La batalla por la tasa turística: el mapa de los municipios que se plantan ante la masificación
El recargo varía según el alojamiento, la temporada y el lugar elegido para pernoctar.

El turismo constituye uno de los principales motores económicos de España, lo que ha provocado la saturación de muchos destinos de playa y de interior. Esta popularización ha derivado en protestas vecinales contra la masificación, además de la determinación de ayuntamientos o comunidades de implantar la conocida como tasa turística.
Cuando se organiza un viaje por España, no solo hay que tener en cuenta el precio del alojamiento, ya que en algunos destinos también es obligatorio pagar dicha tasa turística. Este pago adicional se realiza por cada noche de estancia y su objetivo es la mejora de los servicios turísticos, conservación del patrimonio y contribuir a un turismo más sostenible.
El importe de este extra depende de la comunidad o ciudad donde se viaje, del tipo de alojamiento elegido y del número de noches que dure la estancia. Precisamente se aplica en ciudades en las que el turismo forma parte esencial de su actividad económica, como una medida que pretende frenar la masificación. Por ello, es recomendable informarse antes de viajar para conocer el coste total del alojamiento.
Catalunya
El importe de la tasa en Catalunya depende del lugar en el que se encuentre el alojamiento y, en el caso de los cruceros, del tiempo que permanezcan atracados en el puerto. En Barcelona, además, se aplica un recargo municipal, por lo que este impuesto oscila entre los seis euros por noche en un albergue juvenil y los 12 euros en los hoteles de cinco estrellas y otros alojamientos de lujo.
En el resto de Catalunya, la tarifa va desde los 0,80 euros hasta los 4,50 euros por noche. A partir de 2027 está prevista una subida de este impuesto.
Illes Balears
En Illes Balears, la tasa turística no tiene un importe fijo, ya que depende tanto de la época del año como del tipo de alojamiento elegido. Se distinguen dos periodos: la temporada alta, que va del 1 de mayo al 31 de octubre, y la temporada baja, comprendida entre el 1 de noviembre y el 30 de abril.
Durante la temporada alta, la tasa turística oscila entre uno y ccuatro euros por persona y noche. Los alojamientos más sencillos, como albergues, hostales, pensiones o campings, pagan el importe más bajo, mientras que los hoteles de cinco estrellas, los hoteles de cuatro estrellas superior y algunos apartamentos turísticos de mayor categoría aplican la tasa máxima.
En la temporada baja, el importe se reduce considerablemente y varía entre 0,25 y un euro por persona y noche, dependiendo también de la categoría del alojamiento. De esta forma, el coste que debe pagar cada viajero cambia en función de cuándo viaje y del establecimiento en el que se aloje.
Santiago, A Coruña y Vigo
En Galicia, algunas ciudades también aplican una tasa turística cuyo importe depende de la categoría del alojamiento. En Santiago de Compostela, la tarifa es de 2,50 euros por noche en los hoteles de cinco estrellas y cuatro estrellas superior; dos euros en los hoteles de cuatro y tres estrellas y dos estrellas superior; 1,50 euros en los hoteles de dos y una estrella; y un euro en albergues, campings y casas rurales.
En Vigo, la tasa comenzará a aplicarse en 2027 y será de dos euros para los hoteles de cinco estrellas y cuatro estrellas superior; 1,60 euros para los hoteles de cuatro y tres estrellas, dos estrellas superior y las viviendas de uso turístico; 1,20 euros para los hoteles de dos y una estrella, pensiones y cruceros; y 0,80 euros para albergues, campings, casas rurales, apartamentos turísticos y viviendas turísticas.
Por su parte, en A Coruña, el impuesto asciende a 2,50 euros por noche en los hoteles de mayor categoría; dos euros en los hoteles de cuatro y tres estrellas, dos estrellas superior, viviendas de uso turístico, albergues, campings y establecimientos de turismo rural; 1,50 euros en los hoteles de dos y una estrella, pensiones y cruceros; y un euro en las viviendas turísticas.
Las tres ordenanzas municipales contemplan varios supuestos en los que la tasa turística no resulta aplicable. Además, fijan un límite máximo de cinco noches sujetas al impuesto, por lo que, a partir de la sexta noche de alojamiento, ya no es necesario abonarlo en ninguna de estas ciudades gallegas.
Por otra parte, quedan exentos de este pago los menores de edad, las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 65%, quienes se alojen mediante programas sociales financiados por una administración pública, los usuarios de los albergues públicos gestionados por la Xunta de Galicia dentro del Plan Xacobeo y quienes se hospeden en albergues juveniles.
Asturias
Asturias ha sido una de las últimas comunidades en sumarse a esta tasa, mediante la presentación del anteproyecto de la Ley de Estancias Turísticas, que contempla un impuesto de aplicación voluntaria por parte de los ayuntamientos. Las tarifas establecidas varían según el tipo de alojamiento, desde 0,50 euros en los establecimientos rurales hasta tres euros en los hoteles de cinco estrellas superior.
Están exentos del pago de la tasa turística los menores de edad, las personas con una discapacidad igual o superior al 65%, quienes participen en programas sociales subvencionados por una administración pública, las personas que se alojen por motivos de salud, estudios, investigación o fuerza mayor debidamente justificada, los participantes en programas de talento del Principado de Asturias, los deportistas federados que compitan en pruebas oficiales y quienes pernocten en áreas públicas de acogida para autocaravanas en tránsito.
Euskadi
Euskadi implantará la tasa turística a partir del 1 de enero de 2027 en todos los establecimientos de alojamiento. Gipuzkoa ha sido el primer territorio en aprobar la norma que regula este impuesto, aunque su entrada en vigor se ha acordado de forma conjunta con Bizkaia y Álava. Se aplicará en hoteles, pensiones, apartamentos turísticos, campings, casas rurales, albergues, viviendas de uso turístico e incluso a los cruceros que hagan escala.
La tasa será abonada por los visitantes, mientras que los establecimientos se encargarán de su gestión y los ayuntamientos recibirán la recaudación. El importe dependerá tanto del tipo de alojamiento como del número de noches, con un máximo de cinco pernoctaciones sujetas al impuesto. Las tarifas oscilarán entre 0,75 y cinco euros por persona y noche, aunque los municipios con mayor capacidad turística podrán incrementar la cuantía hasta un máximo de 7,50 euros.
La aplicación de este impuesto será obligatoria, salvo en los municipios que dispongan de 25 o menos plazas de alojamiento. Además, la normativa establece diversas exenciones, entre ellas los menores de edad, las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 65%, quienes viajen por motivos de salud, estudios o programas sociales públicos, así como las estancias motivadas por causas de fuerza mayor. Los ayuntamientos también podrán aprobar bonificaciones o recargos en función de la presión turística de cada municipio.
Antes de reservar un alojamiento conviene comprobar si el destino aplica una tasa turística y cuál es su importe, ya que este coste puede variar en función de la ciudad, la categoría del establecimiento o la época del año. Conocer esta información de antemano permite calcular mejor el presupuesto del viaje y evitar sorpresas una vez en el destino.



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