que la Carta Magna no concibe el derecho a la vida como uno de carácter absoluto que implique una especie de "deber de vivir", sino que no puede estar "desconectado" de la "voluntad" de su propio titular.

La sentencia recuerda que "la dignidad está reconocida a todas las personas con carácter general", pero "cuando el intérprete constitucional trata de concretar su contenido no puede ignorar el hecho obvio de la especificidad de las situaciones trágicas de sufrimiento personal extremo provocadas por enfermedades graves incurables o profundamente incapacitantes". 

También establece que "el derecho de prestación de ayuda para morir configurado por el legislador para personas que lo demandan en contextos eutanásicos ha de ser considerado teniendo en cuenta la evolución cultural, moral y jurídica que se ha producido en las últimas décadas en nuestra sociedad y en las de nuestro entorno".

Frente al alegato de Vox de que "el derecho fundamental a la vida goza de un carácter absoluto" y el Estado tiene el deber de protegerlo "incluso contra la voluntad de su titular", el TC responde que es en realidad un "derecho a la protección de la existencia física de las personas, que comporta para el poder público deberes negativos, o de abstención, y positivos, de protección frente a ataques de terceros" y hasta propios "en determinadas hipótesis".

Así, afirma que los poderes públicos no tienen "un deber de protección incondicional que implique un paradójico deber de vivir y, en tal medida, impida el reconocimiento constitucional de decisiones autónomas sobre la propia muerte en situaciones de sufrimiento debido a una enfermedad o padecimiento incurable médicamente constatable y que la persona experimenta como inaceptable". 

Quejas de Vox

El Constitucional también responde a las críticas que hace Vox por a la forma de tramitar la ley como proposición, en vez de proyecto, lo que permitió eludir informes preceptivos, y de manera acelerada y durante la vigencia de un estado de alarma, lo que habría privado "a la ciudadanía y a los parlamentarios de un debate imprescindible sobre una legislación que altera total y radicalmente la propia concepción de la vida humana". 

El tribunal ve "inconsistentes" las quejas relativas a la tramitación "acelerada" de la LORE durante la vigencia de un estado de alarma, respondiendo que no alcanza a ver cómo dicho estado provocó "un menoscabo efectivo de los derechos de los parlamentarios", por lo que tacha esta denuncia de "absolutamente indeterminada", además de carente de "relieve jurídico-constitucional".

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