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Abandonar a un perro en Asturias puede costarte hasta 90.000 euros, en Madrid 15.000

Un estudio muestra que el 12% de los animales abandonados acaban siendo sacrificados. Además,  cada comunidad autónoma tiene su propia ley de protección animal y no existe una ley estatal común para toda España.

Cada comunidad autónoma tiene su propia ley de protección animal y no existe una ley estatal común para toda España.- EFE

EUROPA PRESS

MADRID.- La Fundación Affinity elaboró un estudio sobre el abandono y la adopción de mascotas en el año 2014 que muestra que 106.781 perros y 33.410 gatos fueron abandonados. La causa principal de abandono fueron los factores económicos, en segundo lugar las camadas indeseadas y por detrás el comportamiento del animal, la pérdida de interés por el animal y el fin de la temporada de caza.

El estudio muestra que la mayoría de los abandonos se producen en el segundo semestre y de ellos, gran parte acaba siendo adoptado y un 12% acaba sacrificado. Otros datos significativos del estudio es que casi la mitad de los perros y gatos abandonados fueron un regalo, más de un 80% eran razas mestizas y la mayoría se encontraba en buen estado de salud.

Si se compara este informe con el que recoge los datos de 2013, el número de perros y gatos abandonados ha disminuido ligeramente. La última cifra registrada también es inferior al año 2010, 2009 y 2008; este último año fue en el que más abandonos se registraron. Sin embargo los abandonos son bastante superiores a los datos de 2007 y años anteriores.

Sanciones por comunidades autónomas

Cada comunidad autónoma tiene su propia ley de protección animal y no existe una ley estatal común para toda España. La mayoría de las comunidades dividen las infracciones según su gravedad, estableciendo el abandono como un delito muy grave en casi todas las comunidades.

Once comunidades autónomas contemplan el delito como muy grave, tres como grave y otras tres lo ven grave o muy grave dependiendo del caso. Asturias y Andalucía son las comunidades donde las multas pueden llegar a ser más elevadas (hasta 30.000 y 90.000 euros respectivamente) y Castilla-La Mancha donde menos, ya que allí la máxima sanción llega a los 300 euros.

ANDALUCÍA: Cuenta desde 2003 con una Ley de Protección de los Animales y el abandono de animales está considerado como una infracción muy grave y la multa puede ir desde 2.001 euros hasta 30.000 euros.

ARAGÓN: La ley de protección animal de 2003 considera como grave el abandono de animales en espacios abiertos o cerrados, y la multa va de 601 euros a 6.010 euros. En el caso del maltrato, esta ley sólo lo considera muy grave si el animal muere.

ASTURIAS: La Ley de tenencia, protección y derechos de los animales es de 2003 y por tanto de las más actuales. En ella se expresa que el abandono de un animal potencialmente peligroso es una infracción muy grave con una multa de entre 3.005 a 90.151 euros.

Sin embargo, se contempla como grave el abandono de animales domésticos, salvajes domesticados o en cautividad, considerando como abandono la pérdida o extravío de uno de estos animales que no se hubiera denunciado ante la autoridad competente en el plazo de cuarenta y ocho horas. En este caso, la multa es inferior e iría desde 601 euros a 3.005 euros. Esta ley, además de las sanciones económicas también permite a los órganos competentes aplicar sanciones accesorias como la prohibición de adquirir animales o la inhabilitación profesional en caso de trabajar en un negocio relacionado con animales.

Mapa de sanciones.- EUROPA PRESS

ISLAS BALEARES: La ley es de 1992 y contempla dos tipos de abandono. Por una parte el abandono no reiterado de un animal es visto como grave y la multa puede ir de 300 euros a 1.502 euros; y por otra, el "abandono de animales de compañía, domesticados o salvajes en cautividad, o el reiterado aunque sea individualizado" se considera muy grave con una multa que va desde 1.502 hasta 15.025 euros.

CANARIAS: Supone una infracción muy grave el abandono de animales domésticos o de compañía, tal y como indica su Ley de 1991, y las multas pueden ir de 1.502 euros a 15.025 euros. En la ley canaria destaca el apartado a las peleas de gallos, ya que están permitidas en "aquellas localidades en que tradicionalmente se hayan venido celebrando" siempre y cuando cumplan una serie de normas establecidas en el documento.

CANTABRIA: La Ley de protección de los animales es de 1992 y contempla como grave el "abandono de animales por sus poseedores, mantenerlos alojados en instalaciones o lugares insanos o insalubres" y la multa iría desde 1.502 euros hasta 6.010 euros. Destaca en esta ley que a diferencia de otras comunidades distingue sus infracciones en leves, menos graves, graves y muy graves.

CASTILLA-LA MANCHA: Al igual que Cantabria, el abandono se considera una infracción grave cuya sanción puede ir de 150 euros hasta 300 euros, mientras que se considera como muy grave el maltrato si se causa la muerte del animal. Esta comunidad tiene las multas más bajas por el abandono de animales.

CASTILLA Y LEÓN: la Ley de protección de los animales de compañía de 1997 establece como una infracción muy grave el abandono de animales. La multa, que en la ley está aún expresada en pesetas, va desde 1.502 euros hasta 15.025 euros.

CATALUNYA: La Ley de protección de los animales es de 2008 y el delito de abandono es más o menos grave dependiendo del caso. Se considera grave abandonar animales "si se ha realizado en unas circunstancias que no conlleven ningún riesgo para el animal" y la multa puede ir desde 401 euros hasta 2.000. Abandonar animales "si se ha realizado en unas circunstancias que les puedan conllevar daños graves" es una infracción muy grave castigada con una sanción económica que va de 2.001 a 20.000 euros.

Se establece también como muy grave en Catalunya el sacrificio de perros, gatos y hurones o maltratar físicamente a los animales si ello conlleva consecuencias muy graves para su salud. En 2010 se modificó el artículo 6 de la Ley para incluir la prohibición de las corridas de toros, quedando excluidas aquellas fiestas en las que el toro no muere.

EXTREMADURA: tiene una ley relativamente actual, de 2002, y establece como grave el abandono de animales con una multa que puede ir de 301 a 1.500 euros.

GALICIA: En esta comunidad autónoma se da el mismo caso que en Castilla-La Mancha ya que se considera el abandono como una infracción grave y su multa va de 501 euros a 5.000 euros.

LA RIOJA: La ley de 1995 era muy similar a la de Cantabria, ya que dividía las infracciones en los mismos cuatro grupos. Sin embargo, tras una reforma en el año 2000, el abandono pasó de ser grave a muy grave y está sancionado con entre 1.502 euros y 15.025 euros.

COMUNIDAD DE MADRID: La Ley de Protección de los Animales Domésticos vigente desde 1990 indica que el abandono es una infracción muy grave cuyas multas pueden ir de 2.404 euros a 15.025 euros.

MURCIA: La ley es de 1990, de las más antiguas, y recoge el abandono como una infracción muy grave que puede ser sancionada con una multa de 1.502 a 3.005 euros, siendo así una de las multas más bajas.

NAVARRA: La Ley de protección de los animales de 1994 establece como muy grave el delito de abandono y las sanciones económicas van desde los 601 a los 3.005 euros.

PAÍS VASCO: Al igual que la mayoría, ve el abandono de un animal doméstico o de compañía como una infracción muy grave y está castigado con una multa que va desde 1.502 euros hasta 15.025 euros. Aquí también se considera el maltrato muy grave si se produce la muerte del animal y grave en el caso de ocasionarle lesiones.

COMUNIDAD VALENCIANA: La Ley está vigente desde 1994 y aquí el abandono se considera una infracción muy grave cuya multa podría ir desde los 6.010 euros hasta 18.030 euros. En el documento, las sanciones siguen estando en pesetas.

CEUTA: No está incluido el abandono como infracción y por lo tanto no establece ninguna sanción económica. Sí que se indica que los animales abandonados serán recogidos y trasladados a un centro y que "esta circunstancia no eximirá al propietario de la responsabilidad en que haya podido incurrir por el abandono del mismo". Ceuta y Melilla, al ser ciudades autónomas, cuentan con ordenanzas municipales o reglamentos en lugar de leyes autonómicas

MELILLA: La ordenanza de 2009 marca como prohibido el abandono de animales (esto queda también indicado en prácticamente todas las leyes autonómicas) y se considera como una infracción muy grave en todos los casos. En este caso se aplicará una multa hasta el límite máximo de 15.000 euros.

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