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La UE adopta la 'ley rider' de Yolanda Díaz como modelo para regular las plataformas digitales

Trabajo logra un acuerdo con el Parlamento Europeo para impulsar una directiva que limite la influencia de los algoritmos en las relaciones laborales y que abogue por dejar de considerar a los trabajadores de las plataformas como autónomos.

Un repartidor lleva comida al domicilio. E.P./José Ramón Hernando
Un repartidor lleva comida al domicilio. José Ramón Hernando / EUROPA PRESS

En agosto de 2021 las Cortes dieron el visto bueno definitivo a la ley para la regulación de las plataformas digitales, conocida como ley rider. En ese momento el elemento más notable de la norma y el foco de la misma residía en su apuesta para dejar de considerar como trabajadores autónomos a las personas que ejercían su profesión en plataformas como Glovo en pleno boom de este tipo de empresas. 

La regulación, impulsada por el Ministerio de Trabajo en el seno del diálogo social (donde fue apoyada tanto por las patronales como por los sindicatos), venía a recoger lo que ya decían algunas notables sentencias de tribunales como el Supremo: la presunción de laboralidad en las relaciones entre los repartidores y unas plataformas que no eran meras intermediarias en el servicio, sino las prestadoras del mismo y, por lo tanto, las que fijaban sus condiciones.

El reconocimiento de esta relación laboral implicó el reconocimiento de los derechos de unos trabajadores que, desde el impulso de esta norma, recibían la condición de cualquier asalariado: derecho a vacaciones y permisos retribuidos, lactancias, reducciones de jornada y salario mínimo; derechos que no tenían hasta ese momento porque se encontraban bajo el régimen de autónomos, con muchas menos prestaciones sociales.

Pero la regulación de las plataformas digitales no sólo modificó la relación laboral entre empresas y trabajadores, reconociendo y legislando una realidad preexistente y ya reconocida por los tribunales. Una de las principales novedades de la norma residió en el hecho en sí de regular por vez primera en Europa un tipo de empresa que por sus condiciones específicas había logrado evadir los controles y límites de las legislaciones de los distintos países.

La ley rider puso coto a los denominados algoritmos, cuyas pautas establecían qué personas trabajan o cuáles no (a la hora de, por ejemplo, entregar un pedido en reparto a domicilio), las horas de trabajo necesarias para alcanzar una determinada cantidad de dinero o que, incluso, podían llegar a discriminar entre mujeres y hombres (como sucedió con un algoritmo que comenzó a operar en Amazon en 2014).

La ley que dividió a la patronal

El terremoto de esta norma fue tal que en mitad de su negociación la patronal se dividió entre aquellas empresas de plataformas digitales, que rechazaban reconocer la presunción de laboralidad de sus trabajadores, y las empresas que consideraban esta práctica como competencia desleal por el ahorro económico que le suponía tener falsos autónomos a gigantes como Glovo o Amazon.

Más de dos años después, la Unión Europea se lanzará a la aprobación de una directiva que regule la actividad de las plataformas digitales en Europa, una directiva inspirada en la norma de Díaz e impulsada por el Ministerio liderado por la dirigente gallega. 

Este martes, la presidencia española del Consejo de la Unión Europea, a instancias de la Vicepresidencia Segunda y Ministerio de Trabajo y Economía Social, llegó a un acuerdo con el Parlamento Europeo para impulsar esta futura directiva de personas trabajadoras en plataformas digitales en todos los países de la Unión. 

La directiva tendrá que someterse a una votación en el Parlamento Europeo la próxima semana, pero en principio se da por hecho que saldrá adelante tras cerrar este acuerdo. La norma apuesta por que sean los propios trabajadores quienes determinen ser considerados autónomos de alguna de las 500 plataformas digitales que funcionan dentro de la UE. La futura ley afectaría a unos 5,5 millones de personas clasificadas de manera errónea como autónomas.

También prevé que los Estados miembros dispongan de procedimientos administrativos o judiciales para clasificar como personas trabajadoras por cuenta ajena a aquellas que trabajan en alguna de estas plataformas digitales. 

Coto a los algoritmos en las relaciones laborales

Otro de los puntos clave del acuerdo han sido los algoritmos, uno de los aspectos más revolucionarios de la ley rider aprobada en España. Se prohibirá, por ejemplo, que las plataformas tomen decisiones relevantes, como la restricción o suspensión del trabajo, atendiendo de forma exclusiva a los algoritmos y sin la supervisión de una persona.

Las empresas no podrán utilizar sistemas automatizados de supervisión y toma de decisiones sobre el estado emocional de los trabajadores y sobre sus conversaciones privadas, así como de sus datos biométricos. Además, los empleados tendrán acceso completo a estas informaciones y serán consultados a la hora de realizar cualquier cambio sobre las mismas (otra de las medidas que se inspira en la normativa española de 2021).

El incumplimiento de estas disposiciones será motivo de sanción, así como los procedimientos administrativos y judiciales a disposición de los trabajadores que se consideren mal clasificados. La negociación para el impulso de esta directiva duró alrededor de 12 horas, nada en comparación con el año que costó fraguar la aprobación de la ley rider española, la pionera de Europa. 

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