La Audiencia absuelve a Villarejo y López Madrid por la supuesta contratación del comisario para hostigar a la doctora Pinto
El tribunal ha absuelto a ambos de un delito de cohecho al considerar que no queda acreditado que exista una contraprestación por el encargo.

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La Audiencia Nacional ha absuelto al comisario jubilado José Manuel Villarejo y al exconsejero de OHL Javier López Madrid, respecto al supuesto encargo para hostigar a la dermatóloga Elisa Pinto, al no quedar acreditado que existiese un pago o dádiva en contraprestación a este supuesto servicio.
El tribunal ha absuelto a ambos de un delito de cohecho, al igual que al socio de Villarejo, Rafael Redondo, a quien también acusaba la doctora Pinto, que ejercía la acusación popular y pedía para los investigados penas de cárcel de entre cuatro y seis años de prisión.
Este caso, en el que la Fiscalía no veía delito al no considerar tampoco acreditado el pago de un encargo a Villarejo, es un procedimiento judicial distinto al que está pendiente en un juzgado penal de Madrid, donde Villarejo y López Madrid se sentarán en el banquillo acusados de acoso, amenazas y lesiones a la dermatóloga.
Con esta sentencia, Villarejo ha sido absuelto en cinco piezas del caso Tándem y acumula dos condenas, la más abultada de 13 años, si bien solo en una de las piezas juzgadas hasta ahora el tribunal le ha considerado responsable de cohecho, que es el delito que está siendo el más controvertido.
Los magistrados sí ven probados contactos
Los magistrados de la sección cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional consideran probados los contactos entre los acusados referidos al conflicto que el empresario mantenía con la doctora, pero no que existiese un pago por parte de López Madrid a Villarejo o a su empresa, el grupo Cenyt, y tampoco que el exconsejero de OHL supiera que el comisario era un policía en activo.
La Sala considera probado que López Madrid y Rafael Redondo acudieron a instancias del comisario a la consulta de la doctora en diciembre de 2013 para decirle a la dermatóloga que dejase de llamar al empresario y que si continuaba la Policía iría a verla, añadiendo el exconsejero que la Policía "tenía todo".
Sin embargo, no ha quedado corroborado que existiese una contraprestación por aquel encuentro, ocurrido en un contexto en el que el empresario mantenía un "grave conflicto personal" con la dermatóloga que desembocó en denuncias cruzadas de acoso entre ambas partes.
No hay prueba que desvirtúe la presunción de inocencia
A juicio de la Sala no existe prueba para desvirtuar la presunción de inocencia de los tres investigados, al no quedar probado un pago o dádiva, un contrato u oferta ni haberse hallado tampoco informe alguno referido a la doctora.
Respecto al supuesto pago hay dos referencias "contradictorias entre sí". Una es una anotación de 2013 en la agenda de Villarejo sobre "entrega diez a cuenta", que no corresponde a un pago bancario y sobre la que tampoco hay elementos que permitan corroborar "de manera" indiciaria un pago en metálico.
La otra es una conversación mantenida en 2017 por Villarejo en el que se le escucha decir que va a pedir a López Madrid, a "Javierito", que le ponga un "poquito de pasta" por meterle en el "embolao" sin decírselo, lo que los jueces consideran una alusión a una posible reclamación de daños y perjuicios y no a pagos previos.
Además, dejan fuera del objeto de esta causa otra anotación hecha por Villarejo en 2013, "BIG quedaría hoy con Madrid. 211.000 euros/año", porque se desconoce si tal dádiva la habría solicitado o cobrado el comisario Enrique García Castaño -el referido como Big, Villarejo u otra tercera persona.
En una sentencia que puede ser recurrida, los jueces apuntan a que las declaraciones de López Madrid como investigado y de la doctora Pinto como testigo "hay que valorarlas como carentes de imparcialidad, dentro del contexto de conflicto personal existente entre ambos".
Tras quedar juzgada y sentenciada esta causa, queda pendiente el juicio por las presuntas amenazas y lesiones a la doctora Pinto, que no tiene fecha tras haber sido aplazado recientemente y en el que la Fiscalía pide ocho años y ocho meses de prisión.

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