El Defensor del Pueblo alerta a la Generalitat de Catalunya de prácticas vinculadas al falso Síndrome de Alienación Parental
La aplicación del "gatekeeping parental" en los informes periciales elaborados por servicios sociales podría estar vulnerando la ley de protección integral a la infancia y adolescencia frente a la violencia, según la institución.

Madrid--Actualizado a
El Defensor del Pueblo, bajo el mando de Ángel Gabilondo, instó al Departamento de Justicia y Calidad Democrática de la Generalitat de Catalunya a dejar de aplicar el "gatekeeping parental" en los informes periciales elaborados por los servicios sociales de toda la comunidad autónoma, incluidos los Equipos de Asesoramiento Técnico en el Ámbito de Familia (EATAF) de Barcelona. La institución considera, en un escrito fechado el pasado 15 de enero, que su puesta en práctica podría estar vulnerando la ley de protección integral a la infancia y adolescencia frente a la violencia.
El "gatekeeping parental" es un comportamiento que se atribuye a las madres a través del cual se supone influyen en el trabajo "colaborativo" con los padres en las tareas de cuidados. Es decir, se concluye que de alguna forma interfieren en la relación de sus hijos e hijas con sus padres.
La recomendación emitida por Gabilondo llega tras el análisis de una queja presentada por Isabel Martínez, víctima reconocida de violencia institucional machista y vocal de la plataforma Yo Sí Te Creo. Martínez denunció en 2023 que el uso de este enfoque en los procedimientos judiciales de familia en Catalunya estaba generando situaciones de discriminación hacia los derechos de las madres que denunciaban violencia contra sus hijos e hijas.
Esta madre barcelonesa relató cómo entre 2013 y 2022 fue atendida por el EATAF de Barcelona en un proceso judicial de familia en el que, según denuncia en conversación con Público, "no se tuvo en cuenta la voz ni las necesidades de su hija". En sus escritos al Defensor del Pueblo expone que las técnicas empleadas por este servicio, como el "gatekeeping parental", "tergiversan las palabras de los usuarios entrevistados". Y advierte de que con "todas las madres" que han pasado por situaciones similares se repite "el mismo patrón".
La función principal de los EATAF es emitir informes periciales psicosociales que asesoran a jueces y tribunales en procesos relacionados con custodia y régimen de visitas de menores, conflictos familiares, situaciones de desprotección infantil y medidas civiles en casos de violencia de género. Estos equipos están formados habitualmente por psicólogas y trabajadoras sociales que entrevistan a las partes (madres, padres, menores u otros familiares) y elaboran recomendaciones técnicas que los jueces y juezas suelen tener muy en cuenta a la hora de dictar las sentencias, pues avalan o desacreditan los testimonios recogidos.
En la respuesta oficial a Martínez –a la que ha tenido acceso Público–, el Defensor del Pueblo confirma que, según información remitida por la Secretaría para la Administración de Justicia de la Generalitat, "los EATAF de Barcelona utilizan la evaluación del filtro parental o 'gatekeeping parental' para realizar el asesoramiento técnico civil en las relaciones familiares".
La Generalitat argumenta que el "gatekeeping" no consiste en una herramienta aislada, sino "complementaria con otros factores que conforman lo que ellos consideran una evaluación integral", y que su aplicación "ha sido creada y consensuada por todos los profesionales del servicio, en reuniones de equipo, después de haber revisado bibliografía específica y discutir los pros y los contras". Aseguran, asimismo, que algunos profesionales han recibido formación especializada y que existen mecanismos de supervisión y revisión de casos complejos.
Sin embargo, esta práctica ha sido seriamente cuestionada por el Ministerio de Igualdad. En un informe fechado el 24 de mayo de 2024 y emitido por la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género al que hace referencia el Defensor del Pueblo en su escrito, se advierte de que el "gatekeeping parental" podría constituir "una metodología análoga al falso SAP, que carece de aval científico, y que, en consecuencia, se considera que su uso entraría en la prohibición contenida en el artículo 11.3 de la LO 8/2021".
Dicho artículo prohíbe expresamente el uso de "síndromes que carezcan de base científica", y ha sido clave en la exclusión del falso Síndrome de Alienación Parental del ámbito judicial en nuestro país. Aunque el Defensor del Pueblo se mantiene al margen de valorar científicamente el "gatekeeping", reconoce que "la posición del Ministerio de Igualdad plantea que existen dudas jurídicas sobre la validez de este tipo de metodologías de evaluación", porque pueden vulnerar derechos reconocidos en la ley de infancia.
Como respuesta, la institución encabezada por Gabilondo ha sido clara y concisa a la hora de emitir la siguiente recomendación: "Que, en ejercicio de sus competencias, y en coordinación con el Ministerio de Igualdad, se pongan en funcionamiento en la Comunidad Autónoma de Catalunya las medidas que sean necesarias para evitar el uso de la metodología de 'gatekeeping parental' para elaborar los informes periciales que cualquiera de los servicios sociales habilitados al efecto, incluidos los EATAF de Barcelona, realizan para asesorar al Poder Judicial en materia de familia".
Una resolución que pone en entredicho la legitimidad de una práctica que podría estar generando contextos de indefensión en casos de violencia de género y violencia vicaria. Las organizaciones de madres protectoras como la plataforma Yo Sí Te Creo vienen denunciando que este tipo de enfoques tienden a neutralizar o deslegitimar los testimonios de mujeres que denuncian violencia en contextos de custodia o régimen de visitas, reproduciendo así el mismo patrón de desprotección que ya se atribuyó al desacreditado SAP.
Por ahora, se está a la espera de la respuesta oficial por parte de la Generalitat. El Defensor del Pueblo ha comunicado que "tan pronto como se reciba nueva información se le dará traslado de su contenido y de las actuaciones que en su caso procedan".
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