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El Tribunal Constitucional avala la prisión permanente revisable

La mayoría conservadora del tribunal de garantías impone la constitucionalidad de la medida, con siete votos a favor y tres en contra.

Tribunal Constitucional
Tribunal Constitucional. Archivo

El Pleno del Tribunal Constitucional ha desestimado los recursos que se habían interpuesto contra la prisión permanente revisable, por lo que se valida la constitucionalidad de esta modalidad de pena aprobada por el Gobierno de Mariano Rajoy en 2015. El recurso de inconstitucionalidad estaba apoyado por prácticamente toda la oposición parlamentaria al Ejecutivo del PP en aquella legislatura.

La revisión de la medida por parte del tribunal de garantías llega seis años después de que los grupos parlamentarios de la oposición --liderada por el PSOE-- suscribieran un recurso de inconstitucionalidad contra la misma por considerarla "inhumana".

El Pleno del Constitucional valida la constitucionalidad de la medida por siete votos a favor y tres en contra. Los magistrados progresistas --María Luisa Balaguer, Juan Antonio Xiol y Cándido Conde-Pumpido-- han sido los que han rechazado la medida.

Por otra parte, quienes han votado a favor han sido el presidente del TC, Juan José González Rivas, y los magistrados conservadores Andrés Ollero, Ricardo Enríquez, Pedro González-Trevijano, Antonio Narváez, Encarnación Roca (ponente) y Santiago Martínez Vares. 

La prisión permanente revisable fue planteada por el entonces ministro de Justicia de Alberto Ruiz-Gallardón y mantenida después por su sucesor, Rafael Catalá. Su tramitación parlamentaria despertó una gran polémica.  Los diputados del PSOE, de la Izquierda Plural (IU-ICV-CHA), UPyD y Compromís junto a nacionalistas catalanes (de CDC y de UDC), vascos (PNV), canarios (Nueva Canarias) y gallegos (BNG) estamparon sus firmas en el recurso que presentaron ante el Tribunal Constitucional. 

Este tipo de condena se ha aplicado en casos de gran relevancia mediática en los últimos años, como el del descuartizador de Pioz (Guadalajara), que mató a sus tíos y a sus primos y después descuartizó los cadáveres; o el del asesino de Diana Quer, José Enrique Abuín, alias 'El Chicle'. 

La sentencia del Constitucional incide en la necesidad de la revisión de la condena, con la implementación de una medida específica para que los condenados que accedan a la libertad condicional y después se les revoque puedan pedir una revisión de su situación procesal.


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